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cómputo plazo

3 Comentarios
 
Cómputo plazo
23/10/2006 11:59
Si me dicen que tengo 10 días para formular el escrito de defensa, el plazo empieza a contar cuando le notifican al procurador o cuando lo notifican al abogado.
Porque a mi se me notificó un día más tarde, porque el procurador me lo envió el día siguiente, y ahora no se si he perdido un día.
Gracias.
23/10/2006 12:02
Cuando le notifican al procurador.
23/10/2006 12:35
Coincido con JS, no obstante, e independientemente de que te aconsejo que no agotes el plazo, comenta al procurador lo siguiente:
- posibilidad de presentar escrito hasta el día siguiente a las 15 horas.
- posibilidad de que los sábados y domingos cuenten para el plazo.
- posibilidad de que haya algún festivo por en medio.

En varios juzgados, aplican los plazos de la nueva LEC para los asuntos penales, por lo que no cuentan ni sábados ni domingos y puedes presentar el escrito hasta el día siguiente a las 15 horas.

Otra nota, en los asuntos penales, se suele ser flexible a la hora de presentar el escrito de defensa, puesto que no se puede crear indefensión al imputado por presentar un escrito de defensa fuera de plazo.

Si no presentas el escrito de defensa no quiere decir que muestres tu conformidad con el escrito de acusación.

Saludos.
23/10/2006 17:10
Hola a todos, ya he hablado con el procurador y ahora ya lo entiendo porque mi problema era que tenia una providencia notificada al procurador un día y se entregó la causa al día siguiente, por éso no sabía como computarlo porque me notificaron la providencia para ir a buscar la causa un día más tarde.

Muchas gracias.
cómputo plazo | PorticoLegal
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23/10/2006 11:59
Si me dicen que tengo 10 días para formular el escrito de defensa, el plazo empieza a contar cuando le notifican al procurador o cuando lo notifican al abogado.
Porque a mi se me notificó un día más tarde, porque el procurador me lo envió el día siguiente, y ahora no se si he perdido un día.
Gracias.
23/10/2006 12:02
Cuando le notifican al procurador.
23/10/2006 12:35
Coincido con JS, no obstante, e independientemente de que te aconsejo que no agotes el plazo, comenta al procurador lo siguiente:
- posibilidad de presentar escrito hasta el día siguiente a las 15 horas.
- posibilidad de que los sábados y domingos cuenten para el plazo.
- posibilidad de que haya algún festivo por en medio.

En varios juzgados, aplican los plazos de la nueva LEC para los asuntos penales, por lo que no cuentan ni sábados ni domingos y puedes presentar el escrito hasta el día siguiente a las 15 horas.

Otra nota, en los asuntos penales, se suele ser flexible a la hora de presentar el escrito de defensa, puesto que no se puede crear indefensión al imputado por presentar un escrito de defensa fuera de plazo.

Si no presentas el escrito de defensa no quiere decir que muestres tu conformidad con el escrito de acusación.

Saludos.
23/10/2006 17:10
Hola a todos, ya he hablado con el procurador y ahora ya lo entiendo porque mi problema era que tenia una providencia notificada al procurador un día y se entregó la causa al día siguiente, por éso no sabía como computarlo porque me notificaron la providencia para ir a buscar la causa un día más tarde.

Muchas gracias.