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Comunicación del contrato de trabajo

2 Comentarios
 
06/02/2007 16:30
Muchísimas gracias por tan pronta contestación laboral. Un saludo compañero.
06/02/2007 15:25
En el 2003 hubo una reforma sobre comunicaciones de contrato, pero no en los términos que explicas.

A falta de contrato por escrito se os entiende como indefinidos a jornada completa.

Ya no hace falta ir expresamente al INEM a comunicar los contratos, puede hacerse previa autorización vía telemática. PERO esto no cambia que se ha de firmar contrato entre trabajador y empresa, dando una copia al trabajador.

No os preocupeis por vuestra situación, el problema lo tendrá la empresa cuando quiera rescindir vuestros contratos o ante la inspección de trabajo.

Un saludo.
Comunicación del contrato de trabajo
06/02/2007 15:11
Hola amigos, buenas tardes a todos.

Les querría consultar unas pequeñas dudas.

Hará cosa de un mes que he empezado a trabajar en mi empresa, me dieron de alta en la S.S. a través de internet y me dieron un papel en el que figura el logo del ministerio de trabajo y el del INEM y que reza así: "COMUNICACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO INDEFINIDO BONIFICADO A TIEMPO PARCIAL". Yo, sin embargo, no he firmado ningún contrato ya que me han dicho que, ahora, al darte de alta vía internet no hace falta ninguna firma. ¿ Es esto cierto y mi contrato es válido ?

En las mismas condiciones que yo se encuentran otros compañeros que han entrado a trabajar los mismos días que yo, tampoco han firmado ningún papel pero ellos en vez de ser indefinidos son temporales. Me han informado, pero no sé si es correcto que, aunque han recibido la misma comunicación que he recibido yo y al no haber firmado ningún tipo de contrato tampoco, su situación en la empresa variaría y esa comunicación no tendría validez, pasando de temporales a indefinidos. ¿ Es esto cierto ?

Un saludo y muchas gracias de antemano.
Comunicación del contrato de trabajo | PorticoLegal
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2 Comentarios
 
06/02/2007 16:30
Muchísimas gracias por tan pronta contestación laboral. Un saludo compañero.
06/02/2007 15:25
En el 2003 hubo una reforma sobre comunicaciones de contrato, pero no en los términos que explicas.

A falta de contrato por escrito se os entiende como indefinidos a jornada completa.

Ya no hace falta ir expresamente al INEM a comunicar los contratos, puede hacerse previa autorización vía telemática. PERO esto no cambia que se ha de firmar contrato entre trabajador y empresa, dando una copia al trabajador.

No os preocupeis por vuestra situación, el problema lo tendrá la empresa cuando quiera rescindir vuestros contratos o ante la inspección de trabajo.

Un saludo.
Comunicación del contrato de trabajo
06/02/2007 15:11
Hola amigos, buenas tardes a todos.

Les querría consultar unas pequeñas dudas.

Hará cosa de un mes que he empezado a trabajar en mi empresa, me dieron de alta en la S.S. a través de internet y me dieron un papel en el que figura el logo del ministerio de trabajo y el del INEM y que reza así: "COMUNICACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO INDEFINIDO BONIFICADO A TIEMPO PARCIAL". Yo, sin embargo, no he firmado ningún contrato ya que me han dicho que, ahora, al darte de alta vía internet no hace falta ninguna firma. ¿ Es esto cierto y mi contrato es válido ?

En las mismas condiciones que yo se encuentran otros compañeros que han entrado a trabajar los mismos días que yo, tampoco han firmado ningún papel pero ellos en vez de ser indefinidos son temporales. Me han informado, pero no sé si es correcto que, aunque han recibido la misma comunicación que he recibido yo y al no haber firmado ningún tipo de contrato tampoco, su situación en la empresa variaría y esa comunicación no tendría validez, pasando de temporales a indefinidos. ¿ Es esto cierto ?

Un saludo y muchas gracias de antemano.