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Comunidad vecinos. me obligan quitar caldera en terraza

20 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 20 comentarios
Comunidad vecinos. me obligan quitar caldera en terraza
13/10/2019 06:31
Vivo en Zamora en un primer piso con una terraza exterior que da hacia atrás.mis vecinos dicen que eso es un patio de luces pero yo en mis escrituras me pone que tengo 114 metros de vivienda de los cuales 85 son habitables y anexo una terraza de 11 metros.
en ningún sitio me pone que eso sea un patio de luces. entonces yo digo es una terraza que me pertenece o es un patio de luces?. El vecino mío de al lado del otro primero también tiene la misma terraza está dividido el patio por una verja grande de hierro. Y el frente una tapia.
Por favor yo ya soy una persona mayor y no sé mucho de esto asesore me . Muchas gracias.
13/10/2019 11:28
Lucia-paz
la terraza será suya pero el art. 396 del código civil indica que la envolvente de los edificios son comunitarios. usted debería haber solicitado permiso a la comunidad.
no sirve para nada el alegar que el vecino a hecho esto y lo otro, si lo que hizo no es legal usted y la comunidad debería haberselo indicado para retirar la obra
13/10/2019 14:57
Lucia-paz
Hola Lucia-Paz:

Para mi la regla de oro de las comunidades es vive y deja vivir, si un propietario sin perjudicar al resto puede aprovechar o instalar lo que sea, si son vecinos como debe ser nunca pondrán trabas, impedimentos etc. hay propietarios que por sistema siempre prohíben, una pena.

La cuestión no es si terraza o patio de luces eso es irrelevante, la cuestión no es si la terraza es en propiedad o de uso y disfrute eso da igual.

yo para poder darte mi opinion necesito que digas si es una caldera de gas o que tipo de caldera es.

Saludos
13/10/2019 15:34
juanchito
Pues segun usted las comunidades serián una anarquia total.
Segun usted si las puertas de las viviendas estan pintadas en blanco y como a nadie le perjudica que yo ponga una puerta estilo castellano, pues la pongo
.segun usted , si las ventanas son d alumnio blanco y batientes, pues como no le perjudica a nadie yo las pongo correderas y en aluminio negro.
Segun para usted esto es correcto?
Y porque seria diferente la respuesta segun sea el tipo de caldera?
13/10/2019 16:58
Cameliasafe
La ley 49/1060 de 21de Julio tiene ya sus "añitos" nació en la dictadura franquista,

Me imagino que como apasionada de esta ley como cada uno de los que escribimos en el foro, habrás tenido la tentación de leer completo su extenso prologo, como seguro que lo habrás leído pero no te acuerdas, te cito un párrafo para que sepas el porque de mi opinión sobre la regla de oro de las comunidades de propietarios.
Dicen renombrados juristas que donde la Ley no distingue no se debe distinguir, pero todos sabemos que en derecho dos y dos no son cuatro, porque la ley al final la interpretan los jueces.
Por eso no cites tal o cual articulo de la ley, hay una ley no escrita en las comunidades que se rige por el sentido de convivencia y vecindad, que mas da que la ley diga esto o aquello, ellos son los dueños de su ley y la utilizan como les da la gana siempre que no perjudique a un propietario.

Hace unos veinte años la mayoría de comunidades de propietarios que son muchas al menos en la ciudad donde resido, no tenían administrador de fincas, tampoco gestor que llevara las cuentas, con un desconocimiento total de la LPH, las convocatorias a junta en un papel escrito a mano en el patio, ni redactar un acta, ni saber que era una mayoría cualificada, ni saber que es una cuota de participación, empleaban su ley que era la ley de la convivencia y vecindad.

Te recuerdo la frase del preámbulo que seguro que habrás leído pero no lo recuerdas:

"Por lo mismo, íntimamente unidos a los derechos de disfrute aparecen los deberes de igual naturaleza. Se ha tratado de configurarlos con criterios inspirados en las relaciones de vecindad, procurando dictar unas normas dirigidas a asegurar que el ejercicio del derecho propio no se traduzca en perjuicio del ajeno ni en menoscabo del conjunto, para así dejar establecidas las bases de una convivencia normal y pacífica".

No le busques tres pies al gato, la convivencia y vecindad no es igual a anarquía, date un paseo por tu ciudad, balcones cerrados unos y otros no, unos de aluminio blanco y otros no, armarios en las terrazas unos de aluminio y otros de madera pintada, toldos unos de anillas y otros abatibles, etc. etc. etc.

Después de muchos años en esto de la propiedad horizontal. aun sigo viendo barbaridades en algunas comunidades que tienen administrador, y ya no es la ley de convivencia y vecindad, es otra peor aun y mas grave, la ley del mas fuerte, la que se pasa por el forro la LPH.
Estos comentarios ya me han valido criticas de algunos que escriben en este foro, y es que hay que haber visto la realidad de esas comunidades para opinar sobre el tema.

Escribes: "Y porque seria diferente la respuesta según sea el tipo de caldera?".

La respuesta se la daré a Lucia-Paz si le interesa, seria una falta de respeto hacia ella si te lo digo a ti.

Saludos.
13/10/2019 17:04
Cameliasafe
Por error he consignado mal la fecha de LPH, cuan do he querido decir:

Ley 49/1960 de 21 de Julio

Saludos.
13/10/2019 18:00
Lucia-paz
"date un paseo por tu ciudad, balcones cerrados unos y otros no, unos de aluminio blanco y otros no, armarios en las terrazas unos de aluminio y otros de madera pintada, toldos unos de anillas y otros abatibles, etc. etc. etc."
Efectivamente, y ¿por qué?. Por no cumplir la LPH, solicitando permiso a la junta de propietarios, en algunos casos al ayuntamiento (cierre de terrazas, p. e. ) y actuando de forma totalmente anárquica.
13/10/2019 19:21
Pepe123
Pepe 123:
No quiero entrar en polémica ni discusión contigo, pero no tengo mas remedio que hacer alguna consideración al respecto.

No se que caldera ha colocado Lucia-Paz, pero vamos a imaginar que ha puesto una de gas natural.
¿Donde se instalan hoy día casi todas las calderas de gas natural (al menos en mi ciudad)?
la respuesta es en las terrazas.
¿Necesito autorización de mi comunidad para instalar una caldera de gas natural en mi terraza o cambiar la caldera si se estropea?
La respuesta es no.
¿Se considera una obra instalar una caldera de gas natural?
La respuesta es no.
¿Esta permitido echar los gases de una caldera de gas natural al Shunt comunitario?.
La respuesta es no
¿Y si los echo al patio de luces?
La respuesta es se debe evacuar los gases al patio de luces.
¿Necesito autorización de mi comunidad colocar un aire acondicionado en mi terraza?
La respuesta es no.
Por supuesto que tampoco es una obra colocar un aire acondicionado.
Y si la caldera fuera de leña, carbón o de gasoil.¿necesito autorización de mi comunidad?
La respuesta es si porque tendría que instalar unos tubos en la fachada para evacuar los humos.

Esa es la respuesta que yo le hubiera dado a Lucia-Paz, por lo tanto en su comunidad no se ha aplicado la ley, se han extralimitado por desconocimiento en aplicarla de manera equivocada.

Administrar la ley es muy complicado, hacer que se cumpla la ley es muy complicado, las comunidades de propietarios no son jueces para aplicar la ley, la mayoría de propietarios desconoce la LPH,
Aplicar la ley en las comunidades por parte de los propietarios es ilegal, otra cosa es denunciarlo ante el juez y este si tiene potestad para hacerlo.

Saludos
13/10/2019 20:06
juanchito
Es una caldera de gas ciudad de condensación. La empresa que me la instalo me aconsejó ponerla fuera en la terraza interior me dijo casi ponía todas las que se podían en patios y terrazas yo no sabía que tenía que pedir permiso incluso cuando vino la compañía del gas me lo dio de alta y todo bien pero los vecinos que veían que la ponía tampoco me dijeron nada hicieron una reunión después de que estaba todo puesto. el problema es que si la meto dentro de la cocina pierdo la persiana porque hay que sacar el tubo de gases por el cajón y esa puerta me quedaría más espuesta.
Y muchas gracias por contestarme un saludo
13/10/2019 21:01
Lucia-paz
Hola Lucia-Paz.

La caldera que te han colocado se ajusta a la normativa vigente es una caldera estanca de condenación, por supuesto que debe sacar los humos al exterior mediante un tubo, en tu caso no porque esta colocada en el exterior.

En la ciudad donde resido todos los pisos nuevos tienen una caldera de gas natural colocada en la terraza o balcón, ya no se colocan en la cocina evitando accidentes.

Da igual que la terraza sea de tu propiedad o comunitaria, como es una caldera de gas, no es una obra, por lo tanto no tienes que pedir permiso a la comunidad.
Si tienes el boletín de instalación en regla y el alta de la compañía del gas, no hay problemas, no obstante deberías hacerle una especie de mueble no de obra (aluminio por ejemplo) con una salida de gases, ya que ira colgada a una pared y la protegerá del frió y la lluvia etc.

Enseña al presidente el boletín y el alta del gas de la compañía suministradora sellado por industria y con eso basta, no creo que se atrevan a molestarte mas.
Si insisten, solicita si no te la han mandado el acta de la junta donde se ha acordado que la quites.
Siempre que no sea de obra, puedes colocar en la terraza sin permiso de la comunidad un armario, una caseta, macetas o una caldera de gas faltaría mas.

Si tienes dudas o te siguen poniendo trabas estoy a tu disposición

Saludos.
13/10/2019 21:25
Lucia-paz
Ahora parecer ser que todos los males son por culpa del administrador
""Después de muchos años en esto de la propiedad horizontal. aun sigo viendo barbaridades en algunas comunidades que tienen administrador, y ya no es la ley de convivencia y vecindad, "
Yo creo que existe una contradición en su opinión, si dice que si puede instalar esa caldera sin permiso de la comunidad, cuando usted mismo indica
##es otra peor aun y mas grave, la ley del mas fuerte, la que se pasa por el forro la LPH.""" Al final dice lo mismo que yo anarquía.
Con su exposicion me queda la duda si hay qu atenerse al preambulo de la ley, o a los arts. Que figuran a continuacion.
No se ha mojado en la pregunta de cambio de puertas y ventanas, ¿es legal o no?
Referente a que en derecho dos y dos no son cuatro, sería interesante que le asegurase a Lucia-paz, que si la comunidad le denuncia, que no se preocupe que el juicio lo tiene ganado
13/10/2019 21:58
Lucia-paz
Lucía-paz; le remito esta sentencia de 2017 Asturias. como dice Juanchito que en derecho dos y dos no son cuatro, sería interesante que se lea esta sentencia y vea a lo que se expone

Condena a retirar caldera de fachada de chalet instalada sin autorización de la comunidad
Sentencia audiencia Provincial de Asturias 2017
En este caso un comunero demandó a la comunidad de propietarios solicitando la de declaración de nulidad de un acuerdo adoptado en Junta en virtud del cual se señaló que no procedía requerir al propietario de uno de los chalets la retirada de una caldera que había instalado en la fachada de la vivienda.
La Audiencia Provincial, fundamentándose en los artículos 7 y 17 de la Ley de Propiedad Horizontal, confirmó la sentencia de instancia que había estimado la demanda.
EXTRACTO DE LA SENTENCIA:
Así planteado el debate, es lo cierto, y no se discute, que la fachada en la que se ubica la caldera cuestionada resulta ser elemento común, por ello, de conformidad con el art. 7 de la LPH , está vedado al propietario la ejecución de cualquier obra que pudiere modificar el aspecto exterior del edificio y, por tanto, requeriría la autorización de la Comunidad expresada de forma unánime por sus componentes (art. 17-6 del referido texto normativo).
... En el presente caso, lo cierto es que la colocación de la caldera en la fachada supone en efecto una alteración de dicho elemento común. El hecho de que pudieren existir otros elementos similares en otras fachadas o una parrilla-barbacoa es cuestión ajena a la presente litis, y que no puede por sí conferir legalidad al acto ahora cuestionado, cuando se trata de situaciones de hecho y hasta el momento no puestas en tela de juicio, como tampoco cabe introducir el argumento de la existencia del árbol mencionado en el informe pericial o si el tubo de extracción de humos de la caldera de la vivienda del actor sobresale por el sombrerete de la chimenea. El hecho de disponer la caldera de los permisos administrativos no resulta relevante, desde el momento en que es sabido que los mismos se conceden sin perjuicio de tercero, y en cuanto al motivo de funcionalidad que se señala en el informe pericial, no es justificación bastante, pues no resulta en modo alguno obligado ubicar el aparato en el exterior del inmueble, pudiendo hacerlo en su interior, como es lo normal.


Creo que aun cuando no sea asumible que ha de ser rechazada la más mínima alteración de la configuración estética de la fachada y más si es razonable, soy de la opinión que debe protegerse el derecho de la comunidad a que ningún propietario al margen de la voluntad común rompa la armonía de su diseño haciéndola perder sus peculiaridades y características diferenciales.
13/10/2019 23:09
Cameliasafe
Después de leer lo que escribes, he llegado a la conclusión que no tienes ni idea de lo que son las comunidades de propietarios.
¿Cuantas comunidades conoces? ¿a cuantas juntas has asistido que no sea la tuya? ¿cuanto tiempo llevas metida en este circo que son las comunidades de propietarios? ¿cuantas veces has sido presidenta de tu comunidad? ¿a cuantos administradores has conocido o conoces?.

Tu no estas fogueada en esto de las comunidades de propietarios, has leído la LPH pero solo sabes teoría pero no practica, hay que llevar muchos años en esto para saber como funcionan, en la tuya y en las de Pernambuco.

¿Que es legal en las comunidades? es todo mientras no se impugne, no existe lo legal o ilegal porque ni tu, ni yo podemos decir que es o no legal, solo un juez y me imagino que no eres jueza.

Las puertas, las ventanas lo que quieras no es cuestión de ley, es cuestión de lo que digan los vecinos si deciden que cada puerta se pinte de un color, no hay ley que lo impida.

Que sabes tu de las mafias que hay en las comunidades, de los intereses partidistas, de las comisiones que cobran algunos presidentes y administradores, de las maquinaciones para echar a un administrador o a un presidente, de las guerras internas entre propietarios para gobernar la comunidad a su antojo. Tu no has visto nada de esto, cuando lleves mas de treinta años en esto que se llama no la LPH, sino las comunidades de propietarios, entonces sabrás algo.

Si se puede instalar una caldera en un balcón o terraza, cuantos edificios nuevos conoces, pues por si no lo sabes en casi todos en la obra nueva se colocan.en ese lugar, incluso los he visto en terrazas que dan a la vía publica.

Lucia-Paz no coloca una caldera de gas en una fachada, sino en una terraza que según sus vecinos es un patio de luces mas a su favor, y si ha conseguido un boletín de instalación por un técnico especialista, y la compañía del gas le ha dado de alta es porque ha pasado la inspección, .y se puede colocar sin permiso de la comunidad, igual que un aparato de aire acondicionado, si has colocado un aparato de aire acondicionado ¿has pedido permiso a la comunidad? si se coloca en una fachada por supuesto que si.

No me sea demagoga, solo faltaba decirme que si pierde el juicio que yo se lo pague, creo que te has equivocado de foro, tu das una opinión, y yo doy otra, esa es la regla del juego

Besos
,
13/10/2019 23:47
juanchito
No señor no soy jueza. Soy enfermera no se dé leyes solo se cuidar a prematuros. Trabajo donde empieza la vida. Por eso les pregunte a ustedes. Pero iré a un abogado. Y a quién me asegure que hacer antes de quitarla.
Muchas gracias a los que os habéis molestado en mi tema. Espero que nunca necesitéis de mí ayuda.
Gracias.
14/10/2019 00:02
Lucia-paz
Haber Lucia-paz:

El comentario no es para ti, para saber quien escribe el comentario fíjate en el nombre que figura arriba, el de abajo es a quien le mandas el comentario.

Has leído un comentario mio dirigido a Cameliasafe y has creído que va dirigido a ti, ese comentario no es para ti así que no te ofendas, has tenido una equivocación creyendo que iba dirigido a ti. es una pena que te hayas confundido
animo y no te des por vencida que la caldera no te la van a quitar de la terraza.

Saludos
14/10/2019 11:20
juanchito
A perdón. Pensé que era ami. Aunque no me sentí ofendida. Solo que no se dé leyes. Y casi ya en mi jubilación voy a tener que interesarme en saber algo.
Muchas gracias y que sean felices todos
14/10/2019 16:25
Lucia-paz
Lleva usted toda la razón del mundo, no tengo ni idea de lo que son las comunidades de propietarios, no conozco ninguna comunidad, dado que vio aislada en un páramo de la España vaciada, por lo cual nunca he asistido a una junta, soy una advenediza en esto, un día navegando por internet me salió esta página, y como no tengo nada que hacer más que cuidar a pichirula (que es mi vaca) pues me baje la L.P.H. me la leí y me puse a opinar. Por supuesto que nunca he podido ser presidenta de ninguna comunidad y los administradores no entran entre mis amistades, porque en Belesar que es la aldea de Galicia donde una servidora vive, no existen notarios, ni jueces y menos administradores, (poco negocio iban a tener aquí).
Si nos vamos al diccionario y buscamos que es legal, nos indica: Que está establecido por la ley o está conforme con ella. y las comunidades se rigen por una Ley llamada de Propiedad Horizontal.
Yo de derecho tengo menos idea que de la L.P.H, y de ésta lo justo, me apaño como puedo, pero pienso que un juez en sentencia anulará o no un acuerdo, no se si dirá si es legal o no.
Usted indica: Las puertas, las ventanas lo que quieras no es cuestión de ley, es cuestión de lo que digan los vecinos si deciden que cada puerta se pinte de un color, no hay ley que lo impida. Por supuesto quien ha dicho lo contrario, yo desde luego que no, pero igual que una comunidad puede decidir pintar las puertas en rojo turquesa, también puede decidir que nadie saque la caldera al patio, por mucho documento que indique que su instalación es correcta, dado que una empresa no tiene potestad alguna en una comunidad. El hecho de disponer la caldera de los permisos administrativos no resulta relevante, desde el momento en que es sabido que los mismos se conceden sin consentimiento de un tercero,
Como ya he dejado apuntado anteriormente desconozco como funciona la que usted denomina CAMORRA administrativa/presidencial, pero el que la desconozca no le da a usted la razón sobre su contestación al problema de Lucía
Yo en mi desinteresado gesto de ayudar a Lucía he aportado una sentencia, y usted dando por sentado de su también desinteresado gesto de ayudar a Lucía, únicamente da la vuelta al código civil y a la L.P.H.
Usted aporta su opinión que es muy respetable, y como usted indica en su último párrafo yo doy la mía, de acuerdo, pero mi opinión es acompañada de una sentencia que de forma palmaria deja muy claro lo que le puede suceder a Lucía.
Ella ya es conocedora de lo que le puede venir y su apunte de indemnizarla por su parte en el caso que se la hagan retirar, pienso que sería un gesto de altruismo por su parte que le engrandecería y ennoblecería en este blog
14/10/2019 17:23
Lucia-paz
Haber Lucia-Paz:

En tu primera entrada escribes:
Vivo en Zamora en un primer piso con una terraza exterior que da hacia atrás.mis vecinos dicen que eso es un patio de luces pero yo en mis escrituras me pone que tengo 114 metros de vivienda de los cuales 85 son habitables y anexo una terraza de 11 metros.

Yo he entendido que esa parte de tu vivienda es una terraza no un balcón porque luego dices que tus vecinos alegan que da aun patio de luces, no conozco una vivienda que tenga un balcón que de a un patio de luces y esto es importante.

1º.- El ayuntamiento de Zamora nunca te llamara la atención porque no incumples las ordenanzas municipales ya que tu terraza no da a una vía urbana.

2º.- Debes decirle al presidente de tu comunidad, que técnicamente la instalación de tu caldera estanca de condensación, no se debe colocar en la cocina teniendo la vivienda una terraza para mayor seguridad y mejor rendimiento de la caldera, les muestras el boletín de instalación y el alta de la compañía del gas sellado por industria.

3º.- "Arriero somos y en el camino nos encontraremos" la Comunidad Europea prohíbe la instalación de calderas en obra nueva o aquellas que se sustituyan, si no son como la tuya estanca de condensación, cuando un vecino tuyo tenga que sustituir su caldera ya veremos donde la colocara, porque hay que evacuar los gases a la fachada.

4º.- No toques la caldera de donde esta, los propietarios no tienen atribuciones para hacértela quitar, primero tendrán que denunciarte en el juzgado cosa que dudo lo hagan, y el juez decidirá.

5º.- Si te la hacen quitar exije que el costo corra por cuenta de la comunidad.

6º.- Pide el acta de la junta donde se acordó que quitaras la caldera, y pregúntale si existen estatutos registrados en la comunidad es muy importante, espera a que la comunidad mueva ficha, si te denuncian es cuando contratas a un abogado, le muestras el acta y le dices si en la comunidad existen estatutos registrados o no el te aconsejara.

Final de esta historia:
La regla de oro de las comunidades de vecinos tolerantes y buenas personas, vive y deja vivir.

Voy a contar un cuento: habia una vez una señora que tenia que poner una caldera de gas nueva en su domicilio, los técnicos le dicen que es aconsejable sacarla al exterior ya que tiene una terraza, es una terraza que da a un patio de luces, el ayuntamiento no la molestara porque no da a la vía publica, pero se topa con unos vecinos "legalistas" los que cumplen la ley a rajatabla cuando a ellos les interesa, y como son tan cumplidores de la ley le dicen a la señora que quite la caldera porque ellos así lo han decido ¿En una Junta?. Quien son ellos para dar la orden de quitar la caldera.
La terraza da a un patio de luces, ¿donde esta el motivo de que la caldera incumple la estética de la fachada? ¿en que perjudica y a quien la caldera?
yo no se la respuesta, haber si algún interviniente me lo explica.

Y colorin colorado este cuento se ha acabado.

Lucia-Paz que tengas mucha suerte amiga.

Saludos
15/10/2019 20:52
juanchito
Muchas gracias Juan chito.
No la pienso quitar ya me he informado por un abogado amigo de mi hermano y me ha dicho que ni se me ocurra que primero que me traigan por el juzgado que estoy obligada a quitarla. No es un balcón es una terraza que me pone 85 metros de vivienda y 11 de terraza anesada la vivienda.se sale por una puerta en la cocina. Se lo he comentado al ayuntamiento y tampoco me ha puesto pegas. Este abogado me dijo que además la votación es nula porque han votado en voto secreto papelitos de sí o no y que eso ante la ley es nulo por un juez.
pues muchas gracias y vuelvo a decir no la pienso quitar hasta que no me mande un juez. he hecho un seguro aparte del seguro de la vivienda por la terraza la caldera y la fachada que corresponde por si acaso pasara algo cosa que no va a pasar según me han dicho él que me la he instalado.
Encima que me tiran de todo al patio colillas de todo no hago más que barrerlo y nunca les he protestado ni les he dicho nada no sé si es que me ven tonta bueno pues muchas gracias pasa un feliz día.
15/10/2019 21:18
Lucia-paz
Pues el abogado amigo de su hermano demuestra con su respuesta que desconoce por completo de la LPH.
Cualquier persona conocedora de la ley, sabe de sobra que ese acuerdo no es nulo, es ANULABLE, cosa totalmente diferente.
Y que este tipo de acuerdo sera válido y ejecutivo en ausencia de impugnación
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Comunidad vecinos. me obligan quitar caldera en terraza

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Comunidad vecinos. me obligan quitar caldera en terraza
13/10/2019 06:31
Vivo en Zamora en un primer piso con una terraza exterior que da hacia atrás.mis vecinos dicen que eso es un patio de luces pero yo en mis escrituras me pone que tengo 114 metros de vivienda de los cuales 85 son habitables y anexo una terraza de 11 metros.
en ningún sitio me pone que eso sea un patio de luces. entonces yo digo es una terraza que me pertenece o es un patio de luces?. El vecino mío de al lado del otro primero también tiene la misma terraza está dividido el patio por una verja grande de hierro. Y el frente una tapia.
Por favor yo ya soy una persona mayor y no sé mucho de esto asesore me . Muchas gracias.
13/10/2019 11:28
Lucia-paz
la terraza será suya pero el art. 396 del código civil indica que la envolvente de los edificios son comunitarios. usted debería haber solicitado permiso a la comunidad.
no sirve para nada el alegar que el vecino a hecho esto y lo otro, si lo que hizo no es legal usted y la comunidad debería haberselo indicado para retirar la obra
13/10/2019 14:57
Lucia-paz
Hola Lucia-Paz:

Para mi la regla de oro de las comunidades es vive y deja vivir, si un propietario sin perjudicar al resto puede aprovechar o instalar lo que sea, si son vecinos como debe ser nunca pondrán trabas, impedimentos etc. hay propietarios que por sistema siempre prohíben, una pena.

La cuestión no es si terraza o patio de luces eso es irrelevante, la cuestión no es si la terraza es en propiedad o de uso y disfrute eso da igual.

yo para poder darte mi opinion necesito que digas si es una caldera de gas o que tipo de caldera es.

Saludos
13/10/2019 15:34
juanchito
Pues segun usted las comunidades serián una anarquia total.
Segun usted si las puertas de las viviendas estan pintadas en blanco y como a nadie le perjudica que yo ponga una puerta estilo castellano, pues la pongo
.segun usted , si las ventanas son d alumnio blanco y batientes, pues como no le perjudica a nadie yo las pongo correderas y en aluminio negro.
Segun para usted esto es correcto?
Y porque seria diferente la respuesta segun sea el tipo de caldera?
13/10/2019 16:58
Cameliasafe
La ley 49/1060 de 21de Julio tiene ya sus "añitos" nació en la dictadura franquista,

Me imagino que como apasionada de esta ley como cada uno de los que escribimos en el foro, habrás tenido la tentación de leer completo su extenso prologo, como seguro que lo habrás leído pero no te acuerdas, te cito un párrafo para que sepas el porque de mi opinión sobre la regla de oro de las comunidades de propietarios.
Dicen renombrados juristas que donde la Ley no distingue no se debe distinguir, pero todos sabemos que en derecho dos y dos no son cuatro, porque la ley al final la interpretan los jueces.
Por eso no cites tal o cual articulo de la ley, hay una ley no escrita en las comunidades que se rige por el sentido de convivencia y vecindad, que mas da que la ley diga esto o aquello, ellos son los dueños de su ley y la utilizan como les da la gana siempre que no perjudique a un propietario.

Hace unos veinte años la mayoría de comunidades de propietarios que son muchas al menos en la ciudad donde resido, no tenían administrador de fincas, tampoco gestor que llevara las cuentas, con un desconocimiento total de la LPH, las convocatorias a junta en un papel escrito a mano en el patio, ni redactar un acta, ni saber que era una mayoría cualificada, ni saber que es una cuota de participación, empleaban su ley que era la ley de la convivencia y vecindad.

Te recuerdo la frase del preámbulo que seguro que habrás leído pero no lo recuerdas:

"Por lo mismo, íntimamente unidos a los derechos de disfrute aparecen los deberes de igual naturaleza. Se ha tratado de configurarlos con criterios inspirados en las relaciones de vecindad, procurando dictar unas normas dirigidas a asegurar que el ejercicio del derecho propio no se traduzca en perjuicio del ajeno ni en menoscabo del conjunto, para así dejar establecidas las bases de una convivencia normal y pacífica".

No le busques tres pies al gato, la convivencia y vecindad no es igual a anarquía, date un paseo por tu ciudad, balcones cerrados unos y otros no, unos de aluminio blanco y otros no, armarios en las terrazas unos de aluminio y otros de madera pintada, toldos unos de anillas y otros abatibles, etc. etc. etc.

Después de muchos años en esto de la propiedad horizontal. aun sigo viendo barbaridades en algunas comunidades que tienen administrador, y ya no es la ley de convivencia y vecindad, es otra peor aun y mas grave, la ley del mas fuerte, la que se pasa por el forro la LPH.
Estos comentarios ya me han valido criticas de algunos que escriben en este foro, y es que hay que haber visto la realidad de esas comunidades para opinar sobre el tema.

Escribes: "Y porque seria diferente la respuesta según sea el tipo de caldera?".

La respuesta se la daré a Lucia-Paz si le interesa, seria una falta de respeto hacia ella si te lo digo a ti.

Saludos.
13/10/2019 17:04
Cameliasafe
Por error he consignado mal la fecha de LPH, cuan do he querido decir:

Ley 49/1960 de 21 de Julio

Saludos.
13/10/2019 18:00
Lucia-paz
"date un paseo por tu ciudad, balcones cerrados unos y otros no, unos de aluminio blanco y otros no, armarios en las terrazas unos de aluminio y otros de madera pintada, toldos unos de anillas y otros abatibles, etc. etc. etc."
Efectivamente, y ¿por qué?. Por no cumplir la LPH, solicitando permiso a la junta de propietarios, en algunos casos al ayuntamiento (cierre de terrazas, p. e. ) y actuando de forma totalmente anárquica.
13/10/2019 19:21
Pepe123
Pepe 123:
No quiero entrar en polémica ni discusión contigo, pero no tengo mas remedio que hacer alguna consideración al respecto.

No se que caldera ha colocado Lucia-Paz, pero vamos a imaginar que ha puesto una de gas natural.
¿Donde se instalan hoy día casi todas las calderas de gas natural (al menos en mi ciudad)?
la respuesta es en las terrazas.
¿Necesito autorización de mi comunidad para instalar una caldera de gas natural en mi terraza o cambiar la caldera si se estropea?
La respuesta es no.
¿Se considera una obra instalar una caldera de gas natural?
La respuesta es no.
¿Esta permitido echar los gases de una caldera de gas natural al Shunt comunitario?.
La respuesta es no
¿Y si los echo al patio de luces?
La respuesta es se debe evacuar los gases al patio de luces.
¿Necesito autorización de mi comunidad colocar un aire acondicionado en mi terraza?
La respuesta es no.
Por supuesto que tampoco es una obra colocar un aire acondicionado.
Y si la caldera fuera de leña, carbón o de gasoil.¿necesito autorización de mi comunidad?
La respuesta es si porque tendría que instalar unos tubos en la fachada para evacuar los humos.

Esa es la respuesta que yo le hubiera dado a Lucia-Paz, por lo tanto en su comunidad no se ha aplicado la ley, se han extralimitado por desconocimiento en aplicarla de manera equivocada.

Administrar la ley es muy complicado, hacer que se cumpla la ley es muy complicado, las comunidades de propietarios no son jueces para aplicar la ley, la mayoría de propietarios desconoce la LPH,
Aplicar la ley en las comunidades por parte de los propietarios es ilegal, otra cosa es denunciarlo ante el juez y este si tiene potestad para hacerlo.

Saludos
13/10/2019 20:06
juanchito
Es una caldera de gas ciudad de condensación. La empresa que me la instalo me aconsejó ponerla fuera en la terraza interior me dijo casi ponía todas las que se podían en patios y terrazas yo no sabía que tenía que pedir permiso incluso cuando vino la compañía del gas me lo dio de alta y todo bien pero los vecinos que veían que la ponía tampoco me dijeron nada hicieron una reunión después de que estaba todo puesto. el problema es que si la meto dentro de la cocina pierdo la persiana porque hay que sacar el tubo de gases por el cajón y esa puerta me quedaría más espuesta.
Y muchas gracias por contestarme un saludo
13/10/2019 21:01
Lucia-paz
Hola Lucia-Paz.

La caldera que te han colocado se ajusta a la normativa vigente es una caldera estanca de condenación, por supuesto que debe sacar los humos al exterior mediante un tubo, en tu caso no porque esta colocada en el exterior.

En la ciudad donde resido todos los pisos nuevos tienen una caldera de gas natural colocada en la terraza o balcón, ya no se colocan en la cocina evitando accidentes.

Da igual que la terraza sea de tu propiedad o comunitaria, como es una caldera de gas, no es una obra, por lo tanto no tienes que pedir permiso a la comunidad.
Si tienes el boletín de instalación en regla y el alta de la compañía del gas, no hay problemas, no obstante deberías hacerle una especie de mueble no de obra (aluminio por ejemplo) con una salida de gases, ya que ira colgada a una pared y la protegerá del frió y la lluvia etc.

Enseña al presidente el boletín y el alta del gas de la compañía suministradora sellado por industria y con eso basta, no creo que se atrevan a molestarte mas.
Si insisten, solicita si no te la han mandado el acta de la junta donde se ha acordado que la quites.
Siempre que no sea de obra, puedes colocar en la terraza sin permiso de la comunidad un armario, una caseta, macetas o una caldera de gas faltaría mas.

Si tienes dudas o te siguen poniendo trabas estoy a tu disposición

Saludos.
13/10/2019 21:25
Lucia-paz
Ahora parecer ser que todos los males son por culpa del administrador
""Después de muchos años en esto de la propiedad horizontal. aun sigo viendo barbaridades en algunas comunidades que tienen administrador, y ya no es la ley de convivencia y vecindad, "
Yo creo que existe una contradición en su opinión, si dice que si puede instalar esa caldera sin permiso de la comunidad, cuando usted mismo indica
##es otra peor aun y mas grave, la ley del mas fuerte, la que se pasa por el forro la LPH.""" Al final dice lo mismo que yo anarquía.
Con su exposicion me queda la duda si hay qu atenerse al preambulo de la ley, o a los arts. Que figuran a continuacion.
No se ha mojado en la pregunta de cambio de puertas y ventanas, ¿es legal o no?
Referente a que en derecho dos y dos no son cuatro, sería interesante que le asegurase a Lucia-paz, que si la comunidad le denuncia, que no se preocupe que el juicio lo tiene ganado
13/10/2019 21:58
Lucia-paz
Lucía-paz; le remito esta sentencia de 2017 Asturias. como dice Juanchito que en derecho dos y dos no son cuatro, sería interesante que se lea esta sentencia y vea a lo que se expone

Condena a retirar caldera de fachada de chalet instalada sin autorización de la comunidad
Sentencia audiencia Provincial de Asturias 2017
En este caso un comunero demandó a la comunidad de propietarios solicitando la de declaración de nulidad de un acuerdo adoptado en Junta en virtud del cual se señaló que no procedía requerir al propietario de uno de los chalets la retirada de una caldera que había instalado en la fachada de la vivienda.
La Audiencia Provincial, fundamentándose en los artículos 7 y 17 de la Ley de Propiedad Horizontal, confirmó la sentencia de instancia que había estimado la demanda.
EXTRACTO DE LA SENTENCIA:
Así planteado el debate, es lo cierto, y no se discute, que la fachada en la que se ubica la caldera cuestionada resulta ser elemento común, por ello, de conformidad con el art. 7 de la LPH , está vedado al propietario la ejecución de cualquier obra que pudiere modificar el aspecto exterior del edificio y, por tanto, requeriría la autorización de la Comunidad expresada de forma unánime por sus componentes (art. 17-6 del referido texto normativo).
... En el presente caso, lo cierto es que la colocación de la caldera en la fachada supone en efecto una alteración de dicho elemento común. El hecho de que pudieren existir otros elementos similares en otras fachadas o una parrilla-barbacoa es cuestión ajena a la presente litis, y que no puede por sí conferir legalidad al acto ahora cuestionado, cuando se trata de situaciones de hecho y hasta el momento no puestas en tela de juicio, como tampoco cabe introducir el argumento de la existencia del árbol mencionado en el informe pericial o si el tubo de extracción de humos de la caldera de la vivienda del actor sobresale por el sombrerete de la chimenea. El hecho de disponer la caldera de los permisos administrativos no resulta relevante, desde el momento en que es sabido que los mismos se conceden sin perjuicio de tercero, y en cuanto al motivo de funcionalidad que se señala en el informe pericial, no es justificación bastante, pues no resulta en modo alguno obligado ubicar el aparato en el exterior del inmueble, pudiendo hacerlo en su interior, como es lo normal.


Creo que aun cuando no sea asumible que ha de ser rechazada la más mínima alteración de la configuración estética de la fachada y más si es razonable, soy de la opinión que debe protegerse el derecho de la comunidad a que ningún propietario al margen de la voluntad común rompa la armonía de su diseño haciéndola perder sus peculiaridades y características diferenciales.
13/10/2019 23:09
Cameliasafe
Después de leer lo que escribes, he llegado a la conclusión que no tienes ni idea de lo que son las comunidades de propietarios.
¿Cuantas comunidades conoces? ¿a cuantas juntas has asistido que no sea la tuya? ¿cuanto tiempo llevas metida en este circo que son las comunidades de propietarios? ¿cuantas veces has sido presidenta de tu comunidad? ¿a cuantos administradores has conocido o conoces?.

Tu no estas fogueada en esto de las comunidades de propietarios, has leído la LPH pero solo sabes teoría pero no practica, hay que llevar muchos años en esto para saber como funcionan, en la tuya y en las de Pernambuco.

¿Que es legal en las comunidades? es todo mientras no se impugne, no existe lo legal o ilegal porque ni tu, ni yo podemos decir que es o no legal, solo un juez y me imagino que no eres jueza.

Las puertas, las ventanas lo que quieras no es cuestión de ley, es cuestión de lo que digan los vecinos si deciden que cada puerta se pinte de un color, no hay ley que lo impida.

Que sabes tu de las mafias que hay en las comunidades, de los intereses partidistas, de las comisiones que cobran algunos presidentes y administradores, de las maquinaciones para echar a un administrador o a un presidente, de las guerras internas entre propietarios para gobernar la comunidad a su antojo. Tu no has visto nada de esto, cuando lleves mas de treinta años en esto que se llama no la LPH, sino las comunidades de propietarios, entonces sabrás algo.

Si se puede instalar una caldera en un balcón o terraza, cuantos edificios nuevos conoces, pues por si no lo sabes en casi todos en la obra nueva se colocan.en ese lugar, incluso los he visto en terrazas que dan a la vía publica.

Lucia-Paz no coloca una caldera de gas en una fachada, sino en una terraza que según sus vecinos es un patio de luces mas a su favor, y si ha conseguido un boletín de instalación por un técnico especialista, y la compañía del gas le ha dado de alta es porque ha pasado la inspección, .y se puede colocar sin permiso de la comunidad, igual que un aparato de aire acondicionado, si has colocado un aparato de aire acondicionado ¿has pedido permiso a la comunidad? si se coloca en una fachada por supuesto que si.

No me sea demagoga, solo faltaba decirme que si pierde el juicio que yo se lo pague, creo que te has equivocado de foro, tu das una opinión, y yo doy otra, esa es la regla del juego

Besos
,
13/10/2019 23:47
juanchito
No señor no soy jueza. Soy enfermera no se dé leyes solo se cuidar a prematuros. Trabajo donde empieza la vida. Por eso les pregunte a ustedes. Pero iré a un abogado. Y a quién me asegure que hacer antes de quitarla.
Muchas gracias a los que os habéis molestado en mi tema. Espero que nunca necesitéis de mí ayuda.
Gracias.
14/10/2019 00:02
Lucia-paz
Haber Lucia-paz:

El comentario no es para ti, para saber quien escribe el comentario fíjate en el nombre que figura arriba, el de abajo es a quien le mandas el comentario.

Has leído un comentario mio dirigido a Cameliasafe y has creído que va dirigido a ti, ese comentario no es para ti así que no te ofendas, has tenido una equivocación creyendo que iba dirigido a ti. es una pena que te hayas confundido
animo y no te des por vencida que la caldera no te la van a quitar de la terraza.

Saludos
14/10/2019 11:20
juanchito
A perdón. Pensé que era ami. Aunque no me sentí ofendida. Solo que no se dé leyes. Y casi ya en mi jubilación voy a tener que interesarme en saber algo.
Muchas gracias y que sean felices todos
14/10/2019 16:25
Lucia-paz
Lleva usted toda la razón del mundo, no tengo ni idea de lo que son las comunidades de propietarios, no conozco ninguna comunidad, dado que vio aislada en un páramo de la España vaciada, por lo cual nunca he asistido a una junta, soy una advenediza en esto, un día navegando por internet me salió esta página, y como no tengo nada que hacer más que cuidar a pichirula (que es mi vaca) pues me baje la L.P.H. me la leí y me puse a opinar. Por supuesto que nunca he podido ser presidenta de ninguna comunidad y los administradores no entran entre mis amistades, porque en Belesar que es la aldea de Galicia donde una servidora vive, no existen notarios, ni jueces y menos administradores, (poco negocio iban a tener aquí).
Si nos vamos al diccionario y buscamos que es legal, nos indica: Que está establecido por la ley o está conforme con ella. y las comunidades se rigen por una Ley llamada de Propiedad Horizontal.
Yo de derecho tengo menos idea que de la L.P.H, y de ésta lo justo, me apaño como puedo, pero pienso que un juez en sentencia anulará o no un acuerdo, no se si dirá si es legal o no.
Usted indica: Las puertas, las ventanas lo que quieras no es cuestión de ley, es cuestión de lo que digan los vecinos si deciden que cada puerta se pinte de un color, no hay ley que lo impida. Por supuesto quien ha dicho lo contrario, yo desde luego que no, pero igual que una comunidad puede decidir pintar las puertas en rojo turquesa, también puede decidir que nadie saque la caldera al patio, por mucho documento que indique que su instalación es correcta, dado que una empresa no tiene potestad alguna en una comunidad. El hecho de disponer la caldera de los permisos administrativos no resulta relevante, desde el momento en que es sabido que los mismos se conceden sin consentimiento de un tercero,
Como ya he dejado apuntado anteriormente desconozco como funciona la que usted denomina CAMORRA administrativa/presidencial, pero el que la desconozca no le da a usted la razón sobre su contestación al problema de Lucía
Yo en mi desinteresado gesto de ayudar a Lucía he aportado una sentencia, y usted dando por sentado de su también desinteresado gesto de ayudar a Lucía, únicamente da la vuelta al código civil y a la L.P.H.
Usted aporta su opinión que es muy respetable, y como usted indica en su último párrafo yo doy la mía, de acuerdo, pero mi opinión es acompañada de una sentencia que de forma palmaria deja muy claro lo que le puede suceder a Lucía.
Ella ya es conocedora de lo que le puede venir y su apunte de indemnizarla por su parte en el caso que se la hagan retirar, pienso que sería un gesto de altruismo por su parte que le engrandecería y ennoblecería en este blog
14/10/2019 17:23
Lucia-paz
Haber Lucia-Paz:

En tu primera entrada escribes:
Vivo en Zamora en un primer piso con una terraza exterior que da hacia atrás.mis vecinos dicen que eso es un patio de luces pero yo en mis escrituras me pone que tengo 114 metros de vivienda de los cuales 85 son habitables y anexo una terraza de 11 metros.

Yo he entendido que esa parte de tu vivienda es una terraza no un balcón porque luego dices que tus vecinos alegan que da aun patio de luces, no conozco una vivienda que tenga un balcón que de a un patio de luces y esto es importante.

1º.- El ayuntamiento de Zamora nunca te llamara la atención porque no incumples las ordenanzas municipales ya que tu terraza no da a una vía urbana.

2º.- Debes decirle al presidente de tu comunidad, que técnicamente la instalación de tu caldera estanca de condensación, no se debe colocar en la cocina teniendo la vivienda una terraza para mayor seguridad y mejor rendimiento de la caldera, les muestras el boletín de instalación y el alta de la compañía del gas sellado por industria.

3º.- "Arriero somos y en el camino nos encontraremos" la Comunidad Europea prohíbe la instalación de calderas en obra nueva o aquellas que se sustituyan, si no son como la tuya estanca de condensación, cuando un vecino tuyo tenga que sustituir su caldera ya veremos donde la colocara, porque hay que evacuar los gases a la fachada.

4º.- No toques la caldera de donde esta, los propietarios no tienen atribuciones para hacértela quitar, primero tendrán que denunciarte en el juzgado cosa que dudo lo hagan, y el juez decidirá.

5º.- Si te la hacen quitar exije que el costo corra por cuenta de la comunidad.

6º.- Pide el acta de la junta donde se acordó que quitaras la caldera, y pregúntale si existen estatutos registrados en la comunidad es muy importante, espera a que la comunidad mueva ficha, si te denuncian es cuando contratas a un abogado, le muestras el acta y le dices si en la comunidad existen estatutos registrados o no el te aconsejara.

Final de esta historia:
La regla de oro de las comunidades de vecinos tolerantes y buenas personas, vive y deja vivir.

Voy a contar un cuento: habia una vez una señora que tenia que poner una caldera de gas nueva en su domicilio, los técnicos le dicen que es aconsejable sacarla al exterior ya que tiene una terraza, es una terraza que da a un patio de luces, el ayuntamiento no la molestara porque no da a la vía publica, pero se topa con unos vecinos "legalistas" los que cumplen la ley a rajatabla cuando a ellos les interesa, y como son tan cumplidores de la ley le dicen a la señora que quite la caldera porque ellos así lo han decido ¿En una Junta?. Quien son ellos para dar la orden de quitar la caldera.
La terraza da a un patio de luces, ¿donde esta el motivo de que la caldera incumple la estética de la fachada? ¿en que perjudica y a quien la caldera?
yo no se la respuesta, haber si algún interviniente me lo explica.

Y colorin colorado este cuento se ha acabado.

Lucia-Paz que tengas mucha suerte amiga.

Saludos
15/10/2019 20:52
juanchito
Muchas gracias Juan chito.
No la pienso quitar ya me he informado por un abogado amigo de mi hermano y me ha dicho que ni se me ocurra que primero que me traigan por el juzgado que estoy obligada a quitarla. No es un balcón es una terraza que me pone 85 metros de vivienda y 11 de terraza anesada la vivienda.se sale por una puerta en la cocina. Se lo he comentado al ayuntamiento y tampoco me ha puesto pegas. Este abogado me dijo que además la votación es nula porque han votado en voto secreto papelitos de sí o no y que eso ante la ley es nulo por un juez.
pues muchas gracias y vuelvo a decir no la pienso quitar hasta que no me mande un juez. he hecho un seguro aparte del seguro de la vivienda por la terraza la caldera y la fachada que corresponde por si acaso pasara algo cosa que no va a pasar según me han dicho él que me la he instalado.
Encima que me tiran de todo al patio colillas de todo no hago más que barrerlo y nunca les he protestado ni les he dicho nada no sé si es que me ven tonta bueno pues muchas gracias pasa un feliz día.
15/10/2019 21:18
Lucia-paz
Pues el abogado amigo de su hermano demuestra con su respuesta que desconoce por completo de la LPH.
Cualquier persona conocedora de la ley, sabe de sobra que ese acuerdo no es nulo, es ANULABLE, cosa totalmente diferente.
Y que este tipo de acuerdo sera válido y ejecutivo en ausencia de impugnación