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1 Comentarios
 
25/02/2014 17:46
Las comunidades de propietarios existen, aún sin constitución formal de las mismas (la propiedad horizontal existe en ausencia de su constitución formal, STS 24-11-2010), desde el momento del nacimiento de la propiedad horizontal, el cual puede producirse incluso antes de que se haya otorgado el título constitutivo de la propiedad horizontal (artículo 2 LPH), al no depender de la voluntad de los propietarios por venir impuesto por ley.
Comunidad.
25/02/2014 11:42
hola buenos días:
quería hacer una consulta a ver si alguien puede informarme vivo en un pueblo en una calle particular privada que no esta cerrada en frente hay duples y al otro lado somos chalet. pusieron comunidad porque en teoría tenemos la calle ,la luz ,y la caseta de la antena en común pero la calle no la han cerrado por que no nos deja el ayuntamiento .mis preguntas son : se puede disolver una comunidad si la calle la cedemos al ayuntamiento ?? los chalet somos independientes tenemos nuestra luz y pagamos mucho mas que ellos y aparte ahora viene una derrama porque el administrador esta pagando desperfectos del tejado a los duples y atranco a otros vecinos de duples pagando los chalets mas que ninguno sin hacer ninguna junta han mandado un creo electrónico ¨no a todos los vecinos´que va a pasar una derrama de 90 euros a los chales 70 duples 50 pisos bajos tenemos que pagar algo que no se a aprobado ? muchas gracias un saludo
comunidad. | PorticoLegal
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Las comunidades de propietarios existen, aún sin constitución formal de las mismas (la propiedad horizontal existe en ausencia de su constitución formal, STS 24-11-2010), desde el momento del nacimiento de la propiedad horizontal, el cual puede producirse incluso antes de que se haya otorgado el título constitutivo de la propiedad horizontal (artículo 2 LPH), al no depender de la voluntad de los propietarios por venir impuesto por ley.
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quería hacer una consulta a ver si alguien puede informarme vivo en un pueblo en una calle particular privada que no esta cerrada en frente hay duples y al otro lado somos chalet. pusieron comunidad porque en teoría tenemos la calle ,la luz ,y la caseta de la antena en común pero la calle no la han cerrado por que no nos deja el ayuntamiento .mis preguntas son : se puede disolver una comunidad si la calle la cedemos al ayuntamiento ?? los chalet somos independientes tenemos nuestra luz y pagamos mucho mas que ellos y aparte ahora viene una derrama porque el administrador esta pagando desperfectos del tejado a los duples y atranco a otros vecinos de duples pagando los chalets mas que ninguno sin hacer ninguna junta han mandado un creo electrónico ¨no a todos los vecinos´que va a pasar una derrama de 90 euros a los chales 70 duples 50 pisos bajos tenemos que pagar algo que no se a aprobado ? muchas gracias un saludo