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Comunidades y R. atribucion rentas

3 Comentarios
 
10/02/2004 20:03
En esas estamos, pero veo dificil la moratoria.
saludos
10/02/2004 13:10
Erodri, llevo toda esta semana hablando con mi colegio del 184, van a mandar una circular a los administradore de fincas, que colgaré en mi página que puede ser de tu interes, además iban a intentar pedir una moratoria a hacienda.
Te seguire informando
05/02/2004 22:39
Yo he administrado una comunidad que tenia telefonia movil, todos los trimestres haciamos nuestra declaración de IVA, y cada trimestre, le preparaba los ingresos y los gastos y el neto que le correspondia a cada comunero, alguno era sociedad y lo solicitaba mensualmente, y certificaba para que lo metiesen en su declaración.
Nunca se lo aplique a gastos de la comunidad,
solo a los gastos de administración y mantenimiento de la terraza.
Hace muchos años, un inspector de hacienda, me dijo, que las comunidades de propietarios, tendrían que hacer un certificado de los irpf que les retienen los bancos, en las cuentas corrientes por intereses, y que cada comunero debía incluirlo en su declaración de la renta.
SI era una sociedad lo mismo.
Que no se haya hecho porque normalmente eran pequeñas cantidades, no quiere decir que no se tuviese que hacer.
Bueno ya os contaré más.
Con ello esto el Mtro de Hacienda, cada vez le va poniendo cerco a las comunidades, y los administradores tendrán que ser profesionales, con bastantes conocimientos, con lo cual se tendrá en cuenta la labor del administrador.
Los propietarios se tienen que dar cuenta que las cuentas de las comunidades, son una cosa seria
Comunidades y r. atribucion rentas
05/02/2004 14:32
En el BOE del 4/02/04 se pulica la orden HAC/171/2004, por la que se aprueba el modelo 184 de declaracion anual a presentar por las entidades en régimen de atribución de rentas. En una primera lectura, hay que profundizar un poco mas, me temo que aquellas Comunidades que posean ingresos superiores , (pensar en Comunidades con antenas de telefonica móvil que alquilan la terraza) a 3000.00 € deberán realizar esta declaración anual de imputación de rendimientos, a cada comunero, tanto en cantidad como indicar su porcentaje. Esta declaración se realizará en marzo próximo referida a 2003. Sólo me cabe la duda en cuanto a la obligación de la sección 2ª del título VII de la Ley 40/1998.
Esto lo dejo aquí por la premura de tiempo, por su interes, y para ver si entre todos podemos argumentar algo sólido que no obligue a presentar esa declaración, al menos con tan poco tiempo. Pensar que se deberá buscar el NIF de todos los condueños, y no siempre se tiene, y luego la problematica de si se ha vendido la casa de portero, y en ese mismo ejercicio se ha trasmitido la vivienda etc...
saludos y a estudiar, que es un tema cuanto menos curioso.
Comunidades y R. atribucion rentas | PorticoLegal
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10/02/2004 20:03
En esas estamos, pero veo dificil la moratoria.
saludos
10/02/2004 13:10
Erodri, llevo toda esta semana hablando con mi colegio del 184, van a mandar una circular a los administradore de fincas, que colgaré en mi página que puede ser de tu interes, además iban a intentar pedir una moratoria a hacienda.
Te seguire informando
05/02/2004 22:39
Yo he administrado una comunidad que tenia telefonia movil, todos los trimestres haciamos nuestra declaración de IVA, y cada trimestre, le preparaba los ingresos y los gastos y el neto que le correspondia a cada comunero, alguno era sociedad y lo solicitaba mensualmente, y certificaba para que lo metiesen en su declaración.
Nunca se lo aplique a gastos de la comunidad,
solo a los gastos de administración y mantenimiento de la terraza.
Hace muchos años, un inspector de hacienda, me dijo, que las comunidades de propietarios, tendrían que hacer un certificado de los irpf que les retienen los bancos, en las cuentas corrientes por intereses, y que cada comunero debía incluirlo en su declaración de la renta.
SI era una sociedad lo mismo.
Que no se haya hecho porque normalmente eran pequeñas cantidades, no quiere decir que no se tuviese que hacer.
Bueno ya os contaré más.
Con ello esto el Mtro de Hacienda, cada vez le va poniendo cerco a las comunidades, y los administradores tendrán que ser profesionales, con bastantes conocimientos, con lo cual se tendrá en cuenta la labor del administrador.
Los propietarios se tienen que dar cuenta que las cuentas de las comunidades, son una cosa seria
Comunidades y r. atribucion rentas
05/02/2004 14:32
En el BOE del 4/02/04 se pulica la orden HAC/171/2004, por la que se aprueba el modelo 184 de declaracion anual a presentar por las entidades en régimen de atribución de rentas. En una primera lectura, hay que profundizar un poco mas, me temo que aquellas Comunidades que posean ingresos superiores , (pensar en Comunidades con antenas de telefonica móvil que alquilan la terraza) a 3000.00 € deberán realizar esta declaración anual de imputación de rendimientos, a cada comunero, tanto en cantidad como indicar su porcentaje. Esta declaración se realizará en marzo próximo referida a 2003. Sólo me cabe la duda en cuanto a la obligación de la sección 2ª del título VII de la Ley 40/1998.
Esto lo dejo aquí por la premura de tiempo, por su interes, y para ver si entre todos podemos argumentar algo sólido que no obligue a presentar esa declaración, al menos con tan poco tiempo. Pensar que se deberá buscar el NIF de todos los condueños, y no siempre se tiene, y luego la problematica de si se ha vendido la casa de portero, y en ese mismo ejercicio se ha trasmitido la vivienda etc...
saludos y a estudiar, que es un tema cuanto menos curioso.