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Con respecto al artículo 525 del cp (el de libertad religiosa)

1 Comentarios
 
20/02/2018 11:07
Pabloandu
A ver, una cosa es llevar una camiseta de un grupo de música y tener tus creencias que pueden ser contrarias o no y otra es vejar activamente una creencia religiosa.

En estos delitos, se sancionan ataques de una cierta gravedad, por lo que se suele exigir el empleo de medios violentos o coactivos, que excluyen las meras perturbaciones o discrepancias. No se castigan los ejercicios de crítica histórica, política o literaria, sino las vejaciones y burlas que superan tales niveles, por su entidad, persistencia o modo de presentarse.

Es decir que para que exista delito se necesita cierta conducta "activa" contra el sentimiento religioso, por ejemplo si vas con esa camiseta a una misa o una procesión e interfieres de forma directa en la celebración.

Si estás en contra de una religión no significa que sus actos religiosos atenten contra tus creencias salvo que vayan a tu casa a celebrarlos para provocarte.
Con respecto al artículo 525 del cp (el de libertad religiosa)
20/02/2018 09:55
Tengo una duda, ¿entraría en delito si llevará una camiseta del grupo "Bad Religion", en concreto su logotipo?, el grupo tiene años y nunca hubo ningún problema en llevar una camiseta que tuviera su logotipo, pero con las nuevas leyes estas... no se (tienen tela las leyes estas). El logotipo lo puedes ver en varias de sus camisetas y es una cruz tachada:
https://www.google.es/search?q=camisetabadreligion

Por cierto yo tengo mis propias creencias espirituales y filosóficas que chocan con muchos de los dogmas del cristianismo (que creo tanto ilógicos como históricamente falsos) y en cierta medida me siento ofendido (pues tengo mi propia espiritualidad con planteamientos filosóficos alternativos como decía) cuando desde el estado y por ejemplo ayuntamientos presuntamente laicos promueven creencias cristianas, por ejemplo carteles de semana santa muy artísticos, ¿no están atentando ellos contra mi creencia?
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1 Comentarios
 
20/02/2018 11:07
Pabloandu
A ver, una cosa es llevar una camiseta de un grupo de música y tener tus creencias que pueden ser contrarias o no y otra es vejar activamente una creencia religiosa.

En estos delitos, se sancionan ataques de una cierta gravedad, por lo que se suele exigir el empleo de medios violentos o coactivos, que excluyen las meras perturbaciones o discrepancias. No se castigan los ejercicios de crítica histórica, política o literaria, sino las vejaciones y burlas que superan tales niveles, por su entidad, persistencia o modo de presentarse.

Es decir que para que exista delito se necesita cierta conducta "activa" contra el sentimiento religioso, por ejemplo si vas con esa camiseta a una misa o una procesión e interfieres de forma directa en la celebración.

Si estás en contra de una religión no significa que sus actos religiosos atenten contra tus creencias salvo que vayan a tu casa a celebrarlos para provocarte.
Con respecto al artículo 525 del cp (el de libertad religiosa)
20/02/2018 09:55
Tengo una duda, ¿entraría en delito si llevará una camiseta del grupo "Bad Religion", en concreto su logotipo?, el grupo tiene años y nunca hubo ningún problema en llevar una camiseta que tuviera su logotipo, pero con las nuevas leyes estas... no se (tienen tela las leyes estas). El logotipo lo puedes ver en varias de sus camisetas y es una cruz tachada:
https://www.google.es/search?q=camisetabadreligion

Por cierto yo tengo mis propias creencias espirituales y filosóficas que chocan con muchos de los dogmas del cristianismo (que creo tanto ilógicos como históricamente falsos) y en cierta medida me siento ofendido (pues tengo mi propia espiritualidad con planteamientos filosóficos alternativos como decía) cuando desde el estado y por ejemplo ayuntamientos presuntamente laicos promueven creencias cristianas, por ejemplo carteles de semana santa muy artísticos, ¿no están atentando ellos contra mi creencia?