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Concatenacion eventual Interinidad

3 Comentarios
 
10/05/2012 14:04
Va que digan misa.
10/05/2012 14:01
muchas gracias jamgpreve,
tendre que denunciar, porque ellos lo que alegan es que el contrato de interinidad no cuenta a la hora de la antiguedad.
De verdad muchas gracias.
10/05/2012 13:45
La antigüedad debera usted reclamarsela a la empresa medinante y como no se la van a dar pues tendrá que acudir a la vía jurídico laboral eninterponer demanda de reclamación de antigüedad.
No es cierto lo que dice su empresa, si no hay cortes superiores de 20 dias entre cto y cto, (los jueces aún habiendo corrtes superiiores a esos 20 días si se demuestra que la empresa necesitqa ese trabajador porque tiene trabajo para él, admite cortes superiores), da igual la modalidad contractual.
Su antigüedad es la del primer cto con la empresa, digales que usted no tiene que demostrar nada, usted cursara una vida laboral y reclamara dicha antigüedad y si no estan de acuerdo que se lo digan ellos al juez.
Concatenacion eventual interinidad
10/05/2012 04:44
Desde el día 1/03/2010 hasta el 01/10/2011 que me hicieron indefinido, he tenido 8 contratos de trabajo, los cuales han ido alternandose entre contratos eventuales por circunstancias de producción y contratos de interinidad. Para ser más concretos y que así me puedn ayudar con mayor precisión, la cadena de contratos se ha distribuido de la siguiente manera.

- 1º Contrato (01/03/2010 – 22/07/2010): Contrato eventual por circunstancias a tiempo parcial, en concreto a un 50% de la jornada.

- 2º Contrato (23/07/2010 – 30/10/2010): Contrato eventual por circunstancias a tiempo parcial, en concreto a un 25% de la jornada.

- Periodo de baja en el servicio (31/10/2010 – 05/11/2010 – 6 días)

- 3º Contrato (06/11/2010 – 27/11/2010): Contrato de interinidad a tiempo completo, es decir, a un 100% de la jornada.

- Período de vacaciones retribuidas no disfrutadas (28/11/2010 – 29/11/2010)

- Periodo de baja en el servicio (29/11/2010 – 02/12/2010 – 3 días)

- 4º Contrato (03/12/2010 – 31/12/2010): Contrato de interinidad a tiempo completo, es decir, a un 100% de la jornada.

- Período de vacaciones retribuidas no disfrutadas (01/01/2011 – 02/01/2011 – 1 día)

- 5º Contrato (01/01/2011 – 01/02/2011): Contrato de interinidad a tiempo completo, es decir, a un 100% de la jornada.

- Período de vacaciones retribuidas no disfrutadas (02/02/2011 – 04/02/2011 – 3 día)

- 6º Contrato (02/02/2011 – 31/07/2011): Contrato eventual por circunstancias a tiempo parcial, en concreto a un 50% de la jornada.

- 7º Contrato (01/08/2011 – 31/08/2011): Contrato de interinidad a tiempo completo, es decir, a un 100% de la jornada.

- 8º Contrato (01/09/2011 – 30/09/2011): Contrato de interinidad a tiempo completo, es decir, a un 100% de la jornada.

- Período de vacaciones retribuidas no disfrutadas (01/10/2011 – 03/10/2011 – 3 días)

- 9º Contrato (01/10/2011 – Actualmente): Contrato indefinido a tiempo parcial, concretamente al 50% de la jornada.

En mi nómina actual, me ponen una antigüedad del 01/10/2011, es decir, la fecha del contrato indefinido, a pesar de haber estado sin contrato tan solo 9 días (6 3) durante los 19 meses que he estado de contrato en contrato.

Me dicen que es así porque he tenido contratos de interinidad y que con esos contratos no se me respeta la antigüedad.

¿Es eso cierto?

y si no es así, ¿en que legislación, sentencia, etc, puedo apoyarme para demostrarselo a la empresa?

Muchas Gracias.
Concatenacion eventual Interinidad | PorticoLegal
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Concatenacion eventual Interinidad

3 Comentarios
 
10/05/2012 14:04
Va que digan misa.
10/05/2012 14:01
muchas gracias jamgpreve,
tendre que denunciar, porque ellos lo que alegan es que el contrato de interinidad no cuenta a la hora de la antiguedad.
De verdad muchas gracias.
10/05/2012 13:45
La antigüedad debera usted reclamarsela a la empresa medinante y como no se la van a dar pues tendrá que acudir a la vía jurídico laboral eninterponer demanda de reclamación de antigüedad.
No es cierto lo que dice su empresa, si no hay cortes superiores de 20 dias entre cto y cto, (los jueces aún habiendo corrtes superiiores a esos 20 días si se demuestra que la empresa necesitqa ese trabajador porque tiene trabajo para él, admite cortes superiores), da igual la modalidad contractual.
Su antigüedad es la del primer cto con la empresa, digales que usted no tiene que demostrar nada, usted cursara una vida laboral y reclamara dicha antigüedad y si no estan de acuerdo que se lo digan ellos al juez.
Concatenacion eventual interinidad
10/05/2012 04:44
Desde el día 1/03/2010 hasta el 01/10/2011 que me hicieron indefinido, he tenido 8 contratos de trabajo, los cuales han ido alternandose entre contratos eventuales por circunstancias de producción y contratos de interinidad. Para ser más concretos y que así me puedn ayudar con mayor precisión, la cadena de contratos se ha distribuido de la siguiente manera.

- 1º Contrato (01/03/2010 – 22/07/2010): Contrato eventual por circunstancias a tiempo parcial, en concreto a un 50% de la jornada.

- 2º Contrato (23/07/2010 – 30/10/2010): Contrato eventual por circunstancias a tiempo parcial, en concreto a un 25% de la jornada.

- Periodo de baja en el servicio (31/10/2010 – 05/11/2010 – 6 días)

- 3º Contrato (06/11/2010 – 27/11/2010): Contrato de interinidad a tiempo completo, es decir, a un 100% de la jornada.

- Período de vacaciones retribuidas no disfrutadas (28/11/2010 – 29/11/2010)

- Periodo de baja en el servicio (29/11/2010 – 02/12/2010 – 3 días)

- 4º Contrato (03/12/2010 – 31/12/2010): Contrato de interinidad a tiempo completo, es decir, a un 100% de la jornada.

- Período de vacaciones retribuidas no disfrutadas (01/01/2011 – 02/01/2011 – 1 día)

- 5º Contrato (01/01/2011 – 01/02/2011): Contrato de interinidad a tiempo completo, es decir, a un 100% de la jornada.

- Período de vacaciones retribuidas no disfrutadas (02/02/2011 – 04/02/2011 – 3 día)

- 6º Contrato (02/02/2011 – 31/07/2011): Contrato eventual por circunstancias a tiempo parcial, en concreto a un 50% de la jornada.

- 7º Contrato (01/08/2011 – 31/08/2011): Contrato de interinidad a tiempo completo, es decir, a un 100% de la jornada.

- 8º Contrato (01/09/2011 – 30/09/2011): Contrato de interinidad a tiempo completo, es decir, a un 100% de la jornada.

- Período de vacaciones retribuidas no disfrutadas (01/10/2011 – 03/10/2011 – 3 días)

- 9º Contrato (01/10/2011 – Actualmente): Contrato indefinido a tiempo parcial, concretamente al 50% de la jornada.

En mi nómina actual, me ponen una antigüedad del 01/10/2011, es decir, la fecha del contrato indefinido, a pesar de haber estado sin contrato tan solo 9 días (6 3) durante los 19 meses que he estado de contrato en contrato.

Me dicen que es así porque he tenido contratos de interinidad y que con esos contratos no se me respeta la antigüedad.

¿Es eso cierto?

y si no es así, ¿en que legislación, sentencia, etc, puedo apoyarme para demostrarselo a la empresa?

Muchas Gracias.