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Concesión de tarjeta de residencia

1 Comentarios
 
Concesión de tarjeta de residencia
14/02/2018 23:24
Pues hace unos dias me concedieron mediante escrito la residencia como familiar de comunitario, pedí cita para estampar la huella y obtener la tarjeta fisica y me la dieron para dentro de tres meses, mi pregunta es, https://porticolegal.eleconomista.es/foro/extranjeria?Tema_page=6&ajax=temas-por-forosi legalmente puedo trabajar, gracias
15/02/2018 00:48
Javi2
Hola:

Sí, legalmente puede trabajar. De acuerdo con la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de abril de 2004 y su norma de transposición al ordenamiento jurídico español, que es el Real Decreto 240/2007 de 16 de febrero, la tenencia de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión no puede constituir condición necesaria previa para la realización de trámites administrativos ni para el ejercicio de los derechos inherentes a la calidad de familiar de ciudadano de la Unión. Y en su caso, ya existe una resolución administrativa favorable por medio de la cual se le ha concedido la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión en virtud de haber quedado acreditado que se encontraba dentro del ámbito de aplicación de las antedichas disposiciones normativas.

Un cordial saludo.
Concesión de tarjeta de residencia | PorticoLegal
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Concesión de tarjeta de residencia

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Concesión de tarjeta de residencia
14/02/2018 23:24
Pues hace unos dias me concedieron mediante escrito la residencia como familiar de comunitario, pedí cita para estampar la huella y obtener la tarjeta fisica y me la dieron para dentro de tres meses, mi pregunta es, https://porticolegal.eleconomista.es/foro/extranjeria?Tema_page=6&ajax=temas-por-forosi legalmente puedo trabajar, gracias
15/02/2018 00:48
Javi2
Hola:

Sí, legalmente puede trabajar. De acuerdo con la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de abril de 2004 y su norma de transposición al ordenamiento jurídico español, que es el Real Decreto 240/2007 de 16 de febrero, la tenencia de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión no puede constituir condición necesaria previa para la realización de trámites administrativos ni para el ejercicio de los derechos inherentes a la calidad de familiar de ciudadano de la Unión. Y en su caso, ya existe una resolución administrativa favorable por medio de la cual se le ha concedido la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión en virtud de haber quedado acreditado que se encontraba dentro del ámbito de aplicación de las antedichas disposiciones normativas.

Un cordial saludo.