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Conciliación vida laboral y familiar

4 Comentarios
 
21/11/2006 16:49
gracias.....

14/11/2006 16:15
La modificación normativa de la conciliación de la vida laboral y familiar se inició por Ley 39/1999 de 5 de noviembre modificando tanto el E.T. ( trabajadores de la empresa privada) como la ley 30/1984 ( funcionarios).

Hace poco se ha aprobado el Plan Concilia para los funcionarios. Puedes descargarlo en esta página del Ministerio de Administraciones Públicas: map.es

Hay unos horarios que son obligatorios y otros que son discrecionales previa solicitud.

Pero no lo confundas con la reducción de jornada que es otra cosa distinta. El plan Concilia significa hacer el mismo número de horas pero en horario compatible con el horario escolar por ejemplo.

Saludos.
14/11/2006 08:15
hola!!!! alguien puede ayudarme?????
29/10/2006 22:34
me imagino que tendran un sindicato de policia yo que no estoy al dia en este tipo de materia.-.-
Conciliación vida laboral y familiar
29/10/2006 13:40
Hola! soy policia local, despues de la excedencia por maternidad, solicité la redución de jornada, eligiendo el horario de mañana, ya que tengo correturnos y trabajo mañana tarde, y noche, amparandome en la ley de conciliación de la vida familiar y laboral, mi ayto . acepto parcialmente mi solicitud negandome el turno de mañana, por estimar que a los funcionarios, no nos es de aplicación la ley mencionada anteriormente, sino otra.....mi pregunta es :que ley me es de aplicación, soy funcionaria de admon local, policia local, en andalucía, y hasta cuando puedo seguir con mi jornada reducida en un tercio de la misma....Gracias
Conciliación vida laboral y familiar | PorticoLegal
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4 Comentarios
 
21/11/2006 16:49
gracias.....

14/11/2006 16:15
La modificación normativa de la conciliación de la vida laboral y familiar se inició por Ley 39/1999 de 5 de noviembre modificando tanto el E.T. ( trabajadores de la empresa privada) como la ley 30/1984 ( funcionarios).

Hace poco se ha aprobado el Plan Concilia para los funcionarios. Puedes descargarlo en esta página del Ministerio de Administraciones Públicas: map.es

Hay unos horarios que son obligatorios y otros que son discrecionales previa solicitud.

Pero no lo confundas con la reducción de jornada que es otra cosa distinta. El plan Concilia significa hacer el mismo número de horas pero en horario compatible con el horario escolar por ejemplo.

Saludos.
14/11/2006 08:15
hola!!!! alguien puede ayudarme?????
29/10/2006 22:34
me imagino que tendran un sindicato de policia yo que no estoy al dia en este tipo de materia.-.-
Conciliación vida laboral y familiar
29/10/2006 13:40
Hola! soy policia local, despues de la excedencia por maternidad, solicité la redución de jornada, eligiendo el horario de mañana, ya que tengo correturnos y trabajo mañana tarde, y noche, amparandome en la ley de conciliación de la vida familiar y laboral, mi ayto . acepto parcialmente mi solicitud negandome el turno de mañana, por estimar que a los funcionarios, no nos es de aplicación la ley mencionada anteriormente, sino otra.....mi pregunta es :que ley me es de aplicación, soy funcionaria de admon local, policia local, en andalucía, y hasta cuando puedo seguir con mi jornada reducida en un tercio de la misma....Gracias