Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

conclusion-casas moviles

17 Comentarios
 
Conclusion-casas moviles
25/07/2008 20:05
Bueno, despues de tirarme duas buscando en internet, sobre leyes y legislaturas, e sacado varias conclusiones, las cuales voy a exponer, a ver si me equivoco en algo, y podeis corregirme, lo ire poniendo paso a paso, para no liar mucho el tema:

-No ahi ninguna ley ni legislatura que hable directamente sobre las casa moviles
-Por no haber ley, los ayuntamientos no pueden darte la licencia.osea, cualquier casa de este tipo, es ilegal....pero no implica que te obliguen a quitartela, o mandar derribar
-pero por ello mismo, tampoco puede, denunciarte por ello.
-Tu tiene el derecho de estacionar una caravana en una parcela privada, no hay ley que prohiba eso.
-El problema viene, cuando esa caravana, o casa con ruedas, la habilitas para vivir en ella, solicitas, luz y agua, entonces, se considera como vivienda o segunda vivienda, y de ahi el tema del ayuntamiento, si vives en ella, o das sintomas de vivir alli, te la consideran como tal, y al estar sin licencia, y no cumplir medidas exigidas, es donde pueden penalizarte. Y encima algunos, empiezan a unir modulos, y hacen casas moviles que se disparan en metros cuadrados.
-E visto denuncias de ayuntamientos, dictadas y sentenciadas por jueces, de ahi que te arriesgues, pero por norma general, los ayuntamientos, no llegan a meterse en juicios, por no tener el tema claro y no tener donde apoyarse bajo ninguna ley..a no ser que se demuestre que es una vivienda.

Solucion:
- Pedir, luz y agua en la parcela independientemente, solo para finca o parcela
-Comprar un modulo en vez de vivienda, tipo almacen, dejar pasar un tiempo, y poder justificar al ayuntamiento en caso de denuncia, que no es una vivienda..y cuando pase un tiempo, reformas lo que debas.

-Si llega el momento de denuncia, dos soluciones, la vendes o la cambias de sitio..es movil...asi que tampoco ahi muchas pegas

Bueno, quien sepa responder algo mas, por favor, que lo comente o nos asesore

gracias

28/07/2008 09:59
Kaparros, sacas conclusiones erróneas.

No sólo hay que mirar la ley, sino también la jurisprudencia y es clara al decir el TS que se necesita licencia para cualquier uso del suelo e incluye dentro del mismo a las caravanas.

Por tanto la frase "Tu tiene el derecho de estacionar una caravana en una parcela privada, no hay ley que prohiba eso" es incorrecta, porque dentro de los usos del suelo que requieren licencia, está ese. Y eso si es urbana, si es rústica o está dentro de los límites de la ley de costa (como es tu caso), olvídate de licencia.

Claro que te pueden y te van a sancionar, porque no tienes licencia de uso.

Evidentemente si vas un día con una caravana, no te dirán nada, pero si está allí continuamente, te sancioran y te harán quitarla.

Estás aconsejando cosas ilegales, porque aunque compres un módulo, si no tienes licencia, te harán quitarlo.

Una casa móvil cuesta varios millones, si la compras ahora, la pones y luego la vendes, cuánto has perdido? bastante. Eso sin contar la sanción, que en el caso de la ley de costas es fuerte. En cuanto a cambiarla de sitio, si tienes donde ponerla legalmente, pues vale, pero si no es vuelta a empezar.

En terrenos urbanos no está permitida la instalación de caravanas y las casas móviles sólo con los permisos correspondientes, de lo contrario sería un caos todo.

Sinceramente, lo que tú pretendes, legalmente, no hay forma de que lo hagas, no te lo aconsejaría en un terreno rústico y menos te lo aconsejo en uno que está dentro de los 20 metros de la ley de costas.
28/07/2008 12:28
a ver si podrias ser tan amable de pasarme un enlace con esas leyes, por que yo no las e encontrado, en las leyes de costas, que son realmente las dueñas, del terreno, ninguna ley habla de caravanas dentro de tu propiedad, si en servidumbres, pero en tu parcela, no e leido nada, me harias un gran favor pasandome algun enlace donde pueda leer esas ley.
De todas, formas, es una miercola, que en toda la pedania, mi parcela sea la unica que no dejan poner ni ua caseta perros....no sabes de alguna ley para pedir algun chisme o algo?..o me darian licencia si la pido para caravana?

gracias
28/07/2008 13:36
Es que aparte de la normativa estatal y autonómica, hay que estar a lo que diga la jurisprudencia

Y tanto el TS como los TSJ son claros se necesita licencia para "todo acto de uso del suelo, incluida la instalación de casas prefabricadas e incluso de caravanas con carácter permanente en una parcela“

Si tú colocas una caravana (o casa móvil) un día, no pasa nada pero recuerda que está prohibido dormir en ellas fuera de los lugares habilitados pero si está allí continuamente, multa al canto.

En un terreno rústico no te concederán licencia, en uno urbano, para colocar una caravana, casi con seguridad tampoco, para las casas móviles sí dan permisos, pero cumpliendo los requisitos del Ayuntamiento.

En tu caso es más grave, pues no puede poner nada que obstaculice el paso. Dudo que te den licencia, pero puedes probar.
28/07/2008 15:40
el ayuntamieno realmente no tiene competencia en mi parcela, ya que esta completamente, dentro de los 20 metros que limita costas, los 7 primeros, como proteccion maritima, y los 13 restantes como proteccion medio ambiental.
Realemte quien a de prohibir aquello es costas (medio ambiente).
Lo que no te entendi, es lo de no entorpecer el paso, ya que mi parcela esta vallada, con autorizacion de costas en su dia

gracias por poder informarme..por que realmente tengo muchas dudas, y ganas de hacer algo alli,,,,,mi idea no es una casa ni rulot, para vivir, solo para poder ir con mi niña, a pasar el dia a la playa , con la familia, y tener un sitio, donde recojerte

saludos
28/07/2008 16:21
Ya sé que el competente es costas, si te fijas primero hablo de la situación de las casas móviles en general y, después, es cuando te digo que, en tu caso, al ser un temas de costas, es más difícil.

Está completamente vallado? eso es muy irregular, los 6 primeros (no 7) metros deben estar libres al paso, a no ser que tenga un acceso que permita pasar sin problemas, aunque el resto esté vallado.

Poco o nada puedes hacer, el tema de costas está muy difícil últimamente.
28/07/2008 18:27
si..completamente..en su dia, vino el vigilante de costa para demarcar la parcela, ahi unos 6 o 7 metros de paso entre los pivotes de costas y mi valla, incluso, hace poco han echo un paseo maritimo.
voy a adjuntar una foto, que saque de la zona, para un asunto, y asi tomas una idea

http://img253.imageshack.us/img253/4285/dsc00025pn1.jpg

por cierto, el tema que comentas, sobre caravanas, de dormir en ella, fuera d elos recintos apropiados, solo los encontre en situaciones de servidumbre, playas, costas.paseos, calles..a cada sitio se le estipula una norma diferente, pero respecto a parcelas privadas, no e leido , ni encontrado nada.y esas son siempre mis dudas

gracias nuevamente.
28/07/2008 18:35
El tema es que siempre ahi leyes, que no estan escritas, pero siempre ahi algo escondido.
Antiguamente, mi abuelo, quiso sacar un proyecto para obrar, y se lo negaron, por la siguiente razon, ahi una ley o algun escrito, en el cual puedes pedir linea de fachada con la casa de al lado..mi problema es , que aunque tengo una obra junto a mi (tambien de la familia), no tiene licencia, y esta considerada como un solar vacio a vista de costas. El arquitecto, nuestro, y el de la obra la parcela de al lado, siempre nos han dicho eso...que si no fuera por ello, si podriamos pedir aliniamiento de fachada...por eso digo, que ahi cosas, que no se reflejan en las leyes a veces, pero siempre ahi puertas traseras para hacer cosas, y a mi me jode, se la unica finca del Pozo del Esparto, que aun vallada, no pueda ni poner una caravana..es que el tema es la ostia

gracias por vuestra atencion
13/08/2008 13:34
yo no se que dice la ley de costas, en galicia se prohibió construir a menos de 500 metros, pero claro a los pobres, por que el ayuntamiento de A Coruña, para ser exactos que, se rige por su plan urbanístico, por costas y por la Xunta, concede licencias, claro al contrario... solo para ricos...
14/08/2008 12:11
la ley de costa cambia algo por comunidades, y los acuerdos que lleguen con la comunidad autonoma, pero las leyes son mas o menos:

-no se construiran viviendas a menos de 500m en urbanizaciones nuevas...viviendas, eso no excluye, ,bajos, parques, paseos, puertos, etc
-en zona urbana, siempre y cuando este dentro del plan urbanistico son 20 metros
-estan prohibidas las edificaciones destinadas a viviendas o habitaciones (hoteles, etc)

pero las edificaciones para comercio si se pueden edificar

-otra ley, que bajo estudio, y dejando los 6 metros de transito para vehiculos o personas, se podran edificar viviendas, para aliniar las fachas coalindantes, por ejemplo...si una manzana entera, esta construida, y enmedio, hay solar sin edificar..pues dejarian que se edificara, a linea con las otras viviendas, para que todo quede aliniado

eso si..siempre que este dentro del plan urbanistico

29/11/2008 16:35
Me gustaria saber cuanto tiempo se considera permanente, no creo que sea cuestion de un dia, al igual que en lo referente a jurisprudencia, me gustaria tambien ver alguna en la que se trate de una casa transportable de un solo modulo, por mucho que he buscado no he encontrado ninguna.
supongo que ante una infraccion segun parece , pasara algun tiempo antes de que le obliguen a quitar el modulo. si es que pueden .
En la ley del suelo, tampoco me queda claro que se ha de quitar, les agradeceria enormemente me aclarasen estas cosas, ya que a mi corto conocimiente no alcanzo a comprender en que se vasan para no permitir la colocacion de una casa movil en un terreno de mi propiedad , no teniendo caracter de permanencia y al mismo tiempo solo es para el uso y disfrute de mi terreno al que debo tener derecho para cobijarme del frio, agua, calor cuando me encuentre alli, y sobre todo le comunicaria al ayuntamiento que la quitaria en el momento en que para el bien de la comunidad fuese preciso, sin tener derecho a indemnizacion alguna, y teniendo en cuanta que no he alterado el terreno para nada. Les quedo muy agradecido si se dignan a responderme. muchas gracias. JUCAL
02/12/2008 10:51
Se basan en que cada tipo de suelo tiene un USO concreto.

Si hablamos de un terreno rústico, su USO no permite la construcción de vivienda (excepto en algunas comunidades y con bastantes requisitos).

Cualquier uso distinto del agrario (colocación de casas móviles, casa de aperos, etc...) necesita licencia, por tanto, si no la tienes, te pueden hacer quitar lo que tengas.

Sin licencia no puedes poner una casa móvil, obten la licencia (si es que te la pueden dar, en rústico no podrían) y podrás colocarla, si no la obtienes te arriesgas a sanciones y a que te olbiguen a sacarla.
03/12/2008 13:38
siempre ahi muchas opiniones diferentes sobre las casas moviles, y es cierto que no son legales, por que no ahi licencias para ellas..y menos para campos rusticos.
Pero siempre tenemos la incognita de la sancion, es sancionable?, por que aunque la llamemos casa movil, no se considera como tal realmente en un remolque con ruedas...aparca el remolque de un traile en una parcela y a ver si te sanciona alguien..ese es el tema.
Las casas u objetos, que no estan hormigonadas al suelo no se consideran como inmuebles, y por ello no se estalece como el uso del suelo, si no del estacionamiento, del aparcamiento, o del posamiento de un objeto.
Por lo que a los ayuntamientos, aunque sean ilegales, ya que no tiene permisos para esas cosas en concreto, les cuesta denunciarlas, ya que realmente no pueden demostrar que sean viviendas, en su uso...solo denuncian lo que realmente pueden demostrar que son viviendas, sean de madera o de obra.

Con esto no quiero influenciar a la gente, ni que esto lo vean como un derecho, es solo mi vision del tema, sobre MI ZONA, en la cual, casas de madera hormigonadas al suelo= denuncia, casas moviles, o casas con patas=solo una queja administrativa, que se la lleva el aire

Por otro lado, en mi zona, como en muchos sitios, casa ilegal en el campo, denuncia, se paga el derribo al ayuntamiento, y tu casa sigue en pie...solo que si alguna vez, han de expropiarte, o pasa una carretera por encima, en los plano solo consta que tiene un campo, el ayuntamiento te la derribo,,por lo que solo tienes derecho a indegnizaciones por el suelo..asi es como llevan las cosas en mi zona

Como ya dije, solo es mi opinion al respecto, con gente y casos que conozco por mii zona..supongo que en otros sitios, lo llevaran de manera diferente

saludos
26/09/2009 12:27
Quizas interese visitar la pagina web de Muebles habitables, me ha parecido interesante, :www.muebleshabitables.jimdo.com
28/09/2009 17:05
Pues yo vivo en un mobilhome desde hace 8 años y es una maravilla. Lo planté en suelo urbano sin saber que era ilegal.

Hace 2 años, quieria poner un segundo mobilhome, pero el ayto me informó que no seria legal, y que esta vez sí me pediria quitarlo, aunque no me quitan el m.home que ya està, al estar allí ya tanto tiempo.

Peeeeeero creo que, si alguién denuncia la presencia de mi m.home, que el Ayto esta forzado a actuar.

Se ve que mobilhomes son para campings, y y'esta...
04/02/2015 02:15
son para campings, porque desde el momento en que se permitiesen se le acabó el negocio a los arquitectos, aparejadores, a los constructores de pisos, a los que viven sin dar un palo al agua de los alquileres de inmuebles (ingresos que no declaran), a la especulación de los terrenos gracias a los planes urbanísticos municipales realizados para beneficiar a determinados propietarios y constructores, y a los ingresos municipales por licencias de obra. Hay que cuidar a los beneficiarios del capitalismo.
08/03/2017 14:59
kaparros
Imaginemos el ayto. mas coñazo y vas y pones una casa en tu parcela con al menos un eje con ruedas.

Se dan cuenta y van a por tí. Tu simplemente la mueves unos metros o la giras dentro de ella.

¿Sería una solución? Ya me he leído los post anteriores.
21/06/2017 11:46
kaparros
Una pregunta :
Los dos meses de verano estoy en una finca privada dividida en parcelas . Somos una asociación de campistas no es un camping....En el caso de haber un siniestro ( incendio por ejemplo) como estamos "cubiertos" los que estamos allí?
En estos momentos el dueño quiere eximirse de cualquier responsabilidad... puede hacerlo? Gracias.
conclusion-casas moviles | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

conclusion-casas moviles

17 Comentarios
 
Conclusion-casas moviles
25/07/2008 20:05
Bueno, despues de tirarme duas buscando en internet, sobre leyes y legislaturas, e sacado varias conclusiones, las cuales voy a exponer, a ver si me equivoco en algo, y podeis corregirme, lo ire poniendo paso a paso, para no liar mucho el tema:

-No ahi ninguna ley ni legislatura que hable directamente sobre las casa moviles
-Por no haber ley, los ayuntamientos no pueden darte la licencia.osea, cualquier casa de este tipo, es ilegal....pero no implica que te obliguen a quitartela, o mandar derribar
-pero por ello mismo, tampoco puede, denunciarte por ello.
-Tu tiene el derecho de estacionar una caravana en una parcela privada, no hay ley que prohiba eso.
-El problema viene, cuando esa caravana, o casa con ruedas, la habilitas para vivir en ella, solicitas, luz y agua, entonces, se considera como vivienda o segunda vivienda, y de ahi el tema del ayuntamiento, si vives en ella, o das sintomas de vivir alli, te la consideran como tal, y al estar sin licencia, y no cumplir medidas exigidas, es donde pueden penalizarte. Y encima algunos, empiezan a unir modulos, y hacen casas moviles que se disparan en metros cuadrados.
-E visto denuncias de ayuntamientos, dictadas y sentenciadas por jueces, de ahi que te arriesgues, pero por norma general, los ayuntamientos, no llegan a meterse en juicios, por no tener el tema claro y no tener donde apoyarse bajo ninguna ley..a no ser que se demuestre que es una vivienda.

Solucion:
- Pedir, luz y agua en la parcela independientemente, solo para finca o parcela
-Comprar un modulo en vez de vivienda, tipo almacen, dejar pasar un tiempo, y poder justificar al ayuntamiento en caso de denuncia, que no es una vivienda..y cuando pase un tiempo, reformas lo que debas.

-Si llega el momento de denuncia, dos soluciones, la vendes o la cambias de sitio..es movil...asi que tampoco ahi muchas pegas

Bueno, quien sepa responder algo mas, por favor, que lo comente o nos asesore

gracias

28/07/2008 09:59
Kaparros, sacas conclusiones erróneas.

No sólo hay que mirar la ley, sino también la jurisprudencia y es clara al decir el TS que se necesita licencia para cualquier uso del suelo e incluye dentro del mismo a las caravanas.

Por tanto la frase "Tu tiene el derecho de estacionar una caravana en una parcela privada, no hay ley que prohiba eso" es incorrecta, porque dentro de los usos del suelo que requieren licencia, está ese. Y eso si es urbana, si es rústica o está dentro de los límites de la ley de costa (como es tu caso), olvídate de licencia.

Claro que te pueden y te van a sancionar, porque no tienes licencia de uso.

Evidentemente si vas un día con una caravana, no te dirán nada, pero si está allí continuamente, te sancioran y te harán quitarla.

Estás aconsejando cosas ilegales, porque aunque compres un módulo, si no tienes licencia, te harán quitarlo.

Una casa móvil cuesta varios millones, si la compras ahora, la pones y luego la vendes, cuánto has perdido? bastante. Eso sin contar la sanción, que en el caso de la ley de costas es fuerte. En cuanto a cambiarla de sitio, si tienes donde ponerla legalmente, pues vale, pero si no es vuelta a empezar.

En terrenos urbanos no está permitida la instalación de caravanas y las casas móviles sólo con los permisos correspondientes, de lo contrario sería un caos todo.

Sinceramente, lo que tú pretendes, legalmente, no hay forma de que lo hagas, no te lo aconsejaría en un terreno rústico y menos te lo aconsejo en uno que está dentro de los 20 metros de la ley de costas.
28/07/2008 12:28
a ver si podrias ser tan amable de pasarme un enlace con esas leyes, por que yo no las e encontrado, en las leyes de costas, que son realmente las dueñas, del terreno, ninguna ley habla de caravanas dentro de tu propiedad, si en servidumbres, pero en tu parcela, no e leido nada, me harias un gran favor pasandome algun enlace donde pueda leer esas ley.
De todas, formas, es una miercola, que en toda la pedania, mi parcela sea la unica que no dejan poner ni ua caseta perros....no sabes de alguna ley para pedir algun chisme o algo?..o me darian licencia si la pido para caravana?

gracias
28/07/2008 13:36
Es que aparte de la normativa estatal y autonómica, hay que estar a lo que diga la jurisprudencia

Y tanto el TS como los TSJ son claros se necesita licencia para "todo acto de uso del suelo, incluida la instalación de casas prefabricadas e incluso de caravanas con carácter permanente en una parcela“

Si tú colocas una caravana (o casa móvil) un día, no pasa nada pero recuerda que está prohibido dormir en ellas fuera de los lugares habilitados pero si está allí continuamente, multa al canto.

En un terreno rústico no te concederán licencia, en uno urbano, para colocar una caravana, casi con seguridad tampoco, para las casas móviles sí dan permisos, pero cumpliendo los requisitos del Ayuntamiento.

En tu caso es más grave, pues no puede poner nada que obstaculice el paso. Dudo que te den licencia, pero puedes probar.
28/07/2008 15:40
el ayuntamieno realmente no tiene competencia en mi parcela, ya que esta completamente, dentro de los 20 metros que limita costas, los 7 primeros, como proteccion maritima, y los 13 restantes como proteccion medio ambiental.
Realemte quien a de prohibir aquello es costas (medio ambiente).
Lo que no te entendi, es lo de no entorpecer el paso, ya que mi parcela esta vallada, con autorizacion de costas en su dia

gracias por poder informarme..por que realmente tengo muchas dudas, y ganas de hacer algo alli,,,,,mi idea no es una casa ni rulot, para vivir, solo para poder ir con mi niña, a pasar el dia a la playa , con la familia, y tener un sitio, donde recojerte

saludos
28/07/2008 16:21
Ya sé que el competente es costas, si te fijas primero hablo de la situación de las casas móviles en general y, después, es cuando te digo que, en tu caso, al ser un temas de costas, es más difícil.

Está completamente vallado? eso es muy irregular, los 6 primeros (no 7) metros deben estar libres al paso, a no ser que tenga un acceso que permita pasar sin problemas, aunque el resto esté vallado.

Poco o nada puedes hacer, el tema de costas está muy difícil últimamente.
28/07/2008 18:27
si..completamente..en su dia, vino el vigilante de costa para demarcar la parcela, ahi unos 6 o 7 metros de paso entre los pivotes de costas y mi valla, incluso, hace poco han echo un paseo maritimo.
voy a adjuntar una foto, que saque de la zona, para un asunto, y asi tomas una idea

http://img253.imageshack.us/img253/4285/dsc00025pn1.jpg

por cierto, el tema que comentas, sobre caravanas, de dormir en ella, fuera d elos recintos apropiados, solo los encontre en situaciones de servidumbre, playas, costas.paseos, calles..a cada sitio se le estipula una norma diferente, pero respecto a parcelas privadas, no e leido , ni encontrado nada.y esas son siempre mis dudas

gracias nuevamente.
28/07/2008 18:35
El tema es que siempre ahi leyes, que no estan escritas, pero siempre ahi algo escondido.
Antiguamente, mi abuelo, quiso sacar un proyecto para obrar, y se lo negaron, por la siguiente razon, ahi una ley o algun escrito, en el cual puedes pedir linea de fachada con la casa de al lado..mi problema es , que aunque tengo una obra junto a mi (tambien de la familia), no tiene licencia, y esta considerada como un solar vacio a vista de costas. El arquitecto, nuestro, y el de la obra la parcela de al lado, siempre nos han dicho eso...que si no fuera por ello, si podriamos pedir aliniamiento de fachada...por eso digo, que ahi cosas, que no se reflejan en las leyes a veces, pero siempre ahi puertas traseras para hacer cosas, y a mi me jode, se la unica finca del Pozo del Esparto, que aun vallada, no pueda ni poner una caravana..es que el tema es la ostia

gracias por vuestra atencion
13/08/2008 13:34
yo no se que dice la ley de costas, en galicia se prohibió construir a menos de 500 metros, pero claro a los pobres, por que el ayuntamiento de A Coruña, para ser exactos que, se rige por su plan urbanístico, por costas y por la Xunta, concede licencias, claro al contrario... solo para ricos...
14/08/2008 12:11
la ley de costa cambia algo por comunidades, y los acuerdos que lleguen con la comunidad autonoma, pero las leyes son mas o menos:

-no se construiran viviendas a menos de 500m en urbanizaciones nuevas...viviendas, eso no excluye, ,bajos, parques, paseos, puertos, etc
-en zona urbana, siempre y cuando este dentro del plan urbanistico son 20 metros
-estan prohibidas las edificaciones destinadas a viviendas o habitaciones (hoteles, etc)

pero las edificaciones para comercio si se pueden edificar

-otra ley, que bajo estudio, y dejando los 6 metros de transito para vehiculos o personas, se podran edificar viviendas, para aliniar las fachas coalindantes, por ejemplo...si una manzana entera, esta construida, y enmedio, hay solar sin edificar..pues dejarian que se edificara, a linea con las otras viviendas, para que todo quede aliniado

eso si..siempre que este dentro del plan urbanistico

29/11/2008 16:35
Me gustaria saber cuanto tiempo se considera permanente, no creo que sea cuestion de un dia, al igual que en lo referente a jurisprudencia, me gustaria tambien ver alguna en la que se trate de una casa transportable de un solo modulo, por mucho que he buscado no he encontrado ninguna.
supongo que ante una infraccion segun parece , pasara algun tiempo antes de que le obliguen a quitar el modulo. si es que pueden .
En la ley del suelo, tampoco me queda claro que se ha de quitar, les agradeceria enormemente me aclarasen estas cosas, ya que a mi corto conocimiente no alcanzo a comprender en que se vasan para no permitir la colocacion de una casa movil en un terreno de mi propiedad , no teniendo caracter de permanencia y al mismo tiempo solo es para el uso y disfrute de mi terreno al que debo tener derecho para cobijarme del frio, agua, calor cuando me encuentre alli, y sobre todo le comunicaria al ayuntamiento que la quitaria en el momento en que para el bien de la comunidad fuese preciso, sin tener derecho a indemnizacion alguna, y teniendo en cuanta que no he alterado el terreno para nada. Les quedo muy agradecido si se dignan a responderme. muchas gracias. JUCAL
02/12/2008 10:51
Se basan en que cada tipo de suelo tiene un USO concreto.

Si hablamos de un terreno rústico, su USO no permite la construcción de vivienda (excepto en algunas comunidades y con bastantes requisitos).

Cualquier uso distinto del agrario (colocación de casas móviles, casa de aperos, etc...) necesita licencia, por tanto, si no la tienes, te pueden hacer quitar lo que tengas.

Sin licencia no puedes poner una casa móvil, obten la licencia (si es que te la pueden dar, en rústico no podrían) y podrás colocarla, si no la obtienes te arriesgas a sanciones y a que te olbiguen a sacarla.
03/12/2008 13:38
siempre ahi muchas opiniones diferentes sobre las casas moviles, y es cierto que no son legales, por que no ahi licencias para ellas..y menos para campos rusticos.
Pero siempre tenemos la incognita de la sancion, es sancionable?, por que aunque la llamemos casa movil, no se considera como tal realmente en un remolque con ruedas...aparca el remolque de un traile en una parcela y a ver si te sanciona alguien..ese es el tema.
Las casas u objetos, que no estan hormigonadas al suelo no se consideran como inmuebles, y por ello no se estalece como el uso del suelo, si no del estacionamiento, del aparcamiento, o del posamiento de un objeto.
Por lo que a los ayuntamientos, aunque sean ilegales, ya que no tiene permisos para esas cosas en concreto, les cuesta denunciarlas, ya que realmente no pueden demostrar que sean viviendas, en su uso...solo denuncian lo que realmente pueden demostrar que son viviendas, sean de madera o de obra.

Con esto no quiero influenciar a la gente, ni que esto lo vean como un derecho, es solo mi vision del tema, sobre MI ZONA, en la cual, casas de madera hormigonadas al suelo= denuncia, casas moviles, o casas con patas=solo una queja administrativa, que se la lleva el aire

Por otro lado, en mi zona, como en muchos sitios, casa ilegal en el campo, denuncia, se paga el derribo al ayuntamiento, y tu casa sigue en pie...solo que si alguna vez, han de expropiarte, o pasa una carretera por encima, en los plano solo consta que tiene un campo, el ayuntamiento te la derribo,,por lo que solo tienes derecho a indegnizaciones por el suelo..asi es como llevan las cosas en mi zona

Como ya dije, solo es mi opinion al respecto, con gente y casos que conozco por mii zona..supongo que en otros sitios, lo llevaran de manera diferente

saludos
26/09/2009 12:27
Quizas interese visitar la pagina web de Muebles habitables, me ha parecido interesante, :www.muebleshabitables.jimdo.com
28/09/2009 17:05
Pues yo vivo en un mobilhome desde hace 8 años y es una maravilla. Lo planté en suelo urbano sin saber que era ilegal.

Hace 2 años, quieria poner un segundo mobilhome, pero el ayto me informó que no seria legal, y que esta vez sí me pediria quitarlo, aunque no me quitan el m.home que ya està, al estar allí ya tanto tiempo.

Peeeeeero creo que, si alguién denuncia la presencia de mi m.home, que el Ayto esta forzado a actuar.

Se ve que mobilhomes son para campings, y y'esta...
04/02/2015 02:15
son para campings, porque desde el momento en que se permitiesen se le acabó el negocio a los arquitectos, aparejadores, a los constructores de pisos, a los que viven sin dar un palo al agua de los alquileres de inmuebles (ingresos que no declaran), a la especulación de los terrenos gracias a los planes urbanísticos municipales realizados para beneficiar a determinados propietarios y constructores, y a los ingresos municipales por licencias de obra. Hay que cuidar a los beneficiarios del capitalismo.
08/03/2017 14:59
kaparros
Imaginemos el ayto. mas coñazo y vas y pones una casa en tu parcela con al menos un eje con ruedas.

Se dan cuenta y van a por tí. Tu simplemente la mueves unos metros o la giras dentro de ella.

¿Sería una solución? Ya me he leído los post anteriores.
21/06/2017 11:46
kaparros
Una pregunta :
Los dos meses de verano estoy en una finca privada dividida en parcelas . Somos una asociación de campistas no es un camping....En el caso de haber un siniestro ( incendio por ejemplo) como estamos "cubiertos" los que estamos allí?
En estos momentos el dueño quiere eximirse de cualquier responsabilidad... puede hacerlo? Gracias.