La empresa dónde trabaja pertenece a un grupo de empresas. El administrador ha presentado concurso de acreedores de dos de estas empresas. Estas empresas son constructoras y su patrimonio es mínimo salvo la deuda contraida con facturas pendientes de cobrar por las administraciones. Mi pregunta es: a la hora de pagar indemnizaciones de los trabajadores, en el caso de no tener patrimonio para poder pagar estas, las otras empresas del grupo son solidarias de la deuda y en el caso de tener patrimonio deberían responder con este para abonar las deudas de los trabajadores. Gracias.