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conductor no identificado

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Conductor no identificado
10/05/2009 12:09
Hola a todos,
Hace días recibí la petición de datos para identificar al conductor infractor, en la cual marqué la opción “El mismo titular” Se indica más abajo:”El conductor no pudo ser identificado en el momento de la infracción por razones justificadas que se hicieron constar en el boletín de denuncia (art. 77 LSV)”. Recibí más tarde la Notificación de Iniciación de Expediente”. En ninguno de estos documentos aparece ni el número de identificación del Agente ni las razones por las que no se identificó al conductor. Hay que tener en cuenta que si no me notifican esto último la denuncia no sería válida.
Puedo solicitar el Boletín de Denuncia ( Copia para El interesado ) y una vez que lo reciba, y sólo entonces, presentaría las alegaciones oportunas.
He aquí la consulta que hago: En el caso de que solicite, pero no reciba el Boletín o de que lo reciba una vez finalizado el plazo para presentar alegaciones ¿Podría el instructor dictar la proposición de Resolución? ¿se interrumpiría el cómputo del plazo hasta el momento en que recibiese lo solicitado?
De no efectuar ninguna alegación en este procedimiento de Iniciación de Expediente y una vez dictada la proposición de Resolución ¿Como serían consideradas las posibles alegaciones que yo pudiera plantear en el correspondiente Recurso de Alzada o Reposición?
Espero vuestras opiniones. Gracias.
conductor no identificado | PorticoLegal
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Conductor no identificado
10/05/2009 12:09
Hola a todos,
Hace días recibí la petición de datos para identificar al conductor infractor, en la cual marqué la opción “El mismo titular” Se indica más abajo:”El conductor no pudo ser identificado en el momento de la infracción por razones justificadas que se hicieron constar en el boletín de denuncia (art. 77 LSV)”. Recibí más tarde la Notificación de Iniciación de Expediente”. En ninguno de estos documentos aparece ni el número de identificación del Agente ni las razones por las que no se identificó al conductor. Hay que tener en cuenta que si no me notifican esto último la denuncia no sería válida.
Puedo solicitar el Boletín de Denuncia ( Copia para El interesado ) y una vez que lo reciba, y sólo entonces, presentaría las alegaciones oportunas.
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De no efectuar ninguna alegación en este procedimiento de Iniciación de Expediente y una vez dictada la proposición de Resolución ¿Como serían consideradas las posibles alegaciones que yo pudiera plantear en el correspondiente Recurso de Alzada o Reposición?
Espero vuestras opiniones. Gracias.