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Consolidación categoria y puesto de trabajo

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Consolidación categoria y puesto de trabajo
11/06/2017 18:04
Hola buenas tardes a todos.
Me llamo Luis y SUPLICO vuestra ayuda para un tema que afecta a mi pareja.

Permitidme que os exponga el caso con la esperanza de que alguien pueda ayudarme o asesorarme:

Mi pareja tiene estudios realizados de Aministrativo.
En su día se presento a las oposiciones de AUXILIAR ADMINSTRATIVO del Salud (Seguridad Social de la Comunidad Autónoma de Aragón) y obtuvo plaza en propiedad como secretaria del servicio de Oftalmología, puesto para el cual tan solo se exige ser AUXILIAR ADMINISTRATIVO y que aceptó para poder trabajar pese a poseer la titulación de ADMINISTRATIVO.

Tras varios años de servicios obtuvo la jefatura de grupo por promoción interna y méritos pero sin oposión de ninguna clase puesto que dicho puesto no salio a concurso y finalmente en Agosto de 2015 la jefatura de sección (puesto de libre designio) del servicio de Consultas del Hospital, puesto que actualmente ocupa y que tampoco a salido a concurso hasta la fecha puesto que además, como he mencionado es un puesto de libre designio. elegido por el consejo de administración del propio Hospital.

Para poder acceder a dicho cargo, se le hizo un con contrato laboral con el Salud de dos años que finaliza en Septiembre de este año y actualmente percibe el sueldo correspondiente a un ADMINISTRATIVO más el complemento de el cargo que posee y los pluses oportunos.

Para poder ocupar dicho puesto el Salud le digo una excelencia de dos años, es decir el mismo periodo por el que le hicieron el contrato. Dicho de otra manera... el Salud le da una excelencia del puesto cuya plaza tiene en propiedad (secretaria del Servicio de Oftalmología) para que de esta manera pueda ocupar el cargo de Jefa de sección del Servicio de Citaciones del Hospital Clínico Universitario.

La categoría que un ADMINISTRATIVO posee en este estamento es "C" y es la que se le proporcionó tanto a ella como a varias opositoras más que en aquel año accedieron a plaza en propiedad en una oposición para cubrir plazas de AUXILIAR ADMINISTRATIVO.

Hace unos años hubo un regularización y se les pasó tanto a ella como al resto de personas en idéntica situación a categoría "D" que es la que corresponde a los AUXILIARES ADMINISTRATIVOS, pese a que ya en aquel entonces las funciones que realizaba eran las de jefa de grupo, puesto para el cual se exige poseer categoría "C"...

El pasado viernes se le comunicó desde la jefatura de personal del Hospital que todos los puestos para los que se requería categoría "C" (ADMINISTRATIVO) y que estaban siendo ocupados por personal con categoría "D" (AUXILIAR ADMINISTRATIVO) pese a que la titulación oficial acreditada de dicho personal era de ADMINSTRATIVO y en su momento tuvieron categoría "C" hasta que se les rebaño a "D"iban. ser ocupados por opositores recién incorporados a través de las oposiciones recientemente celebradas para cubrir vacantes de ADMINISTRATIVOS:

Eso significaba que el puesto de Jefa de sección que ocupa mi pareja y para el que se exige poseer una categoría "C" quedaba en el aire puesto que pese a ser titulada ADMINISTRATIVA, su categoría registrada en el Hospital era de tipo "D" como consecuencia de aquella famosa reforma...

Esto unido a la finalización de su contrato de dos años en Septiembre, hace que sea posible que no le renueven dicho contrato como jefa de secciono puesto que formalmente no posee la categoría reconocida en el Hospital de ADMINISTRATIVO (C) sino de tipo (D) pese a sus estudios oficiales.

La pregunta es:

¿tras haber ocupado un puesto de categoría superior a la que formalmente le pertenece y haberlo hecho de forma mucho más que exitosa, puede el Hospital impedir que siga desempeñando su puesto de jefa de sección alegando que su categoría es "D" y no "C" tal y como requiere la convocatoria?... puede alegar consolidación de categoría tras varios años de realizar funciones de tipo "C" pese a que su calificación oficial es de tipo "D" aun teniendo los estudios de ADMINSTRATIVO?

POR FAVOR LES SUPLICO SU AYUDA URGENTE
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11/06/2017 18:04
Hola buenas tardes a todos.
Me llamo Luis y SUPLICO vuestra ayuda para un tema que afecta a mi pareja.

Permitidme que os exponga el caso con la esperanza de que alguien pueda ayudarme o asesorarme:

Mi pareja tiene estudios realizados de Aministrativo.
En su día se presento a las oposiciones de AUXILIAR ADMINSTRATIVO del Salud (Seguridad Social de la Comunidad Autónoma de Aragón) y obtuvo plaza en propiedad como secretaria del servicio de Oftalmología, puesto para el cual tan solo se exige ser AUXILIAR ADMINISTRATIVO y que aceptó para poder trabajar pese a poseer la titulación de ADMINISTRATIVO.

Tras varios años de servicios obtuvo la jefatura de grupo por promoción interna y méritos pero sin oposión de ninguna clase puesto que dicho puesto no salio a concurso y finalmente en Agosto de 2015 la jefatura de sección (puesto de libre designio) del servicio de Consultas del Hospital, puesto que actualmente ocupa y que tampoco a salido a concurso hasta la fecha puesto que además, como he mencionado es un puesto de libre designio. elegido por el consejo de administración del propio Hospital.

Para poder acceder a dicho cargo, se le hizo un con contrato laboral con el Salud de dos años que finaliza en Septiembre de este año y actualmente percibe el sueldo correspondiente a un ADMINISTRATIVO más el complemento de el cargo que posee y los pluses oportunos.

Para poder ocupar dicho puesto el Salud le digo una excelencia de dos años, es decir el mismo periodo por el que le hicieron el contrato. Dicho de otra manera... el Salud le da una excelencia del puesto cuya plaza tiene en propiedad (secretaria del Servicio de Oftalmología) para que de esta manera pueda ocupar el cargo de Jefa de sección del Servicio de Citaciones del Hospital Clínico Universitario.

La categoría que un ADMINISTRATIVO posee en este estamento es "C" y es la que se le proporcionó tanto a ella como a varias opositoras más que en aquel año accedieron a plaza en propiedad en una oposición para cubrir plazas de AUXILIAR ADMINISTRATIVO.

Hace unos años hubo un regularización y se les pasó tanto a ella como al resto de personas en idéntica situación a categoría "D" que es la que corresponde a los AUXILIARES ADMINISTRATIVOS, pese a que ya en aquel entonces las funciones que realizaba eran las de jefa de grupo, puesto para el cual se exige poseer categoría "C"...

El pasado viernes se le comunicó desde la jefatura de personal del Hospital que todos los puestos para los que se requería categoría "C" (ADMINISTRATIVO) y que estaban siendo ocupados por personal con categoría "D" (AUXILIAR ADMINISTRATIVO) pese a que la titulación oficial acreditada de dicho personal era de ADMINSTRATIVO y en su momento tuvieron categoría "C" hasta que se les rebaño a "D"iban. ser ocupados por opositores recién incorporados a través de las oposiciones recientemente celebradas para cubrir vacantes de ADMINISTRATIVOS:

Eso significaba que el puesto de Jefa de sección que ocupa mi pareja y para el que se exige poseer una categoría "C" quedaba en el aire puesto que pese a ser titulada ADMINISTRATIVA, su categoría registrada en el Hospital era de tipo "D" como consecuencia de aquella famosa reforma...

Esto unido a la finalización de su contrato de dos años en Septiembre, hace que sea posible que no le renueven dicho contrato como jefa de secciono puesto que formalmente no posee la categoría reconocida en el Hospital de ADMINISTRATIVO (C) sino de tipo (D) pese a sus estudios oficiales.

La pregunta es:

¿tras haber ocupado un puesto de categoría superior a la que formalmente le pertenece y haberlo hecho de forma mucho más que exitosa, puede el Hospital impedir que siga desempeñando su puesto de jefa de sección alegando que su categoría es "D" y no "C" tal y como requiere la convocatoria?... puede alegar consolidación de categoría tras varios años de realizar funciones de tipo "C" pese a que su calificación oficial es de tipo "D" aun teniendo los estudios de ADMINSTRATIVO?

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