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Construcción de vivienda en suelo agrícola

1 Comentarios
 
Construcción de vivienda en suelo agrícola
24/05/2021 20:36
Buenos dias,
Hay mucha información no muy precisa acerca de las construcciones en suelo no urbano.
Cual son los riesgos y es verdad que pasado cuatro años, la vivienda construida sin permiso puede ser "Omologada " pagando una multa al ayuntamiento?
13/06/2021 11:19
Joeblacks69
Estetema es muy delicado y yo lo estoy viviendo en mis propias carnes. Cada comunidad aurónoma tiene su legislación en materia de edificación y luego cada municipio tiene sus ordenanzas, que son el PGOU.
El mito de que te denuncian y pagas, y luego legalizas no es así. Los cuatro años son los años que tiene la administración para actuar y proceder a obligar a restaurar la legalidad. Pero no quiere decir que pasados esos cuatro años en que no se nos notifica, podamos legalizar. Si el planeamiento del municipio, no contempla esa edificación en su ordenamiento, seguirá siendo ilegal. Es más, pueden incoar expediente de restauración de la legalidad urbanística, y al mismo tiempo comunicar alministerio fiscal la apertura de diligencias por un delito contra la oedenación del territorio.
Aunque hubiesen vecinos que en su día hiciesen algo parecido, no exime que le puedan perseguir a usted. Si se solicita licencia para una casa de aperos, y se detecta un uso diferente, ya da pie al inicio de las acciones de restauración de la legalidad, pudiendo incluso revocarse la licencia.
Es aconsejable, acudir a los servicios de urbanismo del ayuntamiento, solicitar POR ESCRITO, todos los usos permitidos, y a partir de ahí valorar que tipo de edificación realizar.
Construcción de vivienda en suelo agrícola | PorticoLegal
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Construcción de vivienda en suelo agrícola
24/05/2021 20:36
Buenos dias,
Hay mucha información no muy precisa acerca de las construcciones en suelo no urbano.
Cual son los riesgos y es verdad que pasado cuatro años, la vivienda construida sin permiso puede ser "Omologada " pagando una multa al ayuntamiento?
13/06/2021 11:19
Joeblacks69
Estetema es muy delicado y yo lo estoy viviendo en mis propias carnes. Cada comunidad aurónoma tiene su legislación en materia de edificación y luego cada municipio tiene sus ordenanzas, que son el PGOU.
El mito de que te denuncian y pagas, y luego legalizas no es así. Los cuatro años son los años que tiene la administración para actuar y proceder a obligar a restaurar la legalidad. Pero no quiere decir que pasados esos cuatro años en que no se nos notifica, podamos legalizar. Si el planeamiento del municipio, no contempla esa edificación en su ordenamiento, seguirá siendo ilegal. Es más, pueden incoar expediente de restauración de la legalidad urbanística, y al mismo tiempo comunicar alministerio fiscal la apertura de diligencias por un delito contra la oedenación del territorio.
Aunque hubiesen vecinos que en su día hiciesen algo parecido, no exime que le puedan perseguir a usted. Si se solicita licencia para una casa de aperos, y se detecta un uso diferente, ya da pie al inicio de las acciones de restauración de la legalidad, pudiendo incluso revocarse la licencia.
Es aconsejable, acudir a los servicios de urbanismo del ayuntamiento, solicitar POR ESCRITO, todos los usos permitidos, y a partir de ahí valorar que tipo de edificación realizar.