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construccion terraza

8 Comentarios
 
Construccion terraza
18/02/2007 18:33
Tengo un apartamento con terraza. La terraza es un patio interior ya que es una planta baja.
Puedo construir una veranda sobre una parte de la terraza? Como legalizo la obra? A quien debo pedir permiso?
Gracias
21/02/2007 01:37
para empezar, has de pedir permiso a la comunidad, y en especial a los de la planta primera
25/02/2007 19:23
Lo he hecho con el vecino de arriba y no esta deacuerdo. lo considero como una intervencion agresiva. Puedo pasar de el si tengo la aprobacion de los otros vecinos de la comunidad?
26/02/2007 00:54
no, no puedes pasar de él ... y no puedes hacer una construcción

pero tienes la posibilidad de hacer algo ... algo así como un mueble que ubicas en el patio, y para eso no necesitas permiso de la comunidad (si tienes derecho de uso del patio) ni del ayuntamiento (si no es una construcción)
26/02/2007 01:23
También vivo en un piso bajo, los estatutos y mi escritura de propiedad me dan el derecho de uso y disfrute de los patios, pero los estatutos determinan que no se pueden cubrir los patios.
Se puede entender la prohibición, o sea, lo de cubrir patios como una construcción de tipo fija y por lo tanto realizar una ampliación de las terrazas cubiertas hacia esos patios, en material desmontable, por ejemplo aluminio que no supone una estructura fija.
26/02/2007 02:34
el problema no está fundamentalmente en si es de aluminio o de otra cosa

si cubrimos el patio con una estructura de aluminio, no hay duda de que estamos haciendo una cubierta de aluminio

si montamos un pequeño cenador de los que venden en cualquier tienda de bricolaje o campo y playa, con techo de lona/plástico, no hay duda de que es un mueble ... y lo mismo un toldo, un invernadero exento de las paredes, una gran casa de muñecas

pongas lo que pongas dirán que es una construcción, salvo que sus características permitan clasificarlo como un mueble
26/02/2007 09:58
Mucha gracias por tu contestación jecc, pero como todo, ante una posible denuncia por parte de la comunidad la resolución del pleito dependería del juzgado.
Además si alego que ese tipo de construcción la he realizado para adoptar medidas de seguridad ante la constante caída de objetos de los pisos superiores, objetos que en más de una ocasión han podido ocasionar una desgracia por sus características, citándote que a modo de ejemplo una vez a una vecina le cayó desde un 6º piso una contraventana.
Es más estoy soportando todo tipo de instalaciones en las plantas superiores como son compresores de aire acondicionado en la fachada, cerramientos de terrazas y colocación de contraventanas, todo ello prohibido en los estatutos sin que la comunidad haya planteado ningún tipo de denuncia, aunque estos hechos los he puesto en conocimiento por el peligro que entrañan para las plantas bajas y han sido tratados en juntas de propietarios.
Te cuento todo esto, ya que viendo que manejas muy bien el tema, por si consideras que una autoridad judicial pudiera tener en cuenta todo este tipo de circunstancias en una hipotética resolución del caso a mi favor, en caso de que la comunidad se empeñase en denunciar.

26/02/2007 18:07
Estariamos hablando de un cenador cerrado totalmente pero comunicando con el resto del apartamento. Es como que le faltaria una pared. Las 2 paredes el techo estarian pegados al apartamento.Osea que ya no es un mueble sino una adaptacion sobre medida. Todavia se podria?
Oye, gracias por tu ayuda. La ley respalda este tipo de mueble? gracias
26/02/2007 22:39
dejémoslo claro: yo no hago la ley, no juzgo a nadie ... y no doy garantías

si los estatutos os asignan el uso del patio, se puede usar el patio, como tal patio, como espacio exterior a la vivienda, respetando su destino de dar luz y ventilación a la vivienda

no se puede construir, pero se puede usar como espacio exterior anejo, y en él se puede poner una mesa, cuatro sillas, un sofá, una bicicleta, un cenador o una gran casa de muñecas ... siempre que no incumpla el planeamiento y siempre que no suponga un problema objetivo para el vecindario

si a la del tercero le caen las contras, también pueden caerle a las de la calle real número 6
si la del tercero puso contras sin permiso, o cerró el tendedero, o instaló el evaporador del aire acondicionado ... es otro tema ... y los jueces se pronuncian sobre eso previa demanda ... lo mismo que se pronunciará sobre vuestro mueble si alguien quiere llegar tan lejos

vuestra habilidad para demostrar que es un mueble, que su instalación es legítima y que no perjudica a nadie es vuestra única garantía ... y de ello depende la claridad de la propuesta y la sutileza con la que se evita confundirlo con una construcción
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Construccion terraza
18/02/2007 18:33
Tengo un apartamento con terraza. La terraza es un patio interior ya que es una planta baja.
Puedo construir una veranda sobre una parte de la terraza? Como legalizo la obra? A quien debo pedir permiso?
Gracias
21/02/2007 01:37
para empezar, has de pedir permiso a la comunidad, y en especial a los de la planta primera
25/02/2007 19:23
Lo he hecho con el vecino de arriba y no esta deacuerdo. lo considero como una intervencion agresiva. Puedo pasar de el si tengo la aprobacion de los otros vecinos de la comunidad?
26/02/2007 00:54
no, no puedes pasar de él ... y no puedes hacer una construcción

pero tienes la posibilidad de hacer algo ... algo así como un mueble que ubicas en el patio, y para eso no necesitas permiso de la comunidad (si tienes derecho de uso del patio) ni del ayuntamiento (si no es una construcción)
26/02/2007 01:23
También vivo en un piso bajo, los estatutos y mi escritura de propiedad me dan el derecho de uso y disfrute de los patios, pero los estatutos determinan que no se pueden cubrir los patios.
Se puede entender la prohibición, o sea, lo de cubrir patios como una construcción de tipo fija y por lo tanto realizar una ampliación de las terrazas cubiertas hacia esos patios, en material desmontable, por ejemplo aluminio que no supone una estructura fija.
26/02/2007 02:34
el problema no está fundamentalmente en si es de aluminio o de otra cosa

si cubrimos el patio con una estructura de aluminio, no hay duda de que estamos haciendo una cubierta de aluminio

si montamos un pequeño cenador de los que venden en cualquier tienda de bricolaje o campo y playa, con techo de lona/plástico, no hay duda de que es un mueble ... y lo mismo un toldo, un invernadero exento de las paredes, una gran casa de muñecas

pongas lo que pongas dirán que es una construcción, salvo que sus características permitan clasificarlo como un mueble
26/02/2007 09:58
Mucha gracias por tu contestación jecc, pero como todo, ante una posible denuncia por parte de la comunidad la resolución del pleito dependería del juzgado.
Además si alego que ese tipo de construcción la he realizado para adoptar medidas de seguridad ante la constante caída de objetos de los pisos superiores, objetos que en más de una ocasión han podido ocasionar una desgracia por sus características, citándote que a modo de ejemplo una vez a una vecina le cayó desde un 6º piso una contraventana.
Es más estoy soportando todo tipo de instalaciones en las plantas superiores como son compresores de aire acondicionado en la fachada, cerramientos de terrazas y colocación de contraventanas, todo ello prohibido en los estatutos sin que la comunidad haya planteado ningún tipo de denuncia, aunque estos hechos los he puesto en conocimiento por el peligro que entrañan para las plantas bajas y han sido tratados en juntas de propietarios.
Te cuento todo esto, ya que viendo que manejas muy bien el tema, por si consideras que una autoridad judicial pudiera tener en cuenta todo este tipo de circunstancias en una hipotética resolución del caso a mi favor, en caso de que la comunidad se empeñase en denunciar.

26/02/2007 18:07
Estariamos hablando de un cenador cerrado totalmente pero comunicando con el resto del apartamento. Es como que le faltaria una pared. Las 2 paredes el techo estarian pegados al apartamento.Osea que ya no es un mueble sino una adaptacion sobre medida. Todavia se podria?
Oye, gracias por tu ayuda. La ley respalda este tipo de mueble? gracias
26/02/2007 22:39
dejémoslo claro: yo no hago la ley, no juzgo a nadie ... y no doy garantías

si los estatutos os asignan el uso del patio, se puede usar el patio, como tal patio, como espacio exterior a la vivienda, respetando su destino de dar luz y ventilación a la vivienda

no se puede construir, pero se puede usar como espacio exterior anejo, y en él se puede poner una mesa, cuatro sillas, un sofá, una bicicleta, un cenador o una gran casa de muñecas ... siempre que no incumpla el planeamiento y siempre que no suponga un problema objetivo para el vecindario

si a la del tercero le caen las contras, también pueden caerle a las de la calle real número 6
si la del tercero puso contras sin permiso, o cerró el tendedero, o instaló el evaporador del aire acondicionado ... es otro tema ... y los jueces se pronuncian sobre eso previa demanda ... lo mismo que se pronunciará sobre vuestro mueble si alguien quiere llegar tan lejos

vuestra habilidad para demostrar que es un mueble, que su instalación es legítima y que no perjudica a nadie es vuestra única garantía ... y de ello depende la claridad de la propuesta y la sutileza con la que se evita confundirlo con una construcción