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Consulta infracción casero

17 Comentarios
 
Consulta infracción casero
02/12/2014 09:50
Buenos días,

Llevo cuatro meses de alquiler en un piso. El casero no me ha querido dar las llaves del buzón desde un principio y él entra a diario en las zonas comunes a abrir el buzón y coger su correspondencia. ¿Es esto legal?
02/12/2014 09:53
Además, me comenta que no tiene por qué tener seguro de hogar ni mostrármelo. Entiendo que mostrármelo no es obligatorio pero tenerlo sí. ¿Estoy en lo cierto?
02/12/2014 11:57
Rbns:
1.- el casero tiene que daros las llaves del buzón y no puede tenerlas él. Es lo mismo que con las llaves de la casa.
2.- El seguro ni tiene por qué tenelo ni tiene por qué enseñarlo.
abogado@leonbendayan.com
02/12/2014 12:55
Yo pensaba que sí podía tener unas llaves de la casa, aunque me parecía raro que continuamente pide consentimiento para entrar con sus llaves (para llevar unos sofás o cualquier cosa), aunque yo siempre se lo he denegado. De hecho, cambiamos la cerradura por precaución porque sospechábamos que estaba entrando en el domicilio igual que venía a diario al portal..
02/12/2014 12:56
Si, es mas frecuente de lo que se piensa.
02/12/2014 13:08
Muchas gracias. ¿Me podría decir dónde encontrar la ley que especifica todas estas cosas?
02/12/2014 13:25
Se trata de los arts. 18.2 y 3 de la Constitucion Española, a cuyo tenor:
2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.
3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.
abogado@leonbendayan.com
02/12/2014 13:41
Muchas gracias por su ayuda. Entonces, al ser nosotros los inquilinos ahora se supone que tiene que respetar todo esto y deshacerse de las llaves, ¿aunque lleguen cartas a su nombre? (facturas de luz y agua).
02/12/2014 13:43
Por supuesto que si. De hecho la cosa es más "dura": Uds. pueden pura y simplemente cambiar las llaves tanto de la casa como del buzón sin consultar siquiera con el casero.
Si él quiere que le lleguen las cartas a ese buzon tendrá que pedirles permiso a Uds.
abogado@leonbendayan.com
02/12/2014 13:46
Él nos amenaza con que en su contrato pone que no podemos cambiar nada del piso sin su supervisión o consentimiento y ni siquiera vemos las supuestas facturas que le pagamos.
02/12/2014 13:47
Pues no lleva razón en ninguna de las dos cosas.
abogado@leonbendayan.com
02/12/2014 13:49
Además, no para de escribirnos al móvil continuamente, hasta el punto de sentirnos acosados. Le he pedido en varias ocasiones que deje de hacerlo y que para cosas importantes que haga una llamada o mande un email pero continúa haciéndolo aunque no le responda. No sabemos qué hacer con este hombre. Nos queremos ir del piso cuanto antes, pero sigue amenazándonos con que en el contrato pone que hay que avisar con tres meses de antelación así que ahora tenemos que esperarnos hasta Marzo.
02/12/2014 13:52
Rbns: tampoco en eso lleva razón.
¿de qué fecha es el contrato?
¿Es un contrato de estudiantes o de vivienda habitual?
02/12/2014 14:00
Es un contrato oficial de VPO sellado por la Junta de Andalucía. Es por un periodo de 9 meses (Sept-Junio) por curso académico.
02/12/2014 14:02
Rbns: bien. Entonces Uds. no pueden irse ni preavisando ni sin preavisar. Tienen que estar ahí el curso completo. Si se van antes podrían tener problemas.
Por cierto: vivo en Sevilla.
abogado@leonbendayan.com
02/12/2014 23:55
Para Rbns:

Si tiene contrato, vaya y preséntelo en la Consejería de vivienda de la Comunidad Autónoma, a fin de ver si el arrendador está facultado para arrendar la vivienda.
Mientras, cambie la cerradura de la vivienda y guarde la actual.
03/12/2014 19:08
Ya hemos guardado la cerradura y guardado la actual. Pero si el contrato es oficial sellado por la Junta se supone que el arrendador sí está facultado ¿no?
¿Qué tipo de problemas podríamos tener? Si en el mismo contrato especifica que podemos irnos avisando con tres meses de antelación ¿cómo no vamos a poder irnos? En ese caso el contrato no sería válido porque está mal redactado.
03/12/2014 19:36
En caso de que yo denunciara a esta persona por el tema de que tiene llave del piso, y del buzón (la cuál ni siquiera nos ha facilitado), ¿cómo sería el procedimiento? Quizás también incluiría el acoso que he sufrido estos meses por parte de esta persona, a la cual ya he tenido que bloquear para que deje de molestarme habiéndoselo pedido varias veces. Es la primera vez que me pasa algo así y no sé muy bien después de denunciar qué sucede. Me imagino que hay opción de ir a juicio o no y que si fuéramos a juicio tendría que buscar un abogado. ¿o por cosas como ésta no se va a juicio? Tenemos pruebas de todo esto (conversaciones por teléfono escritas etc). Gracias.
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02/12/2014 09:50
Buenos días,

Llevo cuatro meses de alquiler en un piso. El casero no me ha querido dar las llaves del buzón desde un principio y él entra a diario en las zonas comunes a abrir el buzón y coger su correspondencia. ¿Es esto legal?
02/12/2014 09:53
Además, me comenta que no tiene por qué tener seguro de hogar ni mostrármelo. Entiendo que mostrármelo no es obligatorio pero tenerlo sí. ¿Estoy en lo cierto?
02/12/2014 11:57
Rbns:
1.- el casero tiene que daros las llaves del buzón y no puede tenerlas él. Es lo mismo que con las llaves de la casa.
2.- El seguro ni tiene por qué tenelo ni tiene por qué enseñarlo.
abogado@leonbendayan.com
02/12/2014 12:55
Yo pensaba que sí podía tener unas llaves de la casa, aunque me parecía raro que continuamente pide consentimiento para entrar con sus llaves (para llevar unos sofás o cualquier cosa), aunque yo siempre se lo he denegado. De hecho, cambiamos la cerradura por precaución porque sospechábamos que estaba entrando en el domicilio igual que venía a diario al portal..
02/12/2014 12:56
Si, es mas frecuente de lo que se piensa.
02/12/2014 13:08
Muchas gracias. ¿Me podría decir dónde encontrar la ley que especifica todas estas cosas?
02/12/2014 13:25
Se trata de los arts. 18.2 y 3 de la Constitucion Española, a cuyo tenor:
2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.
3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.
abogado@leonbendayan.com
02/12/2014 13:41
Muchas gracias por su ayuda. Entonces, al ser nosotros los inquilinos ahora se supone que tiene que respetar todo esto y deshacerse de las llaves, ¿aunque lleguen cartas a su nombre? (facturas de luz y agua).
02/12/2014 13:43
Por supuesto que si. De hecho la cosa es más "dura": Uds. pueden pura y simplemente cambiar las llaves tanto de la casa como del buzón sin consultar siquiera con el casero.
Si él quiere que le lleguen las cartas a ese buzon tendrá que pedirles permiso a Uds.
abogado@leonbendayan.com
02/12/2014 13:46
Él nos amenaza con que en su contrato pone que no podemos cambiar nada del piso sin su supervisión o consentimiento y ni siquiera vemos las supuestas facturas que le pagamos.
02/12/2014 13:47
Pues no lleva razón en ninguna de las dos cosas.
abogado@leonbendayan.com
02/12/2014 13:49
Además, no para de escribirnos al móvil continuamente, hasta el punto de sentirnos acosados. Le he pedido en varias ocasiones que deje de hacerlo y que para cosas importantes que haga una llamada o mande un email pero continúa haciéndolo aunque no le responda. No sabemos qué hacer con este hombre. Nos queremos ir del piso cuanto antes, pero sigue amenazándonos con que en el contrato pone que hay que avisar con tres meses de antelación así que ahora tenemos que esperarnos hasta Marzo.
02/12/2014 13:52
Rbns: tampoco en eso lleva razón.
¿de qué fecha es el contrato?
¿Es un contrato de estudiantes o de vivienda habitual?
02/12/2014 14:00
Es un contrato oficial de VPO sellado por la Junta de Andalucía. Es por un periodo de 9 meses (Sept-Junio) por curso académico.
02/12/2014 14:02
Rbns: bien. Entonces Uds. no pueden irse ni preavisando ni sin preavisar. Tienen que estar ahí el curso completo. Si se van antes podrían tener problemas.
Por cierto: vivo en Sevilla.
abogado@leonbendayan.com
02/12/2014 23:55
Para Rbns:

Si tiene contrato, vaya y preséntelo en la Consejería de vivienda de la Comunidad Autónoma, a fin de ver si el arrendador está facultado para arrendar la vivienda.
Mientras, cambie la cerradura de la vivienda y guarde la actual.
03/12/2014 19:08
Ya hemos guardado la cerradura y guardado la actual. Pero si el contrato es oficial sellado por la Junta se supone que el arrendador sí está facultado ¿no?
¿Qué tipo de problemas podríamos tener? Si en el mismo contrato especifica que podemos irnos avisando con tres meses de antelación ¿cómo no vamos a poder irnos? En ese caso el contrato no sería válido porque está mal redactado.
03/12/2014 19:36
En caso de que yo denunciara a esta persona por el tema de que tiene llave del piso, y del buzón (la cuál ni siquiera nos ha facilitado), ¿cómo sería el procedimiento? Quizás también incluiría el acoso que he sufrido estos meses por parte de esta persona, a la cual ya he tenido que bloquear para que deje de molestarme habiéndoselo pedido varias veces. Es la primera vez que me pasa algo así y no sé muy bien después de denunciar qué sucede. Me imagino que hay opción de ir a juicio o no y que si fuéramos a juicio tendría que buscar un abogado. ¿o por cosas como ésta no se va a juicio? Tenemos pruebas de todo esto (conversaciones por teléfono escritas etc). Gracias.