Copia el comentario en el hilo principal (en el que escribiste el inicial). Al principio nos liamos todos, solo debes pinchar en el post ese que tiene tantas respuestas ( el de fedefru, donde pusiste tu primer comentario), vas al final de todo y le das a RESPONDER y ahí pones tu mensaje, pues si le das a nuevo mensaje se crea un hilo nuevo.
Ayer me pongo a redactar la Reclamación Previa a la vía Jurisdiccional, sin saber nada de la nueva normativa y en base a lo que nos solicitaban en el escrito. Hemos llegado esta mañana a la oficina del INSS donde ha tramitado todo, y allí ha sido donde nos han informado del caos que hay con las denegaciones.
Hemos aportado copia certificada del acta de conciliación, que es lo único que piden para fundamentar la denegación.
La duda que tengo, es si la situación de mi padre se ajusta a lo dispuesto en la nueva normativa o bien se rige por la Ley 27/2011.
Muchas gracias por vuestra ayuda, agradecería vuestras reflexiones al respecto...