Buenos días, soy un inquilino de piso compartido que en contrato tengo consignado el pago de la cantidad de 30€ al mes en concepto de suministros (luz, agua y gas). En dicho contrato no hay ninguna referencia acerca de si existe un exceso se habrá que pagar o que al final del contrato se hará una regularización.
La cuestión es que un mes antes de finalizar el contrato, no exige el pago de 100€ aproximadamente en concepto de demasía en los gastos, sin mostrarnos facturas ni ningún documento acreditativo.
¿Que solución se daría a este caso? ¿Quién llevaría razón?
En principio habría que ver el contrato. No obstante, no entiendo oportuno pagar más de lo consumido, por lo que habría que hacer la oportuna comprobación.
Quedo a su disposición,
Motta&L Abogados
Madrid
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