En principio habría que ver el contrato. No obstante, no entiendo oportuno pagar más de lo consumido, por lo que habría que hacer la oportuna comprobación.
Quedo a su disposición,
Motta&L Abogados Madrid Mottalara-abogados@mottalara-abogados.es
Buenos días, soy un inquilino de piso compartido que en contrato tengo consignado el pago de la cantidad de 30€ al mes en concepto de suministros (luz, agua y gas). En dicho contrato no hay ninguna referencia acerca de si existe un exceso se habrá que pagar o que al final del contrato se hará una regularización.
La cuestión es que un mes antes de finalizar el contrato, no exige el pago de 100€ aproximadamente en concepto de demasía en los gastos, sin mostrarnos facturas ni ningún documento acreditativo.
¿Que solución se daría a este caso? ¿Quién llevaría razón?