También hay pendiente una liquidación del saldo final del ejercicio 2005, que ahora van a pasar al cobro, y que a mi me corresponde un importe de 430 euros. Yo compre en Julio 2005, ¿ sería reclamable también la parte proporcional ?. Gracias
Como es que no preguntaste al administrador o al presidente de la comunidad si habia algun recibo pendiente?. Te repito que es el nuevo titular registral el obligado, si miras la ley ella te indica que tienes obligacion de pagar el año en curso y el anterior, sin defecto de que luego lo puedas repercutir al vendedor, pero de momento el obligado eres tu.