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Contabilidad

1 Comentarios
 
Contabilidad
19/02/2003 14:23
Buenos dias! Mi duda es la siguiente. Vamos a contratar varias lineas de telefonos moviles a nombre de una sociedad (las tarifas son mas baratas, te dan los terminales....). Algunas de estas lineas van a ser de familiares ajenos a la sociedad. las facturas se van a cargar en la cuenta de la sociedad, pero estos familiares van a pagar a la sociedad el importe de su consumo. Reviste eso alguna dificultad en la contabilidad, hay que contabilizarlo en las cuentas de la SL o simplemente se ingresa la cantidad en la cuenta de la SL (normalmente esta cantidad no sera mas de 250 euros/mes) Gracias
21/02/2003 23:54
Hola Mario:

Has de tener en cuenta que el tema que planteas no es del todo legal, ya que la sociedad se va a desgravar ese IVA soportado por unos gastos que en realidad no corresponden a la sociedad sino a particulares.
No obstante si lo quieres hacer te recomendaría que contabilizaras el ingreso que hagan los particulares de la siguuiente forma:

En el DEBE, Banco o Caja, si es en efectivo y en el HABER directamente a la cuenta correspondiente del grupo 628. De esta forma quedará en esta cuenta del grupo 628 el gasto real que la sociedad ha tenido en teléfonos.

Saludos, amigo
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19/02/2003 14:23
Buenos dias! Mi duda es la siguiente. Vamos a contratar varias lineas de telefonos moviles a nombre de una sociedad (las tarifas son mas baratas, te dan los terminales....). Algunas de estas lineas van a ser de familiares ajenos a la sociedad. las facturas se van a cargar en la cuenta de la sociedad, pero estos familiares van a pagar a la sociedad el importe de su consumo. Reviste eso alguna dificultad en la contabilidad, hay que contabilizarlo en las cuentas de la SL o simplemente se ingresa la cantidad en la cuenta de la SL (normalmente esta cantidad no sera mas de 250 euros/mes) Gracias
21/02/2003 23:54
Hola Mario:

Has de tener en cuenta que el tema que planteas no es del todo legal, ya que la sociedad se va a desgravar ese IVA soportado por unos gastos que en realidad no corresponden a la sociedad sino a particulares.
No obstante si lo quieres hacer te recomendaría que contabilizaras el ingreso que hagan los particulares de la siguuiente forma:

En el DEBE, Banco o Caja, si es en efectivo y en el HABER directamente a la cuenta correspondiente del grupo 628. De esta forma quedará en esta cuenta del grupo 628 el gasto real que la sociedad ha tenido en teléfonos.

Saludos, amigo