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continuidad contrato eventual

2 Comentarios
 
Continuidad contrato eventual
09/04/2003 13:09
¿Se puede prorrogar un contrato temporal eventual cuando han transcurrido los 6 meses permitidos por ley? de que modo?, puede transpasarse a obra y servicio, por acumulación de tareas sin perder la antiguedad?
09/04/2003 20:18
El contrato temporal a que te refieres imagino que es el de circunstancias de mercado, acumulación de tareas. En este caso, el convenio colectivo de sector o estatal en su defecto, puede modificar la duración máximo de estos contratos. Deberías de ver si esto lo contempla vuestro convenio de sector o estatal, salvo que tengais convenio de empresa y este no recoja nada y esteis aplicando el E.T.
En tal supuesto,(que exista convenio de sector o estatal que lo permita) el período máximo dentro del cual se podrán realizar será de 18 meses, no pudiendo superar la duración del contrato las tres cuartas partes del período de referencia establecido, ni como máximo 12 meses. En el caso mencionado (que el convenio colectivo lo permita) si el contrato se ha concertado por una duración inferior a la máxima convencional establecida, podrá prorrogarse, por una sola vez, sin que la duración máxima establecida pueda superarse (12 meses o lo establecido en el convenio)

El contrato de obra o servicio es otro tema ya que el contrato se realiza para una obra o servicio limitada en el tiempo, aunque sea de duración incierta. Es decir, si se ha contratado para una obra o servicio concreto la duración no se sabe y finaliza cuando se finalice la obra o servicio mencionados en el contrato, sin necesidad de prorrogas. Pero los modelos de contrato son diferentes y me da la impresión que mezclas el de circunstancias de mercado con el de obra o servicio.

Si es así, finalizaría un contrato y despues se realizaría otro distinto despues de unos días en el que el trabajador haya estado como demandante de empleo. Salvo mejor criterio o interpretación. Saludos.
10/04/2003 10:41
Mucha gracia, JESUSFER, me has sido de gran ayuda.
continuidad contrato eventual | PorticoLegal
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Continuidad contrato eventual
09/04/2003 13:09
¿Se puede prorrogar un contrato temporal eventual cuando han transcurrido los 6 meses permitidos por ley? de que modo?, puede transpasarse a obra y servicio, por acumulación de tareas sin perder la antiguedad?
09/04/2003 20:18
El contrato temporal a que te refieres imagino que es el de circunstancias de mercado, acumulación de tareas. En este caso, el convenio colectivo de sector o estatal en su defecto, puede modificar la duración máximo de estos contratos. Deberías de ver si esto lo contempla vuestro convenio de sector o estatal, salvo que tengais convenio de empresa y este no recoja nada y esteis aplicando el E.T.
En tal supuesto,(que exista convenio de sector o estatal que lo permita) el período máximo dentro del cual se podrán realizar será de 18 meses, no pudiendo superar la duración del contrato las tres cuartas partes del período de referencia establecido, ni como máximo 12 meses. En el caso mencionado (que el convenio colectivo lo permita) si el contrato se ha concertado por una duración inferior a la máxima convencional establecida, podrá prorrogarse, por una sola vez, sin que la duración máxima establecida pueda superarse (12 meses o lo establecido en el convenio)

El contrato de obra o servicio es otro tema ya que el contrato se realiza para una obra o servicio limitada en el tiempo, aunque sea de duración incierta. Es decir, si se ha contratado para una obra o servicio concreto la duración no se sabe y finaliza cuando se finalice la obra o servicio mencionados en el contrato, sin necesidad de prorrogas. Pero los modelos de contrato son diferentes y me da la impresión que mezclas el de circunstancias de mercado con el de obra o servicio.

Si es así, finalizaría un contrato y despues se realizaría otro distinto despues de unos días en el que el trabajador haya estado como demandante de empleo. Salvo mejor criterio o interpretación. Saludos.
10/04/2003 10:41
Mucha gracia, JESUSFER, me has sido de gran ayuda.