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Contrato con carencia. cuál es la fecha de entrada en vigor?

6 Comentarios
 
Contrato con carencia. cuál es la fecha de entrada en vigor?
15/07/2021 10:45
Buenos días,
Si un contrato se firma el 1 de junio pero se da un periodo de carencia de 2 meses en los que no se cobra renta, ¿cuándo entra en vigor el contrato? La inmobiliaria que ha presentado el depósito de la fianza del contrato de arrendamiento del local en Cataluña, me dice que entra en vigor el 1 de agosto que es cuando se tiene que empezar a pagar la renta, pero yo no lo entendía así.
15/07/2021 11:51
Todo depende de como esté redactado el contrato, pero en principio la carencia se predica del pago de la renta, no de la entrada en vigor del contrato. Por tanto, en principio y a falta de examinar el contrato, pienso que la fecha de entrada en vigor es el 1 de junio, no agosto.
15/07/2021 12:15
Suscribo la intachable respuesta de Leonjbr. Salvo que el contrato indique otra cosa entra en vigor el día de su firma, que supongo coincide con el día de la entrega de las llaves al inquilino.

Peor es posible que diga algo así como - "... este contrato entrará en vigor el día...", en cuyo caso habrá que atenerse a dicha fecha.

PERO en Cataluña el plazo para depositar la fianza no cuenta desde la entrada en vigor, sino desde la firma:

Ley 13/96 de 29 de julio:

"Artículo 3. Depósito de fianzas de contratos de alquiler.

1. Los arrendadores de fincas urbanas, tanto las destinadas a vivienda como las destinadas a otros usos, deben depositar en el Instituto Catalán del Suelo la fianza en metálico establecida en el artículo 36.1 de la Ley del Estado 29/1994, de 24 de noviembre, de arrendamientos urbanos, en el plazo de dos meses a contar desde la formalización del contrato."

Puede consultar el régimen sancionador en el art. 9 de la misma Ley.
15/07/2021 12:16
Por cierto, NOTE que aún está a tiempo: de 1 de junio, dos meses son hasta el 31 de julio.
15/07/2021 13:47
El tema está en que en el contrato figura fecha de contrato 1 de junio, y en la cláusula de duración por error se dejó lo redactado en el borrador del contrato es decir; "el contrato empezará a regir su vigencia desde el día (poner 5 dias después de la firma) de junio, dia en que se hará entrega de la finca a la arrendataria y empezarán sus efectos.
Entonces en caso de tener problemas cuándo creeis que sería la fecha de comienzo de la vigencia? El día 1 porque es la unica fecha que aparece o qué día?
15/07/2021 19:22
Laurisper
Si no queda claro igual lo mejor es hacer un anexo al contrato donde se diga que en la cláusula donde se habla de la duración y a cuándo empezará a regir su vigencia la mención de "(poner 5 dias después de la firma) quiere decir " día 5 de junio". y que lo firmen las dos partes? O se sobreentiende que la única fecha que consta en el contrato es el día 1 de junio y esa es la fecha que vale?
15/07/2021 21:09
Yo le recomiendo que considere como fecha de formalización del contrato el 1 de junio.
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Contrato con carencia. cuál es la fecha de entrada en vigor?
15/07/2021 10:45
Buenos días,
Si un contrato se firma el 1 de junio pero se da un periodo de carencia de 2 meses en los que no se cobra renta, ¿cuándo entra en vigor el contrato? La inmobiliaria que ha presentado el depósito de la fianza del contrato de arrendamiento del local en Cataluña, me dice que entra en vigor el 1 de agosto que es cuando se tiene que empezar a pagar la renta, pero yo no lo entendía así.
15/07/2021 11:51
Todo depende de como esté redactado el contrato, pero en principio la carencia se predica del pago de la renta, no de la entrada en vigor del contrato. Por tanto, en principio y a falta de examinar el contrato, pienso que la fecha de entrada en vigor es el 1 de junio, no agosto.
15/07/2021 12:15
Suscribo la intachable respuesta de Leonjbr. Salvo que el contrato indique otra cosa entra en vigor el día de su firma, que supongo coincide con el día de la entrega de las llaves al inquilino.

Peor es posible que diga algo así como - "... este contrato entrará en vigor el día...", en cuyo caso habrá que atenerse a dicha fecha.

PERO en Cataluña el plazo para depositar la fianza no cuenta desde la entrada en vigor, sino desde la firma:

Ley 13/96 de 29 de julio:

"Artículo 3. Depósito de fianzas de contratos de alquiler.

1. Los arrendadores de fincas urbanas, tanto las destinadas a vivienda como las destinadas a otros usos, deben depositar en el Instituto Catalán del Suelo la fianza en metálico establecida en el artículo 36.1 de la Ley del Estado 29/1994, de 24 de noviembre, de arrendamientos urbanos, en el plazo de dos meses a contar desde la formalización del contrato."

Puede consultar el régimen sancionador en el art. 9 de la misma Ley.
15/07/2021 12:16
Por cierto, NOTE que aún está a tiempo: de 1 de junio, dos meses son hasta el 31 de julio.
15/07/2021 13:47
El tema está en que en el contrato figura fecha de contrato 1 de junio, y en la cláusula de duración por error se dejó lo redactado en el borrador del contrato es decir; "el contrato empezará a regir su vigencia desde el día (poner 5 dias después de la firma) de junio, dia en que se hará entrega de la finca a la arrendataria y empezarán sus efectos.
Entonces en caso de tener problemas cuándo creeis que sería la fecha de comienzo de la vigencia? El día 1 porque es la unica fecha que aparece o qué día?
15/07/2021 19:22
Laurisper
Si no queda claro igual lo mejor es hacer un anexo al contrato donde se diga que en la cláusula donde se habla de la duración y a cuándo empezará a regir su vigencia la mención de "(poner 5 dias después de la firma) quiere decir " día 5 de junio". y que lo firmen las dos partes? O se sobreentiende que la única fecha que consta en el contrato es el día 1 de junio y esa es la fecha que vale?
15/07/2021 21:09
Yo le recomiendo que considere como fecha de formalización del contrato el 1 de junio.