Me gustaria saber si tiene valor legal un contrato privado de aparcerìa, se puede poner una validez de 2 años prorrogable, podemos poner que nos haremos cargo de todo lo referente al contrato dos de los hijos de la propietaria en caso de fallecimiento, y en caso de poner este punto que puede suponernos legalmente. Gracias por aclararme las dudas. También me gustaría me recomendarán un abogado especialista en derecho agrario en Zaragoza. Gracias.