Pues tiene mucha cara, y hace un flaco favor a esos emprendedores que tanto nos ensalzan últimamente.
Un contrato en formación tiene un alta en la seguridad social, una retribución en función del tiempo de trabajo y de la categoría. Algunos convenios ya establecen una remuneración para este tipo de contrato, específica para ellos. En otros no, y hay que encuadrar al trabajador en una categoría acorde, baja, porque se supone al trabajador sin cualificación para la tareas, y por eso se le puede hacer un contrato para la formación.
Entonces cada mes de formación debería cobrar un sueldo ? Es que dice mi jefa que no, que a mí solo me corresponde cuando termine el contrato y como prestación de paro...
"OTRAS CARACTERÍSTICAS La retribución del trabajador se fijara en proporción al tiempo de trabajo efectivo, de acuerdo con lo establecido en Convenio Colectivo sin que, en ningún caso, pueda ser inferior al salario mínimo interprofesional en proporción al tiempo trabajado."
Soy nueva en esto de los contratos y me ha dicho la empresa en la que he empezado que quieren hacerme un contrato de formación. Son seis meses, pero me han dicho que no cobro al mes absolutamente nada. Después, cuando termine el contrato dicen que me dan paro durante seis meses cobrando 600 y pico euros. Eso es correcto? Cómo funciona el contrato de formación? Muchas gracias. Necesito urgentemente saber si me están engañando o no. Gracias de nuevo. Un saludo