A un familiar le han hecho un contrato de formación de 6 meses en el sector de hostelería en Cataluña. El inicio de contrato ha sido justo antes de semana santa, y justo después del puente de mayo le han despedido porque según el empresario no cumplía el perfil requerido. No vamos a entrar en que ha hecho más horas de las estipuladas en contrato, ni que se han pasado por el forro el convenio en temas de descansos semanales, descansos entre jornadas o trabajo en horas nocturnas, ni que el contrato era de ayudante de cocina y realmente era el encargado de elaborar las pizzas. MI pregunta es NO HA REALIZADO NI UNA HORA DE FORMACION , en teoría en contrato marcaba que sería a distancia pero no ha existido ¿que puede hacer?
Hola bahia62, por el simple hecho de no haber recibido la formación teórica que corresponde al contrato de formación se considera fraude en la contratación y se aplica la normativa general. Por tanto, pueden presentar demanda contra el despido (tienen 20 días hábiles desde el mismo) para que lo declaren improcedente; y pueden reclamar la diferencia de salario que le hubiera correspondido de haber sido contratado de forma correcta, es decir, el salario previsto para un contrato laboral ordinario indefinido o temporal. No obstante, tengan en cuenta que la indemnización por despido improcedente que pudieran reconocer sería equivalente al tiempo que duró el contrato (unas 3 semanas por lo que dice). Un saludo.