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Contrato de interinidad

1 Comentarios
 
15/12/2006 19:04
Hola:
Los contratos de interinidad que se celebren con personas desempleadas para sustituir a trabajadores que tengan suspendido su contrato por maternidad tienen derecho a una bonificación del 100% de las cuotas a la seguridad social, incluidas las cuotas de accidentes de trabajao y enfermedades profesionales.
La transformación de este contrato en indefinido dará derecho a las bonificaciones correspondientes pero sólo por contingencias comunes.

La extinción de la relación laboral se producirá por la reincorporación del trabajador sustituido, por el vencimiento legal o convencional establecido para la reincorporación y por extinción de la causa que dio lugar a la reserva del puesto de trabajo.

Una vez producida la causa de extinción de este contrato, si no hubiera denuncia expresa y el trabajador continuara prestando sus servicios, el contrato se considerá prorogado tácitamente por tiempo indefinido, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la prestación.

Saludos.
Contrato de interinidad
15/12/2006 18:02
Si una persona tiene firmado un contrato de interinidad, para cubrir un periodo de maternidad y este termina pero pide excedencia ¿ puede continuar con contrato de interinidad aunque no este bonificado?
Contrato de interinidad | PorticoLegal
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15/12/2006 19:04
Hola:
Los contratos de interinidad que se celebren con personas desempleadas para sustituir a trabajadores que tengan suspendido su contrato por maternidad tienen derecho a una bonificación del 100% de las cuotas a la seguridad social, incluidas las cuotas de accidentes de trabajao y enfermedades profesionales.
La transformación de este contrato en indefinido dará derecho a las bonificaciones correspondientes pero sólo por contingencias comunes.

La extinción de la relación laboral se producirá por la reincorporación del trabajador sustituido, por el vencimiento legal o convencional establecido para la reincorporación y por extinción de la causa que dio lugar a la reserva del puesto de trabajo.

Una vez producida la causa de extinción de este contrato, si no hubiera denuncia expresa y el trabajador continuara prestando sus servicios, el contrato se considerá prorogado tácitamente por tiempo indefinido, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la prestación.

Saludos.
Contrato de interinidad
15/12/2006 18:02
Si una persona tiene firmado un contrato de interinidad, para cubrir un periodo de maternidad y este termina pero pide excedencia ¿ puede continuar con contrato de interinidad aunque no este bonificado?