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contrato de lunes a domingo, es legal?

10 Comentarios
 
Contrato de lunes a domingo, es legal?
27/02/2013 14:01
Buenos días
dentro de poco va a hacer un año desde que conseguí plaza de personal laboral por oposición en un ayuntamiento de un pueblo
el contrato que tengo es de lunes a domingo, esto es legal?
trabajo 37,5 horas semanales según contrato, y es verdad que durante el año trabajo de lunes a viernes
pero en verano sobre todo y algún fin de semana durante el año, trabajo sábados y domingos, aunque sea pocas horas pero ya me toca ir esos días, sin recibir tampoco ningún dinero aparte
es legal?hay periodo máximo si fuera ilegal para reclamar un nuevo contrato? que consecuencias puedo tener si fuese ilegal?

gracias
27/02/2013 15:22
¿Es legal? Evidentemente. ¿Usted no ha ido nunca a un establecimiento de hostelería un fin de semana? ¿No existe servicio de bomberos, polícias, recogida de basuras los fines de semana? ¿Acaso los deportistas no juegan la liga el sábado y domingo?
Con este toque de ironía lo que pretendo decirle es que es legal que el contrato se establezca de lunes a domingo. Todos los días son laborales en ese caso. Además, no tienen porqué abonarse a un precio superior si no es ese el pacto (individual o colectivo).

Ahora bien, una cosa es que el horario sea de lunes a domingo y otra cosa es el régimen de descansos. Usted puede trabajar de lunes a domingo, pero en cualquier caso tiene que descansar al menos día y medio a la semana. Cuando dice que en verano y algún que otro fin de semana acude al trabajo, no indica si esa semana descansa otros dias.

Saludos.
27/02/2013 17:53
Si por ejemplo trabajo 4 horas el finde por tema de limpieza d un edificio publico, luego durante la semana libro 4 horas.
n l convenio viene estipulado que los domingos y festivos se pagan por cierta cantidad,aunque el convenio es del 94
27/02/2013 18:26
Le recomiendo que consulte un abogado de su zona. Es posible que tenga derecho a un plus por trabajar en festivos. También es posible que se estén incumpliendo los descansos mínimos. Habrá que estudiarlo bien.
29/11/2020 16:41
dsg29
Quería preguntarte. Yo trabajo en un supermercado el cual abre de lunes a domingo. Y he firmado un contrato de L-D y no he firmado ninguna cláusula adicional donde específica lo siguiente que me han dicho. Que tengo que trabajar todos los domingos y festivos y que mis libranza es solo un día y tiene que ser de L-J. Yo tenía entendido que tenía la obligación de trabajar el 75% de los domingos del mes . Es decir que tendría derecho a tener un domingo al mes libre. Quería saber si es verdad lo que yo tenía entendido y si me pueden obligar a trabajar todos los domingos y festivos que hayan...
29/11/2020 18:17
Indecisa93
Un supermercado de que provincia? El conv ce comercio de alimentación es provincial.
No obstante ya le puedo decir que lo que le dice la empresa no es cierto, se debe establecer un rotativo para que en el mes vayan variando los descansos, tb es necesario saber la jornada que realiza semanalmente, (me parece que les están estafando, di trabajan 6 días a la semana a 8 h estarían haciendo 48vh/sem, un exceso de 8 h/sem que seguramente no les estén pagando), que tengan cto de La a De no significa que tengan que sobrepasar las 40 h/sem.
30/11/2020 00:40
Jamgrrhh28
En la provincia de la comunidad de Madrid. Hago entre semana 35h y el domingo hago 5. Pero ellos quieren obligarme a no descansar ningún domingo. Y las libranzas solo podrían ser de lunes a jueves y un día.
30/11/2020 13:40
Indecisa93
El comercio de alimentación provincial de Madrid no fija ningún periodo de disfrute en fin de semana, fija un descanso semanal de dia y medio consecutivo, asi que pueden perfeftdamente obligarla a trabajar todos los domingos y darle los descansos entre L y J, no obstante parece ser que nos ha dicho que era un supermercado, de ser así muchos de estos entros comerciales tienen convenio propio, (por tanto debeiamos conocer cual es?) o sino estaria el Estatal de Centros Comerciales
23/02/2022 09:46
Buenos días. Contacto desde Madrid. Si tengo un contrato firmado "de lunes a domingo" pero llevo trabajando 7 años solamente de lunes a viernes (en turno de mañana) se puede entender que es un derecho consolidado o realmente podrían cambiarme de puesto de trabajo con otro horario y distribución también en fines de semana?
13/02/2023 18:20
Buenas tardes, yo tengo contrato indefinido, de lunes a domingo, 40h/semanales con cómputo de 1.792h/año. Puedo llegar a trabajar desde 3h hasta 15h/día, o desde 15h hasta 70h/semana. Ahora que me negado a que no se me respeten los descansos de 12h entre jornadas, solo e pedido que me quiten 4 jornadas del año que me doblan turno y la respuesta ha sido que si lo quiero así me tendrán que pagar menos por cuando estoy cubriendo menos de 40h/semanales. Mi pregunta es si el cómputo de horas anuales es de 1792, ellos me han puesto calendario de 1752h y yo pido hacer 1,712h porque no me respetan los descansos. Pueden rebajarme el sueldo? Trabajo a turnos en una residencia. Muchas gracias.
14/02/2023 07:04
Verá, si su convenio dice que tiene que hacer 1792 h/año tienen que establecerle un cuadrante con ese número de h/año, si por circunstancias no llegan y la dejan en 1752 h/año, no es problema suyo, es de la empresa.
En cuanto adecir que le respeten el descanso de 12 h entre jornadas es totalmente lícito pero que entonces su jornada pasé a ser de 1712 h/año, esto ya no es posible, pero está usted en su dcho de negarse a trabajar turnos de 15 h/día.
La forma es cambiar los horarios y establecer un cuadrante a 8 h/día con un 3T4, (3 turnos, m, t, N entre 4 trabajadores, el 4 de descanso) y menos días de descanso semanal.
En cuanto a no pagarle por ese defecto de jornada nuevamente, si hay defecto de jornada es a causa de la empresa que es quien tiene la potestad de establecer los turnos y estos turnos deben ser legales, no 15 h/día.
smo
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27/02/2013 14:01
Buenos días
dentro de poco va a hacer un año desde que conseguí plaza de personal laboral por oposición en un ayuntamiento de un pueblo
el contrato que tengo es de lunes a domingo, esto es legal?
trabajo 37,5 horas semanales según contrato, y es verdad que durante el año trabajo de lunes a viernes
pero en verano sobre todo y algún fin de semana durante el año, trabajo sábados y domingos, aunque sea pocas horas pero ya me toca ir esos días, sin recibir tampoco ningún dinero aparte
es legal?hay periodo máximo si fuera ilegal para reclamar un nuevo contrato? que consecuencias puedo tener si fuese ilegal?

gracias
27/02/2013 15:22
¿Es legal? Evidentemente. ¿Usted no ha ido nunca a un establecimiento de hostelería un fin de semana? ¿No existe servicio de bomberos, polícias, recogida de basuras los fines de semana? ¿Acaso los deportistas no juegan la liga el sábado y domingo?
Con este toque de ironía lo que pretendo decirle es que es legal que el contrato se establezca de lunes a domingo. Todos los días son laborales en ese caso. Además, no tienen porqué abonarse a un precio superior si no es ese el pacto (individual o colectivo).

Ahora bien, una cosa es que el horario sea de lunes a domingo y otra cosa es el régimen de descansos. Usted puede trabajar de lunes a domingo, pero en cualquier caso tiene que descansar al menos día y medio a la semana. Cuando dice que en verano y algún que otro fin de semana acude al trabajo, no indica si esa semana descansa otros dias.

Saludos.
27/02/2013 17:53
Si por ejemplo trabajo 4 horas el finde por tema de limpieza d un edificio publico, luego durante la semana libro 4 horas.
n l convenio viene estipulado que los domingos y festivos se pagan por cierta cantidad,aunque el convenio es del 94
27/02/2013 18:26
Le recomiendo que consulte un abogado de su zona. Es posible que tenga derecho a un plus por trabajar en festivos. También es posible que se estén incumpliendo los descansos mínimos. Habrá que estudiarlo bien.
29/11/2020 16:41
dsg29
Quería preguntarte. Yo trabajo en un supermercado el cual abre de lunes a domingo. Y he firmado un contrato de L-D y no he firmado ninguna cláusula adicional donde específica lo siguiente que me han dicho. Que tengo que trabajar todos los domingos y festivos y que mis libranza es solo un día y tiene que ser de L-J. Yo tenía entendido que tenía la obligación de trabajar el 75% de los domingos del mes . Es decir que tendría derecho a tener un domingo al mes libre. Quería saber si es verdad lo que yo tenía entendido y si me pueden obligar a trabajar todos los domingos y festivos que hayan...
29/11/2020 18:17
Indecisa93
Un supermercado de que provincia? El conv ce comercio de alimentación es provincial.
No obstante ya le puedo decir que lo que le dice la empresa no es cierto, se debe establecer un rotativo para que en el mes vayan variando los descansos, tb es necesario saber la jornada que realiza semanalmente, (me parece que les están estafando, di trabajan 6 días a la semana a 8 h estarían haciendo 48vh/sem, un exceso de 8 h/sem que seguramente no les estén pagando), que tengan cto de La a De no significa que tengan que sobrepasar las 40 h/sem.
30/11/2020 00:40
Jamgrrhh28
En la provincia de la comunidad de Madrid. Hago entre semana 35h y el domingo hago 5. Pero ellos quieren obligarme a no descansar ningún domingo. Y las libranzas solo podrían ser de lunes a jueves y un día.
30/11/2020 13:40
Indecisa93
El comercio de alimentación provincial de Madrid no fija ningún periodo de disfrute en fin de semana, fija un descanso semanal de dia y medio consecutivo, asi que pueden perfeftdamente obligarla a trabajar todos los domingos y darle los descansos entre L y J, no obstante parece ser que nos ha dicho que era un supermercado, de ser así muchos de estos entros comerciales tienen convenio propio, (por tanto debeiamos conocer cual es?) o sino estaria el Estatal de Centros Comerciales
23/02/2022 09:46
Buenos días. Contacto desde Madrid. Si tengo un contrato firmado "de lunes a domingo" pero llevo trabajando 7 años solamente de lunes a viernes (en turno de mañana) se puede entender que es un derecho consolidado o realmente podrían cambiarme de puesto de trabajo con otro horario y distribución también en fines de semana?
13/02/2023 18:20
Buenas tardes, yo tengo contrato indefinido, de lunes a domingo, 40h/semanales con cómputo de 1.792h/año. Puedo llegar a trabajar desde 3h hasta 15h/día, o desde 15h hasta 70h/semana. Ahora que me negado a que no se me respeten los descansos de 12h entre jornadas, solo e pedido que me quiten 4 jornadas del año que me doblan turno y la respuesta ha sido que si lo quiero así me tendrán que pagar menos por cuando estoy cubriendo menos de 40h/semanales. Mi pregunta es si el cómputo de horas anuales es de 1792, ellos me han puesto calendario de 1752h y yo pido hacer 1,712h porque no me respetan los descansos. Pueden rebajarme el sueldo? Trabajo a turnos en una residencia. Muchas gracias.
14/02/2023 07:04
Verá, si su convenio dice que tiene que hacer 1792 h/año tienen que establecerle un cuadrante con ese número de h/año, si por circunstancias no llegan y la dejan en 1752 h/año, no es problema suyo, es de la empresa.
En cuanto adecir que le respeten el descanso de 12 h entre jornadas es totalmente lícito pero que entonces su jornada pasé a ser de 1712 h/año, esto ya no es posible, pero está usted en su dcho de negarse a trabajar turnos de 15 h/día.
La forma es cambiar los horarios y establecer un cuadrante a 8 h/día con un 3T4, (3 turnos, m, t, N entre 4 trabajadores, el 4 de descanso) y menos días de descanso semanal.
En cuanto a no pagarle por ese defecto de jornada nuevamente, si hay defecto de jornada es a causa de la empresa que es quien tiene la potestad de establecer los turnos y estos turnos deben ser legales, no 15 h/día.
smo