Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Contrato de trabajo. No me fío.

3 Comentarios
 
Contrato de trabajo. no me fío.
09/08/2017 20:52
Hola! Me han ofrecido un contrato de trabajo y me parece para lo que hay hoy tan bueno Q no me fio, creo que hay algún timo por algún lado, haber si me podéis ayudar y veis si hay algo raro en este contrato

Celebrar el presente Contrato provisional para trabajadores a distancia, de acuerdo con las siguiente
s,
ESTIPULACIONES:
Ajustado el presente contrato, en el ámbito de las medidas de Empleo-Inserción, reguladas por la
reglas de contratación de España.
Las dos partes acuerdan el presente contrato:
1-La fecha de inicio sera el: __ __ ,2017 (La fecha de inicio del contrato será fijada una vez
realizada con éxito la primera operación financiera, tras esto el presente contrato será enviado vía
correo postal para ser firmado físicamente por el trabajador/a).
2-Se entiende que el trabajador realizara sus funciones desde su propia dirección, y ciudad.
3-El/la empleado/a ejecutara las tareas
asociadas como asistente
una primera etapa que consta de 10 días laborables, el empleado/a deberá realizar unicamente la
gestión financiera que le sera indicada por el contratante, sin perjuicio de nuevas tareas que le serán
adjudicadas dependiendo de sus habilidades para futuros trabajos en consonancia con las
necesidades de la empresa.
4-Las horas de trabajo son flexibles, diario o semanal entre 2 y 8 horas por día o de 10 a 40 horas
por semana.
5-El horario normal sera entre las 8:30 y las 15:00.
El horario puede variar en consonancia con las necesidades del contratante.
6-El salario bruto sera de 1.350 euros mensuales, añadiendo el porcentaje de comisión del 2%
generado a partir de operaciones realizadas con éxito.
7-El salario y comisiones generadas serán abonados de la siguiente forma:
Día 15 de cada mes:
El trabajador/a, recibirá el 50% de su salario fijo mensual, y el porcentaje del 2% de comisión
generado entre el
27 del mes anterior y el 11 del mes corriente.
Día 30 o 31 de cada mes:
El trabajador/a, recibirá el 50% de su salario fijo mensual, y el porcentaje del 2% de comisión
generado entre el
12 y el 26 del mes corriente.
8-El objeto del contrato es la gestión financiera a través de diferentes sistemas bancarios y envío de
dinero rápido.
9-Este contrato se celebra por un periodo de tiempo indeterminado, los primeros 10 días a partir de
la fecha de la firma online de este contrato de trabajo debe ser considerado periodo de prueba, en
consonancia con la legislación vigente.
10-Si antes del término del periodo de prueba ninguna de las partes ha notificado a la otra la
rescisión de este contrato por carta certificada este contrato se entenderá que ha quedado fijado con
una duración indeterminada.
11-La indemnización económica por despido sera abonada por el contratante de acuerdo con la ley
y de la convención colectiva aplicable a la empresa, siempre respetando los periodos de pre-aviso.
El presente contrato de trabajo es regido por las disposiciones del Código del Trabajo, de España, y
por las disposiciones del acuerdo de negociación colectiva aplicable al la empresa del contratante.
Las partes acuerdan las siguientes disposiciones adicionales:
El empleado/a, deberá ejecutar el trabajo designado por el contratante entre las 8:30 y las
15:00 horas, debe estar totalmente disponible en cualquier momento.
El empleado/a, deberá realizar todas las operaciones de forma rápida y absoluta
transparencia.
El empleado/a, es responsable del buen funcionamiento de las operaciones a ejecutar.
El contratante deberá informar y actualizar todas las informaciones necesarias para el buen
funcionamiento de las operaciones.
El empleado/a, debe facilitar al contratante su número de cuenta bancaria privada, activa y
actualizada para la realización de entre dos y cinco primeras operaciones financieras, ademas de la
recepción de su salario y comisiones generadas, tras esto el contratante suministrara una cuenta del
propio banco con todos los accesos personalizados para el seguimiento y realización de las
En caso de cese del período de prueba por decisión del Empleado, él/ella se obliga a
transferir todas transferencias a la cuenta indicada por la empresa. En caso del fallo/retraso de la
operación por culpa del Empleado, él/ella se considera el/la responsable y está obligado a pagar
multas y gastos relacionados con tal fallo/retraso
El contrato conlleva el alta en la seguridad social al finalizar el periodo de prueba.
Documento realizado por duplicado, en España. __ __ 2017
El empleado/a. contrat

Por favor me podríais ayudar, no vaya a ser que me estén tomando el pelo al escaparse me algo un millón de gracias x adelantado
09/08/2017 21:28
Antonia Maria
Me huele a un vinculo contractual con la empresa en calidad de autónomo, en cto de ajenidad el periodo de prueba es usted trabajador directo de la empresa desde el primer día, no caben sanciones económicas al trabajador y un largo etc de incongruencias que se detectan en este cto y eso que argumenta que sera acorde a la legislación española.
Menciona el código del trabajo, esto es ti`pico de países sudamericanos, parece que su actividad será de agente comercial de artículos de banca de función financiera, no habla de convenio aplicable tampoco de la actividad de la empresa, me suena a anuncio de los periódicos como éste de "trabaje desde casa con un sueldo mensual de 1500 € con dedicación de unas pocas horas al día enviando sobres a clientes que le irán enviando desde la empresa ppal", Esto suele ser de mafias que se encargan de enviar dinero al extranjero de forma que usted hace de testaferro así que si hubiese algún problema seria usted quien pagaría el pato, estas empresas suelen tener sede en Inglaterra, (por si puede servirle de pista).
Ojo me suena a esto pero con los datos que da puede que este equivocado, no obstante si decide aceptar el empleo le recomiendo que abra una corriente con sus datos para que sean estos los que aporte a ésta empresa, no vaya a ser que encima le marchen con los 4 duros que pueda tener en su cuenta, por cierto, no es de las ofertas que para enganchar al trabajador ofrecen sueldos de 2000 € por una dedicación de dos horas diarias pudiendo trabajar las horas que usted quiera.
Mire, lo mejor es que acuda a la policía nacional y lleve la documentación que obra en su poder y le informaran de si es un cto legal o es una empresa de estas mafias.
SMO
10/08/2017 03:18
Antonia Maria
Buenas, muchísimas gracias por responderme, la empresa es de transporte y logística.. xxxx SL con sede en Guadaliz de la Sierra, todo lo hacen a través de teléfono número privado y mail, hoy lo han llamado a mi hijo(por que este contrato es para el, yo soy la madre) para Q vaya al banco a preguntar cuanto es el dinero máximo que puede sacar en ventanilla y en el cajero, yo es q a mi esto no no me parece normal... Ah,,y le han pedido un teléfono de otra persona allegada para urgencias y inmediatamente han llamado para comprobar supongo q para ver que existía ese número, mi hijo le dio el de su padre. En fin...no se si ir a la guardia civil, policía, antes de que empiece y esto no sea algo legal
10/08/2017 09:57
Antonia Maria
Como bien le indica Jamgpreve es una mafia. Se dedican a hacer transferencias a su cuenta desde otros países y usted desde esa cuenta debe realizar transferencias a otras, es una forma de hacer llegar el dinero a destino sin que el origen se pueda rastrear, es decir, el único que puede ser investigado aquí es el que posee la cuenta legal, usted.
Olvidese de dar más datos a esta gente y busque un trabajo con garantías.
Contrato de trabajo. No me fío. | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Contrato de trabajo. No me fío.

3 Comentarios
 
Contrato de trabajo. no me fío.
09/08/2017 20:52
Hola! Me han ofrecido un contrato de trabajo y me parece para lo que hay hoy tan bueno Q no me fio, creo que hay algún timo por algún lado, haber si me podéis ayudar y veis si hay algo raro en este contrato

Celebrar el presente Contrato provisional para trabajadores a distancia, de acuerdo con las siguiente
s,
ESTIPULACIONES:
Ajustado el presente contrato, en el ámbito de las medidas de Empleo-Inserción, reguladas por la
reglas de contratación de España.
Las dos partes acuerdan el presente contrato:
1-La fecha de inicio sera el: __ __ ,2017 (La fecha de inicio del contrato será fijada una vez
realizada con éxito la primera operación financiera, tras esto el presente contrato será enviado vía
correo postal para ser firmado físicamente por el trabajador/a).
2-Se entiende que el trabajador realizara sus funciones desde su propia dirección, y ciudad.
3-El/la empleado/a ejecutara las tareas
asociadas como asistente
una primera etapa que consta de 10 días laborables, el empleado/a deberá realizar unicamente la
gestión financiera que le sera indicada por el contratante, sin perjuicio de nuevas tareas que le serán
adjudicadas dependiendo de sus habilidades para futuros trabajos en consonancia con las
necesidades de la empresa.
4-Las horas de trabajo son flexibles, diario o semanal entre 2 y 8 horas por día o de 10 a 40 horas
por semana.
5-El horario normal sera entre las 8:30 y las 15:00.
El horario puede variar en consonancia con las necesidades del contratante.
6-El salario bruto sera de 1.350 euros mensuales, añadiendo el porcentaje de comisión del 2%
generado a partir de operaciones realizadas con éxito.
7-El salario y comisiones generadas serán abonados de la siguiente forma:
Día 15 de cada mes:
El trabajador/a, recibirá el 50% de su salario fijo mensual, y el porcentaje del 2% de comisión
generado entre el
27 del mes anterior y el 11 del mes corriente.
Día 30 o 31 de cada mes:
El trabajador/a, recibirá el 50% de su salario fijo mensual, y el porcentaje del 2% de comisión
generado entre el
12 y el 26 del mes corriente.
8-El objeto del contrato es la gestión financiera a través de diferentes sistemas bancarios y envío de
dinero rápido.
9-Este contrato se celebra por un periodo de tiempo indeterminado, los primeros 10 días a partir de
la fecha de la firma online de este contrato de trabajo debe ser considerado periodo de prueba, en
consonancia con la legislación vigente.
10-Si antes del término del periodo de prueba ninguna de las partes ha notificado a la otra la
rescisión de este contrato por carta certificada este contrato se entenderá que ha quedado fijado con
una duración indeterminada.
11-La indemnización económica por despido sera abonada por el contratante de acuerdo con la ley
y de la convención colectiva aplicable a la empresa, siempre respetando los periodos de pre-aviso.
El presente contrato de trabajo es regido por las disposiciones del Código del Trabajo, de España, y
por las disposiciones del acuerdo de negociación colectiva aplicable al la empresa del contratante.
Las partes acuerdan las siguientes disposiciones adicionales:
El empleado/a, deberá ejecutar el trabajo designado por el contratante entre las 8:30 y las
15:00 horas, debe estar totalmente disponible en cualquier momento.
El empleado/a, deberá realizar todas las operaciones de forma rápida y absoluta
transparencia.
El empleado/a, es responsable del buen funcionamiento de las operaciones a ejecutar.
El contratante deberá informar y actualizar todas las informaciones necesarias para el buen
funcionamiento de las operaciones.
El empleado/a, debe facilitar al contratante su número de cuenta bancaria privada, activa y
actualizada para la realización de entre dos y cinco primeras operaciones financieras, ademas de la
recepción de su salario y comisiones generadas, tras esto el contratante suministrara una cuenta del
propio banco con todos los accesos personalizados para el seguimiento y realización de las
En caso de cese del período de prueba por decisión del Empleado, él/ella se obliga a
transferir todas transferencias a la cuenta indicada por la empresa. En caso del fallo/retraso de la
operación por culpa del Empleado, él/ella se considera el/la responsable y está obligado a pagar
multas y gastos relacionados con tal fallo/retraso
El contrato conlleva el alta en la seguridad social al finalizar el periodo de prueba.
Documento realizado por duplicado, en España. __ __ 2017
El empleado/a. contrat

Por favor me podríais ayudar, no vaya a ser que me estén tomando el pelo al escaparse me algo un millón de gracias x adelantado
09/08/2017 21:28
Antonia Maria
Me huele a un vinculo contractual con la empresa en calidad de autónomo, en cto de ajenidad el periodo de prueba es usted trabajador directo de la empresa desde el primer día, no caben sanciones económicas al trabajador y un largo etc de incongruencias que se detectan en este cto y eso que argumenta que sera acorde a la legislación española.
Menciona el código del trabajo, esto es ti`pico de países sudamericanos, parece que su actividad será de agente comercial de artículos de banca de función financiera, no habla de convenio aplicable tampoco de la actividad de la empresa, me suena a anuncio de los periódicos como éste de "trabaje desde casa con un sueldo mensual de 1500 € con dedicación de unas pocas horas al día enviando sobres a clientes que le irán enviando desde la empresa ppal", Esto suele ser de mafias que se encargan de enviar dinero al extranjero de forma que usted hace de testaferro así que si hubiese algún problema seria usted quien pagaría el pato, estas empresas suelen tener sede en Inglaterra, (por si puede servirle de pista).
Ojo me suena a esto pero con los datos que da puede que este equivocado, no obstante si decide aceptar el empleo le recomiendo que abra una corriente con sus datos para que sean estos los que aporte a ésta empresa, no vaya a ser que encima le marchen con los 4 duros que pueda tener en su cuenta, por cierto, no es de las ofertas que para enganchar al trabajador ofrecen sueldos de 2000 € por una dedicación de dos horas diarias pudiendo trabajar las horas que usted quiera.
Mire, lo mejor es que acuda a la policía nacional y lleve la documentación que obra en su poder y le informaran de si es un cto legal o es una empresa de estas mafias.
SMO
10/08/2017 03:18
Antonia Maria
Buenas, muchísimas gracias por responderme, la empresa es de transporte y logística.. xxxx SL con sede en Guadaliz de la Sierra, todo lo hacen a través de teléfono número privado y mail, hoy lo han llamado a mi hijo(por que este contrato es para el, yo soy la madre) para Q vaya al banco a preguntar cuanto es el dinero máximo que puede sacar en ventanilla y en el cajero, yo es q a mi esto no no me parece normal... Ah,,y le han pedido un teléfono de otra persona allegada para urgencias y inmediatamente han llamado para comprobar supongo q para ver que existía ese número, mi hijo le dio el de su padre. En fin...no se si ir a la guardia civil, policía, antes de que empiece y esto no sea algo legal
10/08/2017 09:57
Antonia Maria
Como bien le indica Jamgpreve es una mafia. Se dedican a hacer transferencias a su cuenta desde otros países y usted desde esa cuenta debe realizar transferencias a otras, es una forma de hacer llegar el dinero a destino sin que el origen se pueda rastrear, es decir, el único que puede ser investigado aquí es el que posee la cuenta legal, usted.
Olvidese de dar más datos a esta gente y busque un trabajo con garantías.