Buenas tardes, tengo un contrato en prácticas, jornada completa, desde agosto en una empresa del convenio de oficinas y despachos en Pontevedra. Tengo una nómina de 613 euros netos, al aplicar el 60% a la base de mi convenio. Lo consulté en una gestoría y me dicen que, aún en prácticas, tengo que cobrar el s.m.i. Al haber subido el s.m.i. mi sueldo tendría que ser mayor. La empresa ahora alega que el convenio ya no está en vigor por lo que se aplicaría el estatuto de los trabajadores y cobraría el 60% del s.m.i. Lo he mirado y entiendo que aún así, debo cobrar el s.m.i. entero. ¿Tengo razón?
Mire todo esto no se arregla hablando porque simplemente saben que usted tiene razón peo no quieren reconocerlo. En un cto en prácticas el primer año se cobra el 60 % del salario correspondiente a la categoría que desarrolle siempre y cuando ese SMI sea por debajo del SMI se retribuira con esta cantidad y listo, ni convenio, ni Estatuto, ni ostias en vinagre.