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Contrato en prácticas

2 Comentarios
 
20/10/2010 10:43
Solucionado, sí estoy en lo cierto.

Lo acabo de hablar con la Inspección de Trabajo y con Información Sociolaboral y me lo han confirmado.

Gracias a todos de todos modos.
20/10/2010 09:44
En la cláusula, después de SI NO, se dicta lo siguiente:

...comportará la ampliación de la duración del contrato.

Quedando así:
La suspensión del contrato por las causas previstas en el artículo 45 y 46 del Texto Refundido de la
Ley del Estatuto de los trabajadores SIx NOx comportará la ampliación de la duración del contrato.
Contrato en prácticas
20/10/2010 09:41
Buenos días señores/as.

Ley 35/2010. artículo 12.1 b) párrafo 2º.

Las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante la lactancia y paternidad interrumpirán el cómputo de la duración del contrato.


Pese a todo ello, la redacción del contrato en prácticas, en su cláusula tercera, estipula:

La suspensión del contrato por las causas previstas en el artículo 45 y 46 del Texto Refundido de la
Ley del Estatuto de los trabajadores SIx NOx (teniendo que marcar con una x lo que proceda).

Pregunta:
Aun lo estipulado en el artículo 12, antes mencionado, entiendo que debo marcar NO, ya que en la cláusula del contrato se incluyen las excedencias. ¿Estoy en lo cierto?
Contrato en prácticas | PorticoLegal
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Contrato en prácticas

2 Comentarios
 
20/10/2010 10:43
Solucionado, sí estoy en lo cierto.

Lo acabo de hablar con la Inspección de Trabajo y con Información Sociolaboral y me lo han confirmado.

Gracias a todos de todos modos.
20/10/2010 09:44
En la cláusula, después de SI NO, se dicta lo siguiente:

...comportará la ampliación de la duración del contrato.

Quedando así:
La suspensión del contrato por las causas previstas en el artículo 45 y 46 del Texto Refundido de la
Ley del Estatuto de los trabajadores SIx NOx comportará la ampliación de la duración del contrato.
Contrato en prácticas
20/10/2010 09:41
Buenos días señores/as.

Ley 35/2010. artículo 12.1 b) párrafo 2º.

Las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante la lactancia y paternidad interrumpirán el cómputo de la duración del contrato.


Pese a todo ello, la redacción del contrato en prácticas, en su cláusula tercera, estipula:

La suspensión del contrato por las causas previstas en el artículo 45 y 46 del Texto Refundido de la
Ley del Estatuto de los trabajadores SIx NOx (teniendo que marcar con una x lo que proceda).

Pregunta:
Aun lo estipulado en el artículo 12, antes mencionado, entiendo que debo marcar NO, ya que en la cláusula del contrato se incluyen las excedencias. ¿Estoy en lo cierto?