Se trata de un Autónomo que contrata a varios trabajadores para impartir clases extraescolares, en los locales de un colegio privado, no existe contrato entre colegio y el autònomo, tan solo un acuerdo año a año si existen suficientes alumnos interesados en el curso, ¿como lo veis?
Se trata de una actividad extraescolar de enseñanza de música, se inició en 2013 de Octubre a junio 2014. En 2014, y por la buena acogida que tuco en el año anterior, se vuelve a repetir dicha actividad (de octubre 2014 a Junio de 2015). Los contratos de trabajo se realizaron en 2013 en concepto de Contrato de Duración Determinada (501 Obra o servicio determinado) dado que la actividad era en principio temporal. Por la buena acogida que tuvo en el año anterior y la recepción de las escuelas, se pretende reanudar la actividad con la intención de establecer estos cursos de manera recurrente.
Se debe de mantener el Contrato de Duración Determinada (501 Obra o servicio determinado) o el correcto sería Contrato Fijo Discontinuo a Tiempo Parcial?