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contrato laboral para socios

2 Comentarios
 
Contrato laboral para socios
27/10/2006 08:45
¿Existe algún impedimento para que un socio de una sociedad mercantil pueda ser contratado laboralmente por dicha sociedad?
27/10/2006 09:23
Buenos días,
No, no hay ningún problema para contratar laboralmente a un socio, la única salvedad vendrá determinada por su porcentaje de participación en la sociedad y su participación o no en los órganos de representación de la sociedad, en función de esto deberá estar encuadrado en R.General de la S.Social puro y duro, en dicho régimen pero excluído de contingencias de desempleo y fogasa (sin derecho a paro), o en R.Especial de autónomos.
Pero en cualquier caso, si trabaja en la sociedad (que es lo que tu preguntas) se le puede contratar y abonar la correspondiente nómina.
Un saludo

27/10/2006 17:18
Si tiene menos del 25% de participaciones y no es administrador ni tiene funciones de Dirección y Gerencia, iría el Régimen General sin estar excluído de ninguna contingencia - con desempleo y FGS incluído -.
También hay que ver que no sea familiar de socios y conviva con ellos
contrato laboral para socios | PorticoLegal
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Contrato laboral para socios
27/10/2006 08:45
¿Existe algún impedimento para que un socio de una sociedad mercantil pueda ser contratado laboralmente por dicha sociedad?
27/10/2006 09:23
Buenos días,
No, no hay ningún problema para contratar laboralmente a un socio, la única salvedad vendrá determinada por su porcentaje de participación en la sociedad y su participación o no en los órganos de representación de la sociedad, en función de esto deberá estar encuadrado en R.General de la S.Social puro y duro, en dicho régimen pero excluído de contingencias de desempleo y fogasa (sin derecho a paro), o en R.Especial de autónomos.
Pero en cualquier caso, si trabaja en la sociedad (que es lo que tu preguntas) se le puede contratar y abonar la correspondiente nómina.
Un saludo

27/10/2006 17:18
Si tiene menos del 25% de participaciones y no es administrador ni tiene funciones de Dirección y Gerencia, iría el Régimen General sin estar excluído de ninguna contingencia - con desempleo y FGS incluído -.
También hay que ver que no sea familiar de socios y conviva con ellos