La duda es la siguiente, si voy a contratar a un trabajador por horas ( 2 horas a la semana), como le calculo el salario:
- Se le puede calcular a partir del salario mensual es decir si cobra 1000 euros a la semana pues dividirlo entre 30 el resultado dividirlo entre ocho y este ultimo resultado multiplicarlo por dos.
- O se tiene que calcular diario (dividirlo por las horas que pone en convenio). En este caso si el trabajador va a trabajar 2 días (5 horas al día) se le debe de pagar las pagas extras (como se calcularían por horas)
Pensaba que esto ya lo tenia claro de un mensaje anterior suyo. El precio Hora Ordinaria se calcula tomando como precio las cantidad obtenida de dividir el salario anual fijado por convenio, (incluido pagas extra),entre el nº de horas anuales, de esta forma tendrá el precio hora ordinaria luego lo multiplica por el nº de horas que realiza al mes y ya lo tiene. SMO.
Bueno y en el caso de que calcule el precio hora ¿ en ese precio ya estaría incluida la prorrata de pagas extras? ¿No lo tendría que reflejar en la nómina, solo reflejaría un salario base no?
El precio Hora Ordinaria se calcula sobre el salario bruto anual correspondiente a la categoría no sobre el SB y por supuesto en este salario van incluidas las pagas extra. En cuanto a reflejar en la nómina debe de poner ese concepto a parte, es decir una vez calculada la parte proporcional de Hora que le corresponde por prorrata de paga extra éste concepto puede ponerlo a parte o bien poner la prorrata incluida si el convenio lo permite (hay convenio que fijan el cobro de las pagas extra en unas fechas determinadas y no admiten su partición).