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Contrato mercantil

1 Comentarios
 
Contrato mercantil
26/02/2009 15:20
Buenas tardes, hace una semana me quedé en paro y hoy he realizado una entrevista de trabajo donde me hacen un cotrato mercantil. ¿Qué ventajas e inconvenientes tengo con este contrato?, ¿es lo mimo que autónomo? y si es así, ¿cada cuanto paga el autónomo su s. social?. ¿Puedo cobrar el paro o parte de él teniendo este tipo de contrato?. Tengo que contestar mañana y no sé qué decir. Muchas gracias de antemano y un saludo.
26/02/2009 16:49
Un contrato mercantil, quiere decir que no le dan de alta en el regimen de la seguridad social, que usted cobrará según un varemo de ingresos que se producen a raiz de su trabajo y que le tienen que haber explicado.

Le deben explicar cuánto va a cobrar, por cuántas horas, si no hay ni horas, es que es usted prácticamente autónoma.

Los llaman contratos mercantiles laborales, son contratos mercantiles realmente, es decir usted trabaja, si da resultado ya veremos y si no, pues Usted misma, pero todo sin derecho alguno.

No es desde luego un contrato laboral, con alta en la Seguridad Social.


Pregunte exáctamente cuánto va a cobrar por desempeñar su trabajo, esto debe quedar plasmado por escrito.
Contrato mercantil | PorticoLegal
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Contrato mercantil
26/02/2009 15:20
Buenas tardes, hace una semana me quedé en paro y hoy he realizado una entrevista de trabajo donde me hacen un cotrato mercantil. ¿Qué ventajas e inconvenientes tengo con este contrato?, ¿es lo mimo que autónomo? y si es así, ¿cada cuanto paga el autónomo su s. social?. ¿Puedo cobrar el paro o parte de él teniendo este tipo de contrato?. Tengo que contestar mañana y no sé qué decir. Muchas gracias de antemano y un saludo.
26/02/2009 16:49
Un contrato mercantil, quiere decir que no le dan de alta en el regimen de la seguridad social, que usted cobrará según un varemo de ingresos que se producen a raiz de su trabajo y que le tienen que haber explicado.

Le deben explicar cuánto va a cobrar, por cuántas horas, si no hay ni horas, es que es usted prácticamente autónoma.

Los llaman contratos mercantiles laborales, son contratos mercantiles realmente, es decir usted trabaja, si da resultado ya veremos y si no, pues Usted misma, pero todo sin derecho alguno.

No es desde luego un contrato laboral, con alta en la Seguridad Social.


Pregunte exáctamente cuánto va a cobrar por desempeñar su trabajo, esto debe quedar plasmado por escrito.