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Contrato o autónomo dependiente

1 Comentarios
 
Contrato o autónomo dependiente
16/02/2018 18:37
Buenas tardes! Quería comentaros un poquito mi problema a ver si podéis echarme una manilla entre todos. En marzo termina mi última prórroga de un contrato en formación. Mi jefa quiere seguir trabajando conmigo, pero está empeñada en que me haga autónoma dependiente mediante un contrato que según ella, tiene las mismas ventajas ante un despido que cualquier contrato laboral. Ella me pagaría la cuota de autónomo y el importe de iva que trimestaralmente tenga que abonar yo. Y tengo varias preguntas: la primera, qué beneficios tiene para mi ese tipo de contrato? Perdería el paro que he estado cotizando estos 3 años y pico de trabajo? . Al finalizar mi contrato de formación y hacerme uno de autónomo dependiente, tendría que pagarme finiquito?. Todo este rollo es porque no quiere pagar la cuota de ss que se le exige al hacerme por ejemplo un contrato indefinido ( aunque el 50% está bonificado). Qué coste tendría para mi el ser autónomo dependiente?. Disculpad tantas preguntas pero estoy hecha un lio!!!. Muchas gracias a todos de antemano.
16/02/2018 19:35
Usuario87
El contrato actual tendría que liquidarlo abonando el correspondiente finiquito.

Si se hace autonoma dependiente, pasará de cotizar al régimen general de la SS a cotizar en el régimen de autonomos.

La cotización acumulada en la SS no la pierde, pero empezará a cotizar en otro régimen diferente y si cesa la actividad, no podrá acceder al paro sino al paro para autónomos que funciona en función de la cuota que pagues (que seguramente sea el mínimo).

En cuanto a vacaciones tienes 18 días hábiles.

Si se termina la relación laboral, la indemnización no depende del tiempo que lleves trabajando como en un contrato laboral sino que se puede pactar previamente o estará determinada por diversos factores como el tiempo restante de proyecto, o si el cliente (su jefa) rompe el acuerdo sin motivo.

Yo sinceramente no veo muchas ventajas, por no decir ninguna, para usted. Además de que usted tendrá que hacer declaraciones trimestrales de IVA e IRPF en función de lo que facture o se le pague.
Contrato o autónomo dependiente | PorticoLegal
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Contrato o autónomo dependiente
16/02/2018 18:37
Buenas tardes! Quería comentaros un poquito mi problema a ver si podéis echarme una manilla entre todos. En marzo termina mi última prórroga de un contrato en formación. Mi jefa quiere seguir trabajando conmigo, pero está empeñada en que me haga autónoma dependiente mediante un contrato que según ella, tiene las mismas ventajas ante un despido que cualquier contrato laboral. Ella me pagaría la cuota de autónomo y el importe de iva que trimestaralmente tenga que abonar yo. Y tengo varias preguntas: la primera, qué beneficios tiene para mi ese tipo de contrato? Perdería el paro que he estado cotizando estos 3 años y pico de trabajo? . Al finalizar mi contrato de formación y hacerme uno de autónomo dependiente, tendría que pagarme finiquito?. Todo este rollo es porque no quiere pagar la cuota de ss que se le exige al hacerme por ejemplo un contrato indefinido ( aunque el 50% está bonificado). Qué coste tendría para mi el ser autónomo dependiente?. Disculpad tantas preguntas pero estoy hecha un lio!!!. Muchas gracias a todos de antemano.
16/02/2018 19:35
Usuario87
El contrato actual tendría que liquidarlo abonando el correspondiente finiquito.

Si se hace autonoma dependiente, pasará de cotizar al régimen general de la SS a cotizar en el régimen de autonomos.

La cotización acumulada en la SS no la pierde, pero empezará a cotizar en otro régimen diferente y si cesa la actividad, no podrá acceder al paro sino al paro para autónomos que funciona en función de la cuota que pagues (que seguramente sea el mínimo).

En cuanto a vacaciones tienes 18 días hábiles.

Si se termina la relación laboral, la indemnización no depende del tiempo que lleves trabajando como en un contrato laboral sino que se puede pactar previamente o estará determinada por diversos factores como el tiempo restante de proyecto, o si el cliente (su jefa) rompe el acuerdo sin motivo.

Yo sinceramente no veo muchas ventajas, por no decir ninguna, para usted. Además de que usted tendrá que hacer declaraciones trimestrales de IVA e IRPF en función de lo que facture o se le pague.