Resulta que tengo un contrato por obra y servicio con fecha de inicio el 1 de octubre del 2009 hasta la actualidad (bueno me despiden a fin de mes).
Tengo entendido que los contratos por obra y servicio pasan a ser indefinidos pasados los dos años, pero no puedo asegurarlo. ¿es esto correcto? ¿hay alguna ley que lo avala?
Deberías decir si la obra o servicio para la que has sido contratado de verdad ha finalizado, o si por el contrario el contrato de trabajo temporal estaba en Fraude de Ley.
Para saber si estaba en Fraude de Ley deberías leerte esto:
Yo reclamaré todo esto ante el SMAC una vez finalizado mi contrato el 30 de abril porque me despiden por causas objetivas por perdidas en los últimos tres trimestres.
Lo que no se es si debo aceptar el dinero de la indemnización, firmar el finiquito, firmar como no conforme.... ¿qué hago? no quiero actuar mal y que luego juegue en contra mía.
Mañana presentaré la carta donde rechazo el despido objetivo que me proponen por estar mi contrato de obra y servicio en fraude de ley.
Mi preguntas son 1- ¿puede la empresa echarse atrás y anular el despido objetivo? a mi ya no me interesa estar en esa empresa luego de todo lo que descubierto.
2. cuando vaya el lunes 30 a cobrar mi finiquito e indemnización ¿me lo deben abonar en efectivo o puedo aceptar cheques?
3. Puedo firmar el finiquito como "no conforme".
4. ¿Puedo cobrar el paro si se inicia un proceso judicial?