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Contrato obras y servicios.

10 Comentarios
 
25/04/2016 22:44
No te puedo responder a las preguntas porque no se de leyes, pero en un párrafo decías que te redujo la jornada laboral en el contrato (pero seguías trabajando 8h) y en el último dices que trabajas 4 horas, me imagino que es un error y querías decir 8.
25/04/2016 20:45
Muy buenas tardes a todos,
He leído varios comentarios y me parece una idea estupenda de ayudar a los que no saben tanto de leyes.Os cuento:
Empece a trabajar en la empresa en enero 2009 con un contrato a tiempo completo. Despùes de 4 años viene mi jefe y me propone pasar a media jornada por el motivo que si no se ve obligado a cerrar,solo durante 6 meses.Pasado ese tiempo ,según el,volvería a tener el contrato inicial.La verdad es que desde el principio la relación laboral con el ha sido muy buena.Eramos muy amigos ,cafés, comidas etc,no pensaba que las cosas podrían llegar a peor en cuanto a nuestra relación laboral.
Se ha procedido al despido improcedente,he firmado un finiquito que nunca he llegado a cobrar.Me ha dado de alta en régimen de media jornada y desde entonces hasta hoy en día sigo igual.Quiero deciros que evidentemente trabajo jornada completa y aveces mas.
Tengo entendido que quiere quebrar la actual empresa para no pagar ningún tipo de indemnización a nadie,y abrir otra pero con otro nombre y traspasar todo a esa nueva empresa.Todo esto por que tiene mucha deuda con la S.S y hacienda.Y se piensa que de esa manera puede engañar al estado y no pagar nada a nadie.
En la empresa somos 10 personas,todos con contrato indefinido, a media jornada.Mis compañeros también trabajan a tiempo completo.


preguntas:
Podría llegar a cobrar el primer finiquito?
Aunque la actual empresa quiebre,el empresario tiene la obligación legal de indemnizar a los trabajadores?
Puede abrir otra empresa con la misma gente,maquinaria y vehículos,aunque ha quebrado la otra? .
Que podría hacer para asegurarme que ante un despido no me vea perjudicado?
Seria legal que antes de quebrar la empresa ,vendiera los bienes a terceros para que no tenga bienes a su nombre?


P.D.
Estoy en el convenio de la construccion.
No tengo un punto de trabajo fijo.Cada dos dias aproximadamente empezamos otra obra.Las obras son de poca duración..
Se me ha pasado por cabeza apuntar todos los días las direcciones a donde voy a trabajar y las personas con quien estoy.
Aunque trabajo 4 h el me paga lo acordado ,parte en la nomina y parte en B.El mismo procedimiento lo aplica con los demás compañeros,todo esto para ahorrarse en S.S. y en otros gastos.


Un saludo
25/04/2016 16:51
Et ipse est in Ecclesia ;)

25/04/2016 16:13
Gracias por las respuestas.
Aclaro algunas cosas, mi jefe es el dueño de la empresa junto con otro socio. Su empresa presta el servicio de animación en ese hotel porque el hotel esta externealizando los servicios que presta.
He estado mirando el convenio para animación publicado en el BOE y pone que 39 horas semanales, pudiéndose hacer 9 horas máximo día excepcionalmente. Y en el artículo 26 se dice que en caso de contrato por obras y servicios debe estar bien especificado el motivo de ese servicio (cosa que no aparece en mi contrato).
Ahora bien, ¿esto va a misa, o hay otros convenios que anulen esto?
25/04/2016 10:08
En cuanto a la grabación de los insultos: le serviría de prueba contra su jefe, a título personal, por trato vejatorio. Para utilizarlo en una demanda contra la empresa, creo que sería conveniento primero que pusiera los hechos en conocimiento de los superiores de ambos (a no ser, claro, que ese jefe que le insulta sea el dueño o administrador de la firma), y en caso de que no se ataje entonces poder denunciar también a la empresa por no haber impedido ese trato vejatorio.
25/04/2016 09:50
Por partes:

en principio, si el contrato está bien redactado, es legal, aunque eso de prestar tus servicios en las instalaciones de otra empresa es más delicado. Pero si está bien redactado el contrato (cosa que dudo mucho) es legal.

Si te vas voluntariamente no tienes derecho a desempleo

el número de horas depende. Si el contrato es a tiempo completo...tienes que mirar el convenio colectivo, pero vamos, lo normal 8 horas/día

en cuanto a la grabación, si participas en ella, no debería haber problema en usarla en juicio, aunque habría que oirla y demás para poder decírtelo con exactitud, pero lo normal es que sí.

MI consejo: si te quieres ir...deja de ir. Lo normal es que te haga un despido por no presentarte al trabajo y ya tienes tu derecho al paro.
25/04/2016 02:16
Subo
22/04/2016 16:47
Buenas aprovecho que este hilo esta abierto para exponer mi situacion:
Realizo trabajos de animacion en un hotel (llamemoslo X) que tiene contratado este servicio a una empresa externa (llamemosla Z) para la que yo trabajo. El contrato mio con Z es de obras y servicios desde hace un año, en este año Z me ha hecho dos contratos, uno al iniciar mi relacion con Z y otro cuando Z cambio de nombre (antes era empresa Y, ahora es Z).
Mi situacion en Z es insoportable, me quiero ir pues me hace trabajar 12H diarias ensayos de 1H algunos dias a la semana, me quita dia libres, me insulta...
Expuesto todo esto tengo varias preguntas:
-¿Es legal el contrato que el me hace, sabiendo que el servicio de animacion es un servicio que se presta siempre aunque Z sea una empresa externa?
-En caso de que yo me vaya ¿tengo derecho a paro? ¿O me tiene que despedir mi jefe?
-¿En un contrato de obras y servicios cual es el limite de horas diarias?
-En caso de que supere ese limite de horas ¿Puedo dejar de hacer las horas de mas sin que pueda ser causa de despido?
-Una grabacion casera en la que se oigan los insultos que me profiere el jefe ¿es prueba valida en un juicio?
Muchas Gracias
22/11/2002 12:08
No es necesario que pase tiempo. Ese contrato se presume indefinido. El trabajador debe seguir prestando sus servicios con toda normalidad, y el día que la empresa decida extinguirlo por fín de contrato, es cuando se debe reclamar por despido improcedente. Mientras tanto es mejor no mover el tema.
18/11/2002 11:53
Triana, el contrato de obras o servicio debe quedar especificado y debe de argumentarse periódicamente, la duración es incierta, si la duración es superior a un año la parte que decida extinguir el contrato deberá comunicarlo con un plazo de 15 días.

Saludos
Contrato obras y servicios.
14/11/2002 05:41
Quisiera saber: Si un contrato de estas características no se especifica de antemano, el lugar de la obra ni el tiempo de duración (que ya son motivos de ilegalidad), para la extinción de este contrato, ¿cuánto tiempo debe de pasar "legalmente" para renovarse o finalizarse?. Muchas gracias señores/as.
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25/04/2016 22:44
No te puedo responder a las preguntas porque no se de leyes, pero en un párrafo decías que te redujo la jornada laboral en el contrato (pero seguías trabajando 8h) y en el último dices que trabajas 4 horas, me imagino que es un error y querías decir 8.
25/04/2016 20:45
Muy buenas tardes a todos,
He leído varios comentarios y me parece una idea estupenda de ayudar a los que no saben tanto de leyes.Os cuento:
Empece a trabajar en la empresa en enero 2009 con un contrato a tiempo completo. Despùes de 4 años viene mi jefe y me propone pasar a media jornada por el motivo que si no se ve obligado a cerrar,solo durante 6 meses.Pasado ese tiempo ,según el,volvería a tener el contrato inicial.La verdad es que desde el principio la relación laboral con el ha sido muy buena.Eramos muy amigos ,cafés, comidas etc,no pensaba que las cosas podrían llegar a peor en cuanto a nuestra relación laboral.
Se ha procedido al despido improcedente,he firmado un finiquito que nunca he llegado a cobrar.Me ha dado de alta en régimen de media jornada y desde entonces hasta hoy en día sigo igual.Quiero deciros que evidentemente trabajo jornada completa y aveces mas.
Tengo entendido que quiere quebrar la actual empresa para no pagar ningún tipo de indemnización a nadie,y abrir otra pero con otro nombre y traspasar todo a esa nueva empresa.Todo esto por que tiene mucha deuda con la S.S y hacienda.Y se piensa que de esa manera puede engañar al estado y no pagar nada a nadie.
En la empresa somos 10 personas,todos con contrato indefinido, a media jornada.Mis compañeros también trabajan a tiempo completo.


preguntas:
Podría llegar a cobrar el primer finiquito?
Aunque la actual empresa quiebre,el empresario tiene la obligación legal de indemnizar a los trabajadores?
Puede abrir otra empresa con la misma gente,maquinaria y vehículos,aunque ha quebrado la otra? .
Que podría hacer para asegurarme que ante un despido no me vea perjudicado?
Seria legal que antes de quebrar la empresa ,vendiera los bienes a terceros para que no tenga bienes a su nombre?


P.D.
Estoy en el convenio de la construccion.
No tengo un punto de trabajo fijo.Cada dos dias aproximadamente empezamos otra obra.Las obras son de poca duración..
Se me ha pasado por cabeza apuntar todos los días las direcciones a donde voy a trabajar y las personas con quien estoy.
Aunque trabajo 4 h el me paga lo acordado ,parte en la nomina y parte en B.El mismo procedimiento lo aplica con los demás compañeros,todo esto para ahorrarse en S.S. y en otros gastos.


Un saludo
25/04/2016 16:51
Et ipse est in Ecclesia ;)

25/04/2016 16:13
Gracias por las respuestas.
Aclaro algunas cosas, mi jefe es el dueño de la empresa junto con otro socio. Su empresa presta el servicio de animación en ese hotel porque el hotel esta externealizando los servicios que presta.
He estado mirando el convenio para animación publicado en el BOE y pone que 39 horas semanales, pudiéndose hacer 9 horas máximo día excepcionalmente. Y en el artículo 26 se dice que en caso de contrato por obras y servicios debe estar bien especificado el motivo de ese servicio (cosa que no aparece en mi contrato).
Ahora bien, ¿esto va a misa, o hay otros convenios que anulen esto?
25/04/2016 10:08
En cuanto a la grabación de los insultos: le serviría de prueba contra su jefe, a título personal, por trato vejatorio. Para utilizarlo en una demanda contra la empresa, creo que sería conveniento primero que pusiera los hechos en conocimiento de los superiores de ambos (a no ser, claro, que ese jefe que le insulta sea el dueño o administrador de la firma), y en caso de que no se ataje entonces poder denunciar también a la empresa por no haber impedido ese trato vejatorio.
25/04/2016 09:50
Por partes:

en principio, si el contrato está bien redactado, es legal, aunque eso de prestar tus servicios en las instalaciones de otra empresa es más delicado. Pero si está bien redactado el contrato (cosa que dudo mucho) es legal.

Si te vas voluntariamente no tienes derecho a desempleo

el número de horas depende. Si el contrato es a tiempo completo...tienes que mirar el convenio colectivo, pero vamos, lo normal 8 horas/día

en cuanto a la grabación, si participas en ella, no debería haber problema en usarla en juicio, aunque habría que oirla y demás para poder decírtelo con exactitud, pero lo normal es que sí.

MI consejo: si te quieres ir...deja de ir. Lo normal es que te haga un despido por no presentarte al trabajo y ya tienes tu derecho al paro.
25/04/2016 02:16
Subo
22/04/2016 16:47
Buenas aprovecho que este hilo esta abierto para exponer mi situacion:
Realizo trabajos de animacion en un hotel (llamemoslo X) que tiene contratado este servicio a una empresa externa (llamemosla Z) para la que yo trabajo. El contrato mio con Z es de obras y servicios desde hace un año, en este año Z me ha hecho dos contratos, uno al iniciar mi relacion con Z y otro cuando Z cambio de nombre (antes era empresa Y, ahora es Z).
Mi situacion en Z es insoportable, me quiero ir pues me hace trabajar 12H diarias ensayos de 1H algunos dias a la semana, me quita dia libres, me insulta...
Expuesto todo esto tengo varias preguntas:
-¿Es legal el contrato que el me hace, sabiendo que el servicio de animacion es un servicio que se presta siempre aunque Z sea una empresa externa?
-En caso de que yo me vaya ¿tengo derecho a paro? ¿O me tiene que despedir mi jefe?
-¿En un contrato de obras y servicios cual es el limite de horas diarias?
-En caso de que supere ese limite de horas ¿Puedo dejar de hacer las horas de mas sin que pueda ser causa de despido?
-Una grabacion casera en la que se oigan los insultos que me profiere el jefe ¿es prueba valida en un juicio?
Muchas Gracias
22/11/2002 12:08
No es necesario que pase tiempo. Ese contrato se presume indefinido. El trabajador debe seguir prestando sus servicios con toda normalidad, y el día que la empresa decida extinguirlo por fín de contrato, es cuando se debe reclamar por despido improcedente. Mientras tanto es mejor no mover el tema.
18/11/2002 11:53
Triana, el contrato de obras o servicio debe quedar especificado y debe de argumentarse periódicamente, la duración es incierta, si la duración es superior a un año la parte que decida extinguir el contrato deberá comunicarlo con un plazo de 15 días.

Saludos
Contrato obras y servicios.
14/11/2002 05:41
Quisiera saber: Si un contrato de estas características no se especifica de antemano, el lugar de la obra ni el tiempo de duración (que ya son motivos de ilegalidad), para la extinción de este contrato, ¿cuánto tiempo debe de pasar "legalmente" para renovarse o finalizarse?. Muchas gracias señores/as.