Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Contrato para la formacion (bonificacion si o no)

2 Comentarios
 
Contrato para la formacion (bonificacion si o no)
13/03/2014 22:28
Hola.

Supuesto en el que una empresa contrata a un trabajador el 1 de marzo de 2014 para 3 meses (es decir, hasta el 31 de mayo). Contrato eventual por circunstancias de la producción.

El día 15 de junio de 2014 la empresa quiere volver a contratar al mismo trabajador para el mismo puesto con un contrato para la formación y el aprendizaje.

Mi pregunta es:
¿La empresa puede acogerse a las bonificaciones de Seguridad Social o queda excluida?
14/03/2014 01:35
Obelix, molestese un poco, teclee "Cto para la formación y el aprendizaje", le saldrá la pag. oficial del SEPE y sobre incentivos para la empresa dice lo siguiente:
Incentivos para las empresas
Durante toda la vigencia del contrato, incluidas las prórrogas, se aplicará una reducción del 100% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, así como las correspondientes a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, desempleo, fondo de garantía salarial y formación profesional, correspondiente a dichos contratos, si el contrato se realiza por empresas cuya plantilla sea inferior a 250 personal, o del 75%, en el supuesto de que la empresa tenga una plantilla igual o superior a esa cifra.
Reducción del 100% de las cuotas de los trabajadores a la Seguridad Social durante toda la vigencia del contrato, incluidas sus prórrogas.
Las empresas que, a la finalización de su duración inicial o prorrogada, transformen en contratos indefinidos los contratos para la formación y el aprendizaje, cualquiera que sea la fecha de celebración, tendrán derecho a una reducción en la cuota empresarial a la Seguridad Social de 1.500 euros/año, durante tres años. En el caso de mujeres, dicha reducción será de 1.800 euros/año durante tres años. Serán de aplicación estas mismas reducciones en los supuestos de contratos para la formación celebrados con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 10/2011, de 26 de agosto, (BOE núm. 208 de martes 30 de agosto de 2011), que se transformen en indefinidos a partir del 1 de enero de 2012.


14/03/2014 14:24
Hola jampreve.

Gracias por contestar.
En primer lugar, decirle que ya me he "molestado" en leer todo lo que menciona.

En segundo lugar, decir que me han comentado que sigue vigente la ley 43/2006, que dice que se excluye de bonificaciones aquellas empresas que previamente al contrato de formación hayan concertado un contrato de duración determinada.... en los 6 meses previos.

Pero no estoy seguro. Y esa era la razón de mi consulta.
Contrato para la formacion (bonificacion si o no) | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Contrato para la formacion (bonificacion si o no)

2 Comentarios
 
Contrato para la formacion (bonificacion si o no)
13/03/2014 22:28
Hola.

Supuesto en el que una empresa contrata a un trabajador el 1 de marzo de 2014 para 3 meses (es decir, hasta el 31 de mayo). Contrato eventual por circunstancias de la producción.

El día 15 de junio de 2014 la empresa quiere volver a contratar al mismo trabajador para el mismo puesto con un contrato para la formación y el aprendizaje.

Mi pregunta es:
¿La empresa puede acogerse a las bonificaciones de Seguridad Social o queda excluida?
14/03/2014 01:35
Obelix, molestese un poco, teclee "Cto para la formación y el aprendizaje", le saldrá la pag. oficial del SEPE y sobre incentivos para la empresa dice lo siguiente:
Incentivos para las empresas
Durante toda la vigencia del contrato, incluidas las prórrogas, se aplicará una reducción del 100% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, así como las correspondientes a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, desempleo, fondo de garantía salarial y formación profesional, correspondiente a dichos contratos, si el contrato se realiza por empresas cuya plantilla sea inferior a 250 personal, o del 75%, en el supuesto de que la empresa tenga una plantilla igual o superior a esa cifra.
Reducción del 100% de las cuotas de los trabajadores a la Seguridad Social durante toda la vigencia del contrato, incluidas sus prórrogas.
Las empresas que, a la finalización de su duración inicial o prorrogada, transformen en contratos indefinidos los contratos para la formación y el aprendizaje, cualquiera que sea la fecha de celebración, tendrán derecho a una reducción en la cuota empresarial a la Seguridad Social de 1.500 euros/año, durante tres años. En el caso de mujeres, dicha reducción será de 1.800 euros/año durante tres años. Serán de aplicación estas mismas reducciones en los supuestos de contratos para la formación celebrados con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 10/2011, de 26 de agosto, (BOE núm. 208 de martes 30 de agosto de 2011), que se transformen en indefinidos a partir del 1 de enero de 2012.


14/03/2014 14:24
Hola jampreve.

Gracias por contestar.
En primer lugar, decirle que ya me he "molestado" en leer todo lo que menciona.

En segundo lugar, decir que me han comentado que sigue vigente la ley 43/2006, que dice que se excluye de bonificaciones aquellas empresas que previamente al contrato de formación hayan concertado un contrato de duración determinada.... en los 6 meses previos.

Pero no estoy seguro. Y esa era la razón de mi consulta.