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contrato por circunstancias de la producción

1 Comentarios
 
Contrato por circunstancias de la producción
17/01/2011 19:50
Hola a todos,

El caso es que una empresa constructora ha contratado con otra empresa para la ejecución de una obra, la construcción de unas piezas de gran tamaño. Como dichas piezas deben ser fabricadas con una enorme precisión y que cualquier defecto en las mismas supondría un retraso en la ejecución de la obra, la empresa constructora en cuestión quiere contratar a una persona para que supervise la construcción de dichas piezas en los talleres de la empresa proveedora. Con esto se tendría el control de calidad propio de la empresa proveedora y un control adiccional de la empresa constructora. Para ello se le haría al trabajador un contrato por circunstancias de la producción de 3 meses que es el tiempo establecido para hacer las piezas. ¿Podría haber algún problema con este contrato por el hecho de que se desarrollase por entero en el centro de trabajo de la empresa proveedora?
Muchas Gracias
17/01/2011 20:18
No considero apropiado el tipo de contrato,circunstancias de la produccion...que clase de pico en la actividad fundamentaria tal contratacion...es que acaso a constructora se dedica a realizar placas...no,quien las realiza es la empresa proveedora que seria la facultada para realizar ese tipo de contrato(entre parentesis,pues solo en caso de que realmente fuese un pico de produccion o circunstancias imprevistas dentro del normal proceso productivo).Como quien contratara al trabajador es la constructora el contrato adecuado es el contrato por obra o servicio determinado,explicitando en el el lugar de prestacion (la fabrica del proveedor) y las caracteristicas del mismo (control de calidad de paneles prefabricados)tienes asimismo la ventaja de que aunque dure mas de tres meses no tendras problema con eso pues el trabajo terminara cuando se termine el proceso de verificacion de la fabricacion.Ten en cuenta que el trabajador contratado no puede recibir ordenes de personal de la empresa proveedora y solamente de la constructora que le contrata que es para quien trabaja...redactar bien y clarito el contrato para que no de lugar a poder estrimarse una presunta cesion ilegal de trabajadores y no tiene porque haber ningun problema siempre que sea la constructora quien le pague etc.
contrato por circunstancias de la producción | PorticoLegal
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Contrato por circunstancias de la producción
17/01/2011 19:50
Hola a todos,

El caso es que una empresa constructora ha contratado con otra empresa para la ejecución de una obra, la construcción de unas piezas de gran tamaño. Como dichas piezas deben ser fabricadas con una enorme precisión y que cualquier defecto en las mismas supondría un retraso en la ejecución de la obra, la empresa constructora en cuestión quiere contratar a una persona para que supervise la construcción de dichas piezas en los talleres de la empresa proveedora. Con esto se tendría el control de calidad propio de la empresa proveedora y un control adiccional de la empresa constructora. Para ello se le haría al trabajador un contrato por circunstancias de la producción de 3 meses que es el tiempo establecido para hacer las piezas. ¿Podría haber algún problema con este contrato por el hecho de que se desarrollase por entero en el centro de trabajo de la empresa proveedora?
Muchas Gracias
17/01/2011 20:18
No considero apropiado el tipo de contrato,circunstancias de la produccion...que clase de pico en la actividad fundamentaria tal contratacion...es que acaso a constructora se dedica a realizar placas...no,quien las realiza es la empresa proveedora que seria la facultada para realizar ese tipo de contrato(entre parentesis,pues solo en caso de que realmente fuese un pico de produccion o circunstancias imprevistas dentro del normal proceso productivo).Como quien contratara al trabajador es la constructora el contrato adecuado es el contrato por obra o servicio determinado,explicitando en el el lugar de prestacion (la fabrica del proveedor) y las caracteristicas del mismo (control de calidad de paneles prefabricados)tienes asimismo la ventaja de que aunque dure mas de tres meses no tendras problema con eso pues el trabajo terminara cuando se termine el proceso de verificacion de la fabricacion.Ten en cuenta que el trabajador contratado no puede recibir ordenes de personal de la empresa proveedora y solamente de la constructora que le contrata que es para quien trabaja...redactar bien y clarito el contrato para que no de lugar a poder estrimarse una presunta cesion ilegal de trabajadores y no tiene porque haber ningun problema siempre que sea la constructora quien le pague etc.