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Contrato por Obra a Indefinido

3 Comentarios
 
Contrato por obra a indefinido
11/04/2012 14:19
Buenas tardes.

Estoy con muchisimas dudas acerca de este tema, y mas con todo lo de la ultima reforma laboral.

Firme un contrato por obra em Mayo de 2009, y a dia de hoy sigo en la misma empresa con la misma actividad.

Mi duda es si, yo ya deberia de ser indefinido, segun lo establecido anteriormente al 18 de Junio de 2010, que se modifico este aspecto (se convertia en indefinido a los 2 años, mas una posible prorroga de un año si estaba contemplado en el convenio colectivo), o si por el contrario se me aplica lo posterior al 18 de Junio de 2010 (pasa a ser indefinido a los 3 años mas uno opcional de prorroga si esta ene l convenio), o si directamente mi contrato jamas sera indefinido..

Lo siento si no me he explicado muy bien, soy muy patán para estas cosas..

Ah !! Mi convenio es el de Oficinas y Despachos.

Muchas gracias por adelantado.
11/04/2012 18:17
Hola Touny,

En tu caso, te riges por lo establecido con anterioridad al real decreto que especificas ya que no tiene efectos retroactivos para contratos celebrados con anterioridad a la entrada en vigor del RD. Por tanto, te seguirá siendo de aplicación, a los efectos del cómputo del número de contratos, lo establecido en el artículo 15.5 según la redacción dada al mismo por la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo.
A mi entender y según lo que comentas, sí serías indefinido siempre y cuando la obra en la que estabas contratado inicialmente, ya haya finalizado.

Saludos.
11/04/2012 18:26
Muchas gracias por la respuesta, lorsil.

Respecto a tu ultimo matiz, eso es algo que se me habia escapado. La obra aun no ha terminado, de hecho en el contrato esta mencionada de una manera un poco ambigua..me explico:

Nmagina un proyecto llamado Proyecto Metro de MAdrid, y a mi me contratan para cambiarle los asientos a todos los trenes, pero en mi contrato pone "hasta la finalizacion del proyecto de Metro de Madrid en la Comunidad de Madrid". El proyecto es un proyecto que tiene un tiempo indeterminado de duracion, por no decir que no tiene fin, siempre se hacen cosas en los trenes, en las lineas, siempre hay que conducir los trenes..etc, aunque a mi me hayan contratado solo para cambiar los asientos. A lo sumo, la Comunidad de Madrid no renovaria el contrato de servicio con mi empresa, para darselo a otra, pero una vez que yo termine de cambiar los asientos de los trenes, el proyecto seguira existiendo y siempre habra cosas que hacer..

En un caso asi, se consideraria que no ha finalizado la obra, y por tanto, no soy trabajador indefinido?

Añado un par de matices y es que solo he firmado un unico contrato(en Mayo de 2009), y que tampoco he recibido nunca notificacion alguna de la empresa con respecto a este tema.

De nuevo, muchas gracias.
11/04/2012 18:49
Ah, entonces si solo has firmado un contrato, la duración del mismo al ser incierta, podría superar los dos años, me explico, ese límite, es para la firma de uno o mas contratos con la misma empresa.

Además, te han puesto una obra muy amplia y precisamente en este tipo de contratos hay que especificarla bastante bien para luego evitar estos temas.


Tendríamos que ver la actividad de principal de tu empresa ya que el contrato de obra y servicio, es un contrato temporal para realizar trabajos "con autonomía y sustantividad propia" dentro de la actividad de la empresa, es decir, no la actividad principal, y cuya duración, "aunque limitada en el tiempo, sea incierta".

No obstante, es mejor saber de otra opinión. :)
Contrato por Obra a Indefinido | PorticoLegal
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Contrato por Obra a Indefinido

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Contrato por obra a indefinido
11/04/2012 14:19
Buenas tardes.

Estoy con muchisimas dudas acerca de este tema, y mas con todo lo de la ultima reforma laboral.

Firme un contrato por obra em Mayo de 2009, y a dia de hoy sigo en la misma empresa con la misma actividad.

Mi duda es si, yo ya deberia de ser indefinido, segun lo establecido anteriormente al 18 de Junio de 2010, que se modifico este aspecto (se convertia en indefinido a los 2 años, mas una posible prorroga de un año si estaba contemplado en el convenio colectivo), o si por el contrario se me aplica lo posterior al 18 de Junio de 2010 (pasa a ser indefinido a los 3 años mas uno opcional de prorroga si esta ene l convenio), o si directamente mi contrato jamas sera indefinido..

Lo siento si no me he explicado muy bien, soy muy patán para estas cosas..

Ah !! Mi convenio es el de Oficinas y Despachos.

Muchas gracias por adelantado.
11/04/2012 18:17
Hola Touny,

En tu caso, te riges por lo establecido con anterioridad al real decreto que especificas ya que no tiene efectos retroactivos para contratos celebrados con anterioridad a la entrada en vigor del RD. Por tanto, te seguirá siendo de aplicación, a los efectos del cómputo del número de contratos, lo establecido en el artículo 15.5 según la redacción dada al mismo por la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo.
A mi entender y según lo que comentas, sí serías indefinido siempre y cuando la obra en la que estabas contratado inicialmente, ya haya finalizado.

Saludos.
11/04/2012 18:26
Muchas gracias por la respuesta, lorsil.

Respecto a tu ultimo matiz, eso es algo que se me habia escapado. La obra aun no ha terminado, de hecho en el contrato esta mencionada de una manera un poco ambigua..me explico:

Nmagina un proyecto llamado Proyecto Metro de MAdrid, y a mi me contratan para cambiarle los asientos a todos los trenes, pero en mi contrato pone "hasta la finalizacion del proyecto de Metro de Madrid en la Comunidad de Madrid". El proyecto es un proyecto que tiene un tiempo indeterminado de duracion, por no decir que no tiene fin, siempre se hacen cosas en los trenes, en las lineas, siempre hay que conducir los trenes..etc, aunque a mi me hayan contratado solo para cambiar los asientos. A lo sumo, la Comunidad de Madrid no renovaria el contrato de servicio con mi empresa, para darselo a otra, pero una vez que yo termine de cambiar los asientos de los trenes, el proyecto seguira existiendo y siempre habra cosas que hacer..

En un caso asi, se consideraria que no ha finalizado la obra, y por tanto, no soy trabajador indefinido?

Añado un par de matices y es que solo he firmado un unico contrato(en Mayo de 2009), y que tampoco he recibido nunca notificacion alguna de la empresa con respecto a este tema.

De nuevo, muchas gracias.
11/04/2012 18:49
Ah, entonces si solo has firmado un contrato, la duración del mismo al ser incierta, podría superar los dos años, me explico, ese límite, es para la firma de uno o mas contratos con la misma empresa.

Además, te han puesto una obra muy amplia y precisamente en este tipo de contratos hay que especificarla bastante bien para luego evitar estos temas.


Tendríamos que ver la actividad de principal de tu empresa ya que el contrato de obra y servicio, es un contrato temporal para realizar trabajos "con autonomía y sustantividad propia" dentro de la actividad de la empresa, es decir, no la actividad principal, y cuya duración, "aunque limitada en el tiempo, sea incierta".

No obstante, es mejor saber de otra opinión. :)