Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Contrato prácticas, antiguedad y nuevo contrato.

3 Comentarios
 
Contrato prácticas, antiguedad y nuevo contrato.
22/12/2010 13:43
Buenas,

Empecé a trabajar en una empresa, con alta el 22/10/2008 con un contrato en prácticas de 1 año de duración (hasta 21/10/200), después se prorrogó otro año hasta el 22/10/2010 (Máximo 2 años para contratos en prácticas).

Ahora, he vuelto a la empresa a trabajar, con fecha de alta 17/12/2010, pero me dicen que la antiguedad no es desde el 22/10/2008, sino desde el nuevo contrato, que es un 501 (obra o servicio).


¿Es legal o me tienen que respetar el 22/10/2008 como antiguedad?.

Gracias.
22/12/2010 13:56
En mi opinión es correcto, la antigüedad es desde el nuevo contrato.

La razón? Que han dejado pasar más de los 20 días hábiles que se tienen para demandar por despido entre una situación y otra, entre el fin del contrato en prácticas y el nuevo contrato por obra (han pasado casi 2 meses), con lo que no veo que haya concatenación de contratos y por tanto no tendría porque contar la antigüedad del contrato en prácticas.

Un saludo.
24/12/2010 08:16
Vamos que el empresario lo ha hecho a sabiendas, todo por no hacerme indefinido al acabar el contrato en práticas de 2 años, ¿no?. Una vez acabas los 2 años del contrato en prácticas o te hacen indefinido o te despiden.

Pues hoy mismo voy a hablar con él, por que si me quitan la antiguedad, no me quedo en la empresa, ya que ahora realizo mi trabajo de forma muchísimo más eficiente que antes y entre el 23/10 al 16/12 he estado trabajando allí, sólo que no dado de alta en seguridad social.

Ese parón de más de mes y medio se ha hecho a conciencia, pues nada, hoy le daré la nochebuena.
24/12/2010 08:54
El que haya estado vd. trabajando, aunque sin contrato, en el período que dice, cambia muchísimo las cosas. Si lo puede acreditar, podrá exigir la antigüedad. Yo aún no hablaba con él. Esperaría, en todo caso, a cumplir el primer período en el que cobre por antigüedad (treinio, cuatrienio....). O bien, demandar por despido cuando le extingan el contrato de obra (que por cierto es a tiempo parcial)
Contrato prácticas, antiguedad y nuevo contrato. | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Contrato prácticas, antiguedad y nuevo contrato.

3 Comentarios
 
Contrato prácticas, antiguedad y nuevo contrato.
22/12/2010 13:43
Buenas,

Empecé a trabajar en una empresa, con alta el 22/10/2008 con un contrato en prácticas de 1 año de duración (hasta 21/10/200), después se prorrogó otro año hasta el 22/10/2010 (Máximo 2 años para contratos en prácticas).

Ahora, he vuelto a la empresa a trabajar, con fecha de alta 17/12/2010, pero me dicen que la antiguedad no es desde el 22/10/2008, sino desde el nuevo contrato, que es un 501 (obra o servicio).


¿Es legal o me tienen que respetar el 22/10/2008 como antiguedad?.

Gracias.
22/12/2010 13:56
En mi opinión es correcto, la antigüedad es desde el nuevo contrato.

La razón? Que han dejado pasar más de los 20 días hábiles que se tienen para demandar por despido entre una situación y otra, entre el fin del contrato en prácticas y el nuevo contrato por obra (han pasado casi 2 meses), con lo que no veo que haya concatenación de contratos y por tanto no tendría porque contar la antigüedad del contrato en prácticas.

Un saludo.
24/12/2010 08:16
Vamos que el empresario lo ha hecho a sabiendas, todo por no hacerme indefinido al acabar el contrato en práticas de 2 años, ¿no?. Una vez acabas los 2 años del contrato en prácticas o te hacen indefinido o te despiden.

Pues hoy mismo voy a hablar con él, por que si me quitan la antiguedad, no me quedo en la empresa, ya que ahora realizo mi trabajo de forma muchísimo más eficiente que antes y entre el 23/10 al 16/12 he estado trabajando allí, sólo que no dado de alta en seguridad social.

Ese parón de más de mes y medio se ha hecho a conciencia, pues nada, hoy le daré la nochebuena.
24/12/2010 08:54
El que haya estado vd. trabajando, aunque sin contrato, en el período que dice, cambia muchísimo las cosas. Si lo puede acreditar, podrá exigir la antigüedad. Yo aún no hablaba con él. Esperaría, en todo caso, a cumplir el primer período en el que cobre por antigüedad (treinio, cuatrienio....). O bien, demandar por despido cuando le extingan el contrato de obra (que por cierto es a tiempo parcial)