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Contrato relevo de prejubilación

2 Comentarios
 
Contrato relevo de prejubilación
15/03/2019 15:51
Muy buenas! Me gustaría saber si se mantienen los derechos (remuneraciones por festivo, domingos, etc) y obligaciones son las mismas para el relevista que para la persona relevada. Yo trabajo en el aeropuerto de Barcelona en una empresa de limpieza de aviones. Resulta que las empresas van y vienen porqué el servicio lo adjudica AENA durante dos años normalmente, pero la plantilla es la misma y vamos pasando subrogados. Pues bien, yo estaba con un contrato de prejubilación cuando pasé subrogado a otra empresa y una vez en esta renuncié a dicho contrato para firma otro contrato de relevo por prejubilación con más duración. Ahora me dicen que tengo las condiciones de el convenio con esta empresa y que no me pertenecen los acuerdos obtenidos con la empresa anterior. Es cierto?

Si necesitáis mas información para resolver la duda o no acabo de explicarme bien, por favor hacérmelo saber. Muchas gracias de antemano!
15/03/2019 18:21
Alex7
Pues no es que no se explica usted bien sino que me da que se la han metido doblada.
Como qué tenía un CTO de prejubilación y renunció? Usted era relevista o el trabajador que se prejubilaba? Es que este punto no me queda claro.
Caso 1, trabajador que se prejubilaba según el año en que comienza la prejubilación y si el contrato del relevista es indefinido o no, es decir que cuando el trabajador se jubila el relevista pasa a ser indefinido, el trabajador prejubilado tiene que hacer una jornada anual correspondiente entre el 25% y el 15% de la jornada,(además puede hacer esta jornada durante los 4 años o todo seguido en un solo año, no como quieren las empresas que trabaje esa jornada en los meses de verano), en el caso de que el trabajador relevista vaya a suplir al jubilado una vez éste se jubile pues la jornada a realizar por éste último caerá del 15%.
Caso 2, que visites sea el trabajador relevista, bien creo que éste es el caso, aquí el problema es que como relevista usted ya había firmado un cto con la primera empresa y si era para suplir al trabajador cuando este se jubila de usted estaría haciendo una jornada del 85% anual pero me dice que su empresa subroga y que usted, (supongo a petición de la empresa entrante), renunció a dicho cto y le hicieron un nuevo cto como relevista pero que seguramente ahora era sobre una jornada del 75% anual y además que a los cuatro años la empresa no está obligada a pasarle a indefinido.
Bueno pues si estamos en éste segundo caso y usted firmó la renuncia al primer cto de relevo me temo que cae la han metido doblada ya que es usted quién voluntariamente, (engañado o no), renunció a su primer cto cuando no tenía ninguna obligación.
SMO
24/03/2019 17:47
Alex7
Muy buenas, gracias por tu tiempo.
Correcto, soy el relevista y renuncié "voluntariamente" a petición de la empresa a un contrato de pre jubilación al que le quedaban 9 meses para su finalización para firmar otra pre jubilación con 4 años de duración y mejora de categoría. He obtenido mejoras en salario base y algunos pluses que se calculan a raíz de este. El problema viene con el cobro de festivos y domingos.
Mi pregunta es, si obtengo la misma categoría de la persona relevada, porqué no conservo también el resto de derechos (que yo también tenía) y obligaciones que el trabajador pre jubilado? No tengo nada que rascar?

Muchas gracias!
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Contrato relevo de prejubilación
15/03/2019 15:51
Muy buenas! Me gustaría saber si se mantienen los derechos (remuneraciones por festivo, domingos, etc) y obligaciones son las mismas para el relevista que para la persona relevada. Yo trabajo en el aeropuerto de Barcelona en una empresa de limpieza de aviones. Resulta que las empresas van y vienen porqué el servicio lo adjudica AENA durante dos años normalmente, pero la plantilla es la misma y vamos pasando subrogados. Pues bien, yo estaba con un contrato de prejubilación cuando pasé subrogado a otra empresa y una vez en esta renuncié a dicho contrato para firma otro contrato de relevo por prejubilación con más duración. Ahora me dicen que tengo las condiciones de el convenio con esta empresa y que no me pertenecen los acuerdos obtenidos con la empresa anterior. Es cierto?

Si necesitáis mas información para resolver la duda o no acabo de explicarme bien, por favor hacérmelo saber. Muchas gracias de antemano!
15/03/2019 18:21
Alex7
Pues no es que no se explica usted bien sino que me da que se la han metido doblada.
Como qué tenía un CTO de prejubilación y renunció? Usted era relevista o el trabajador que se prejubilaba? Es que este punto no me queda claro.
Caso 1, trabajador que se prejubilaba según el año en que comienza la prejubilación y si el contrato del relevista es indefinido o no, es decir que cuando el trabajador se jubila el relevista pasa a ser indefinido, el trabajador prejubilado tiene que hacer una jornada anual correspondiente entre el 25% y el 15% de la jornada,(además puede hacer esta jornada durante los 4 años o todo seguido en un solo año, no como quieren las empresas que trabaje esa jornada en los meses de verano), en el caso de que el trabajador relevista vaya a suplir al jubilado una vez éste se jubile pues la jornada a realizar por éste último caerá del 15%.
Caso 2, que visites sea el trabajador relevista, bien creo que éste es el caso, aquí el problema es que como relevista usted ya había firmado un cto con la primera empresa y si era para suplir al trabajador cuando este se jubila de usted estaría haciendo una jornada del 85% anual pero me dice que su empresa subroga y que usted, (supongo a petición de la empresa entrante), renunció a dicho cto y le hicieron un nuevo cto como relevista pero que seguramente ahora era sobre una jornada del 75% anual y además que a los cuatro años la empresa no está obligada a pasarle a indefinido.
Bueno pues si estamos en éste segundo caso y usted firmó la renuncia al primer cto de relevo me temo que cae la han metido doblada ya que es usted quién voluntariamente, (engañado o no), renunció a su primer cto cuando no tenía ninguna obligación.
SMO
24/03/2019 17:47
Alex7
Muy buenas, gracias por tu tiempo.
Correcto, soy el relevista y renuncié "voluntariamente" a petición de la empresa a un contrato de pre jubilación al que le quedaban 9 meses para su finalización para firmar otra pre jubilación con 4 años de duración y mejora de categoría. He obtenido mejoras en salario base y algunos pluses que se calculan a raíz de este. El problema viene con el cobro de festivos y domingos.
Mi pregunta es, si obtengo la misma categoría de la persona relevada, porqué no conservo también el resto de derechos (que yo también tenía) y obligaciones que el trabajador pre jubilado? No tengo nada que rascar?

Muchas gracias!