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Contrato y tramites

4 Comentarios
 
Contrato y tramites
08/07/2013 14:25
Buenos días, llevo haciendo esto algun tiempo pero como me dice mi jefe y ahora voy a empezar a trabajar en otro sitio y no quiero meter la pata. Por si me pudieses ayudar.
Las dudas son sencillas pero...
¿ Cuantas copias sacais del contrato y copia básica? ¿ La copia básica se la dais al trabajador para que la firme?
La empresa tiene representante sindical y se que debo darle la copia básica ¿ Firmada por el trabajador también ? ¿ Debo darle al trabajador y representante sindical la comunicación en INEM de la comunicación del contrato al INEM? y la última cosa ¿ Comunicais la contratación al INEM una vez firmado por el representante de los trabajadores o no esperáis a dicha firma?
Son muchas preguntas, pero creo que mi jefe no lo hace correctamente y por lo tanto yo tampoco.
Muchas gracias
08/07/2013 16:00
¿ Cuantas copias sacais del contrato y copia básica?
Tres copias del contrato (en los modelos oficiales ya indica que se firma por triplicado) y una copia básica.
La copia básica no la firma el trabajador. Tampoco tienes porqué darsela al representante de los trabajadores, sino que este te la debe firmar a ti.

La comunicación al SEPE (no INEM) se debe hacer en un plazo de 10 días desde que se inica la relación laboral. Aunque lo normal es comunicar tanto el contrato como la copia básica a la vez, se puede hacer en trámites distintos, por lo que se podría comunicar primero el contrato y una vez que la copia básica la firme el representante de los trabajadores, comunicar la esta.

Salvo mejor opción.
08/07/2013 16:17
Muchas gracias, una ultima cosita¿la comunicacion al sepe se la dais al trabajador? He mirado algunos contratos que me han realizado y me la han entregado pero yo no lo hago ¿ es incirrecto?
Los empresarios están obligados a comunicar a los Servicios Públicos de Empleo, en el plazo de los diez días hábiles siguientes a su concertación, el contenido de los contratos de trabajo que celebren o las prórrogas de los mismos, deban o no formalizarse por escrito
También debe remitirse a los Servicios Públicos de Empleo la copia básica firmada por los representantes de los trabajadores ( plazo también de 10 días ), no es necesario que la firme el trabajador.
Se deben hacer 3 copias normales , una para el trabajador, otra para la empresa y otra para el sepe y dos copias básicas una para el sepe y otra para los representantes sindicales.




19/09/2015 11:22
Buenas,

Es obligatorio comunicar al SEPE la comunicación de la contratación laboral a traves del "envio de ficheros" y despues la copia basica del contrato.

Que consequencias supone el hecho de no haber enviado la copia basica del contrato pero si la comunicación de la contratación laboral?
Se puede enviar la copia basica del contrato aunque ya hayan pasado mas de 10 dias?



Gracias
Contrato y tramites | PorticoLegal
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Contrato y tramites
08/07/2013 14:25
Buenos días, llevo haciendo esto algun tiempo pero como me dice mi jefe y ahora voy a empezar a trabajar en otro sitio y no quiero meter la pata. Por si me pudieses ayudar.
Las dudas son sencillas pero...
¿ Cuantas copias sacais del contrato y copia básica? ¿ La copia básica se la dais al trabajador para que la firme?
La empresa tiene representante sindical y se que debo darle la copia básica ¿ Firmada por el trabajador también ? ¿ Debo darle al trabajador y representante sindical la comunicación en INEM de la comunicación del contrato al INEM? y la última cosa ¿ Comunicais la contratación al INEM una vez firmado por el representante de los trabajadores o no esperáis a dicha firma?
Son muchas preguntas, pero creo que mi jefe no lo hace correctamente y por lo tanto yo tampoco.
Muchas gracias
08/07/2013 16:00
¿ Cuantas copias sacais del contrato y copia básica?
Tres copias del contrato (en los modelos oficiales ya indica que se firma por triplicado) y una copia básica.
La copia básica no la firma el trabajador. Tampoco tienes porqué darsela al representante de los trabajadores, sino que este te la debe firmar a ti.

La comunicación al SEPE (no INEM) se debe hacer en un plazo de 10 días desde que se inica la relación laboral. Aunque lo normal es comunicar tanto el contrato como la copia básica a la vez, se puede hacer en trámites distintos, por lo que se podría comunicar primero el contrato y una vez que la copia básica la firme el representante de los trabajadores, comunicar la esta.

Salvo mejor opción.
08/07/2013 16:17
Muchas gracias, una ultima cosita¿la comunicacion al sepe se la dais al trabajador? He mirado algunos contratos que me han realizado y me la han entregado pero yo no lo hago ¿ es incirrecto?
Los empresarios están obligados a comunicar a los Servicios Públicos de Empleo, en el plazo de los diez días hábiles siguientes a su concertación, el contenido de los contratos de trabajo que celebren o las prórrogas de los mismos, deban o no formalizarse por escrito
También debe remitirse a los Servicios Públicos de Empleo la copia básica firmada por los representantes de los trabajadores ( plazo también de 10 días ), no es necesario que la firme el trabajador.
Se deben hacer 3 copias normales , una para el trabajador, otra para la empresa y otra para el sepe y dos copias básicas una para el sepe y otra para los representantes sindicales.




19/09/2015 11:22
Buenas,

Es obligatorio comunicar al SEPE la comunicación de la contratación laboral a traves del "envio de ficheros" y despues la copia basica del contrato.

Que consequencias supone el hecho de no haber enviado la copia basica del contrato pero si la comunicación de la contratación laboral?
Se puede enviar la copia basica del contrato aunque ya hayan pasado mas de 10 dias?



Gracias