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control alcoholemia

32 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 32 comentarios
Control alcoholemia
10/11/2009 17:42
Hola buenas tardes me pongo en contacto con la pagina para comunicar mi problema.
El sabado 7-11-09 la policia municipal me hizo un control de alcoholemia y el resultado fue
0.60.
Los municipales comentaron que el juez se pondria en contacto
conmigo por via movil, pero han pasao 2 dias y todavia no se nada del juicio.
Mi pregunta es la siguiente: Cuanto tiempo tarda el juez n llamar para juicio? Cuanto tiempo me retiraran el permiso de conducir? Que tipo de abogado me hace falta para los casos de alcoholemia? Yo creo un penal o uno espcializado en est tipo de infracciones.
Gracias por la ayuda.
Un saludo y abrazos
11/11/2009 08:00
que tal house, aun estamos asi. no sabes que no se debe de conducir después de beber.

la policía local habra confeccionado unas diligencias llevadas la juzgado como juicio rapido. deberían de haberte dado una citación la cual tendrias el derecho de firmar.

informarte de que con 0,60, la fiscalía no debería de imputarte delito alguno por los márgenes de error que es obligatorio tener en cuenta en la realización de las pruebas y obtención del resultado. la fiscalía trabaja con las órdenes de entender como delito hasta una tasa igual o superior a 0.65 mg/l de aire espirado.
no creo que el juez te llame al teléfono, lo podría hacer algún funcionario si bien tendrias que firmar la citación que de dieran por escrito.

yo creo que lo mas normal, si los síntomas de alcoholemia no eran alarmantes, y tu a la hora de ser parado y durante el tiempo que estuviste en presencia de los agentes, te comportaste como una persona normal, la fiscalía se desentienda de la imputación de un delito, y lo pase a la Jefatura de trafico de tu provincia para que inicien un expedinte por infracción al art. del rd. 1428/2003, con ina probable sanción de 600 euros, 6 puntos y 1 mes de retirada de permiso conducir.

la sanción en el juzgado depende de acuerdos entre las partes que el abogado que contrates, para que alegue lo del margén de error en caso necesario, te explicará bajo un precio también acordado.

un saludo, suerte, y coge el paso que los taxistas también comen, y menos que los juzgados y trafico (jefatura).
11/11/2009 09:58
la policia me dijo que esto seria una sancion administrativa,
(aunque yo estuve 6 horas en el calabozo) pero no me fio de lo que me contaron los municipals. tambien me dijo que esto no conlleva antecedentes penales y que me podria presentar a la oposicion. por eso escrito en esta pagina.
yo fui super educado con los municipales y no falte el respeto
en ningun momento a la policia.
hize todo lo que me mandaban sin quejarme de nada en ningun momento.
Gracias
un saludo y un abrazo.
11/11/2009 11:25
Si estuviste en el calabozo apostaría a que recibirás una citación para un juicio rápido, casi seguro. El posible margen de error hay quien lo aplica y hay quien no, por lo que yo no lanzaría las campanas al vuelo.

Saber guardar las formas y comportarse ante una situación adversa como ésta es importante pero no determinante.

Deberías tener más información de la que pareces tener, si no es así, acércate a atestados de esa policía local e interésate por el tema, a ver qué tratamiento se le ha dado a tu conducta.

11/11/2009 22:50
como dice kapitan, lo del margen de error hay quien lo aplica y hay quien no, porque yo con 0.64 he sido condenada, si decimos que hasta 0.65 no deberia imputarse delito entonces la cosa no me cuadra....tampoco tenia sintomas y fui muy respetuosa con ellos, claro que ese factor es importante y a tener en cuenta pero no es decisivo, en mi caso fueron a por la tasa y santas pascuas.....
en fin house espero que tu tengas mas suerte que yo, saludos.
12/11/2009 03:14
mary82 : Si no le importa me puede decir que pena le impusieron.
Saludos
12/11/2009 07:53
hola house:

los márgenes de error, no se aplican según convenga a los agentes o al ministerio fiscal de la provincia en la que vivas según les apetezca. los márgenes de error se aplican porque lo la fiscalía general para tráfico, se ha reunido con el fabricante de los etilómetros y le expuso la posibilidad de que los etilómetros de su marca drager tuviera algún tipo de error en la medición.
según el año de fabricación de los aparatos, el fabricante adjudico un margén de error para los etilómetros y para los cinemometros (radar) que mide mediante microondas.
tras estas mediciones, el fiscal dió directrices a los agentes para que aplicaran estes márgenes. para alcoholemia, unifico esos margenes por año de fabricación, y puso la misma tasa para todos los aparatos que fue de 0,65 mg/l. para velocidad, en autovía el delito seria a partir de 200 km /h, pero sin embargo no se aplica hasta 220km/h.

ESTO TENDRÍA QUE SER IGUAL EN TODA ESPAÑA. LA AGRUPACIÓN DE TRÁFICO DE LA GUARDIA CIVIL ASÍ LO APLICA. lo que hagan otras policías bajo su responsabilidad, es problema de ellos. cualquiera puede acercarse a un destacamento de tráfico de la guardia civil y le darán esta información.

un saludo
12/11/2009 08:02
continuo con lo anterior y hago una pregunta.

¿veriais posible que si me paran en control de alcoholemia en límite demarcación entre guardia civil y policía local o autonómica, si me hace la prueba uno de ellos (guardia civil), resultado 0,64, y me pone una denincia administrativa, pero si me para otro policía en el mismo punto con la misma tasa me imputa un delito?.

si veis esto posible, apaga que me voy. esto no es un país bananero. el delito esta esptipulado en el codigo penal, que es igual en cadiz en finisterre, y en cabo de gata.

la única diferencia que se podría dar serian los síntomas y el comportamiento. esta claro que un comportamiento agresivo, mal educado, faltoso, y poco colaborador, puede convertir una denuncia en un delito. pero cada uno es mayorcito para hacer lo que quiera, pero un agente de la autoridad no es un muñeco puesto por la administracion para que cualquier persona borracha, maleducada y sinverguenza lo ponga como un trapo, y eso los fiscales y los jueces lo tienen en cuenta.
por esto, te repito si tu comportamiento fue normal, con eso cuento, coge un abogado especializado que consiga previo pago, que te pasen a la vía administrativa.

un saludo.
12/11/2009 09:57
Bueno veo que hay diferentes opiniones, no se como acabara esto ya veremos, yo espero que se porten bien conmigo, ya que
yo me porte con ellos.
entonces este tipo de infracciones son admisnistrativas o penales?
un municipal me dijo que seria sancion administrativa y luego otro me dijo sancion penal, y eso me hace dudar.
Como se llaman los abogad@s especializados en este tipo de infracciones?
Un saludo y un abrazo.
12/11/2009 10:00
mary82 que sancion te han impuesto?
multa, tiempo retirada permiso etc.
gracias un saludo y un abrazo
12/11/2009 13:05
Pacorro,
¿y no te ha sucedido que una misma tasa y mismos sítomas son sancionados de forma diferente en función de quién sea el fiscal que esté de guardia?
12/11/2009 13:10
Pacorro. Cada policía sigue las directrices que recibe y ningún policía es quien para decidir quién ha cometido un delito. Para eso están los jueces.

Si la GC tiene instrucciones de tramitar como delito las tasas superiores a 0.64, perfecto. Si una policía local o autonómico tiene instrucciones de tramitar las superiores a 0.60, perfecto también. En cualquier caso dependerá del juez y de la destreza de los abogados obtener una sentencia u otra y debemos estar en un país bananero como tú dices, porque esto está sucediendo y hay jueces que condenan con 0.61 (los más) y otros a partir de 0.64, incluso hay sentencias en las que ni con tasas superiores ha condenado el juez, que se ha pasado por el forro el 379.2.
12/11/2009 15:49
Hola buenas tardes esta mañana estado en atestados y hable con un municipal y me dijo que mi sancion es administrativa y que esta sancion se queda en comisaria.
Y cuando salia de comisaria le prgunte a una chica municipal y me dijo que mi sancion es penal.
Que pensais de estos dos tipos de respuesta?
Yo ya no se que pensar ni que hacer un municipal dice
una cosa y otra municipal me dice lo contrario.
un saludo y un abrazo.
12/11/2009 18:32
No aceptes una respuesta genérica. Pregunta por tu caso en concreto. Algo hay, si no es la alcoholemia, será otro tema. Pregunta por qué te metieron en el calabozo.
12/11/2009 18:46
Kapitan, mañana ire otra vez, tu que crees que deberia preguntarle a los municipales?
12/11/2009 21:02
kapitan, antes de la reforma de los delitos contra la seguridad vial, así se denominan ahora, había visto sentencia con tasa 1,20 con absolución, fundamentada en la talla y el peso del individuo. tras esa modificación ya no se deberian de ver. la fiscal de trafico de asturias, manifesto y solicito a los agentes de la gua civil trafico, que no dejaran de enviar la diligencia de sintomas en los atestados, porque le valdria a ella y a sus subordinados en distintos juzgados para solicitar mas pena cuanto peor sintomas. en un principio, esa diligencia sobra a fecha de hoy aunque todos los agentes la mandan.
antes como sabes, el delito era la conducción bajo influencia de....., eso era subjetivo, lo que para uno es demabular de lado a lado, para otro era perder pie, las pupilas dilatadas "pero si yo veo bien y siempre las tengo así".
ahora la tasa es la tasa, yo tengo documentación de la fiscalia donde dice que no realizar diligencias hasta 0,65.

las pda de gua civil que utilizan para confeccion de denuncias admiten tasas hasta 0,64, si se introduce tasa superior a esta, lanza un mensaje "error en tasa", lo que obliga a realizar diligencias.
si algún juez condena con 0,61 desde la reforma, o no se hizo una buena defensa, o no se hace una apelación a tribunal superior, pero yo, estoy en disposición de asegurar, que en instrucción se puede dar el caso (a mi no), mas alto no.

un saludo
12/11/2009 21:15
Buenas a todos, aver, a los que me preguntan cuanto me ha caido: 8 meses de retirada, 3 euros diarios durante 4 meses (si mal no recuerdo) y 22 dias de trabajos. Aun sigo conduciendo porque no me ha llegado la ejecutoria y me dijeron que me tardara en llegar (en Madrid ya sabemos lo lenta que va la cosa....).
A Pacorro: no pongo en duda lo que dices del margen de error, de hecho ya me habia informado de tal cosa para cuando tuve mi juicio para ver si podia salir absuelta del delito pero no hubo manera, el fiscal fue a por la tasa y fuera, y con 0.64, buenos sintomas, buen comportamiento y colaboracion con la Guardia Civil me han condenado....se que en otros sitios hasta 0.65 no abren diligencias, por eso no veo normal que a todos no se nos trate igual, pero bueno asi es la vida y me tendre que conformar...
saludos a todos!!!
12/11/2009 21:25
mary82, ante una sentencia condenatoria, existe la posibilidad de recurrir, los tribunales superiores de justicia, estan para eso, los contenciosos tambien. lo que tu me dices no se ajusta a derecho. todos somos mayorcitos, yo en tu caso no acepto esa sentencia, pago un abogado y recurro. me diras, vale dinero, y yo te contesto, si cumples la sentencia como se debe, cuanto dinero te gastaras en taxis y bus o metro.

y tu tienes suerte, vives en madrid, que posees eses medios, pero si me lo hacen a mi que soy de una aldea, repito, yo recurro, y busco, y me informo, molesto, incordio, presento sentencias por vía administrativa con la misma tasa en otras provincias, o incluso en el propio madrid.
estoy seguro en los guardias de madrid norte, no hacen lo mismo que en madrid sur, pese a que deben hacerlo, y cuando digo policías digo juzgados.

yo visito juzgados y pregunto, cuando se celebran alcoholemias, me entero de las tasas, pero lo que tu me confirmas, te aseguro, que peleo a muerte.

un saludo
12/11/2009 21:56
Hola a todos. tuve un accidente de trafico con un amigo que dio positivo en la prueva de alcoholemia y tiene un juicio dentro de un tiempo. Me llamó el abogado del seguro del coche y me ofrecio una indemnizacion. Mi abogado me dijo que no aceptara porque me tendrian que haber ofrecido el doble. Alguien me podria decir si que yo reclame mas puede perjudicar a mi amigo? Gracias
12/11/2009 22:34
pacorro tienes toda la razon, yo la verdad que me siento "impotente" ante esta sentencia, es decir, sé que he dado positivo en alcoholemia y asumo sus consecuencias, pero viendo que ha habido otras sentencias incluso con 0.65 que han sido absueltos y yo no (con 0.64, sin sintomas y en un preventivo sin accidente ni infraccion) pues la verdad que no se, pero como yo no entiendo de leyes ni nada pues me tendre que conformar pero vamos, me estan dando hasta ganas de recurrir, pero claro, y si no gano....a veces pienso que es mejor que me quede quieta y que se cumplan los 8 meses sin carnet y demas y cuando esto pase pues a otra cosa mariposa pero por otro lado, como tu dices, dan ganas de incordiar y presentar recursos y alegaciones donde haga falta.....
saludos.
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10/11/2009 17:42
Hola buenas tardes me pongo en contacto con la pagina para comunicar mi problema.
El sabado 7-11-09 la policia municipal me hizo un control de alcoholemia y el resultado fue
0.60.
Los municipales comentaron que el juez se pondria en contacto
conmigo por via movil, pero han pasao 2 dias y todavia no se nada del juicio.
Mi pregunta es la siguiente: Cuanto tiempo tarda el juez n llamar para juicio? Cuanto tiempo me retiraran el permiso de conducir? Que tipo de abogado me hace falta para los casos de alcoholemia? Yo creo un penal o uno espcializado en est tipo de infracciones.
Gracias por la ayuda.
Un saludo y abrazos
11/11/2009 08:00
que tal house, aun estamos asi. no sabes que no se debe de conducir después de beber.

la policía local habra confeccionado unas diligencias llevadas la juzgado como juicio rapido. deberían de haberte dado una citación la cual tendrias el derecho de firmar.

informarte de que con 0,60, la fiscalía no debería de imputarte delito alguno por los márgenes de error que es obligatorio tener en cuenta en la realización de las pruebas y obtención del resultado. la fiscalía trabaja con las órdenes de entender como delito hasta una tasa igual o superior a 0.65 mg/l de aire espirado.
no creo que el juez te llame al teléfono, lo podría hacer algún funcionario si bien tendrias que firmar la citación que de dieran por escrito.

yo creo que lo mas normal, si los síntomas de alcoholemia no eran alarmantes, y tu a la hora de ser parado y durante el tiempo que estuviste en presencia de los agentes, te comportaste como una persona normal, la fiscalía se desentienda de la imputación de un delito, y lo pase a la Jefatura de trafico de tu provincia para que inicien un expedinte por infracción al art. del rd. 1428/2003, con ina probable sanción de 600 euros, 6 puntos y 1 mes de retirada de permiso conducir.

la sanción en el juzgado depende de acuerdos entre las partes que el abogado que contrates, para que alegue lo del margén de error en caso necesario, te explicará bajo un precio también acordado.

un saludo, suerte, y coge el paso que los taxistas también comen, y menos que los juzgados y trafico (jefatura).
11/11/2009 09:58
la policia me dijo que esto seria una sancion administrativa,
(aunque yo estuve 6 horas en el calabozo) pero no me fio de lo que me contaron los municipals. tambien me dijo que esto no conlleva antecedentes penales y que me podria presentar a la oposicion. por eso escrito en esta pagina.
yo fui super educado con los municipales y no falte el respeto
en ningun momento a la policia.
hize todo lo que me mandaban sin quejarme de nada en ningun momento.
Gracias
un saludo y un abrazo.
11/11/2009 11:25
Si estuviste en el calabozo apostaría a que recibirás una citación para un juicio rápido, casi seguro. El posible margen de error hay quien lo aplica y hay quien no, por lo que yo no lanzaría las campanas al vuelo.

Saber guardar las formas y comportarse ante una situación adversa como ésta es importante pero no determinante.

Deberías tener más información de la que pareces tener, si no es así, acércate a atestados de esa policía local e interésate por el tema, a ver qué tratamiento se le ha dado a tu conducta.

11/11/2009 22:50
como dice kapitan, lo del margen de error hay quien lo aplica y hay quien no, porque yo con 0.64 he sido condenada, si decimos que hasta 0.65 no deberia imputarse delito entonces la cosa no me cuadra....tampoco tenia sintomas y fui muy respetuosa con ellos, claro que ese factor es importante y a tener en cuenta pero no es decisivo, en mi caso fueron a por la tasa y santas pascuas.....
en fin house espero que tu tengas mas suerte que yo, saludos.
12/11/2009 03:14
mary82 : Si no le importa me puede decir que pena le impusieron.
Saludos
12/11/2009 07:53
hola house:

los márgenes de error, no se aplican según convenga a los agentes o al ministerio fiscal de la provincia en la que vivas según les apetezca. los márgenes de error se aplican porque lo la fiscalía general para tráfico, se ha reunido con el fabricante de los etilómetros y le expuso la posibilidad de que los etilómetros de su marca drager tuviera algún tipo de error en la medición.
según el año de fabricación de los aparatos, el fabricante adjudico un margén de error para los etilómetros y para los cinemometros (radar) que mide mediante microondas.
tras estas mediciones, el fiscal dió directrices a los agentes para que aplicaran estes márgenes. para alcoholemia, unifico esos margenes por año de fabricación, y puso la misma tasa para todos los aparatos que fue de 0,65 mg/l. para velocidad, en autovía el delito seria a partir de 200 km /h, pero sin embargo no se aplica hasta 220km/h.

ESTO TENDRÍA QUE SER IGUAL EN TODA ESPAÑA. LA AGRUPACIÓN DE TRÁFICO DE LA GUARDIA CIVIL ASÍ LO APLICA. lo que hagan otras policías bajo su responsabilidad, es problema de ellos. cualquiera puede acercarse a un destacamento de tráfico de la guardia civil y le darán esta información.

un saludo
12/11/2009 08:02
continuo con lo anterior y hago una pregunta.

¿veriais posible que si me paran en control de alcoholemia en límite demarcación entre guardia civil y policía local o autonómica, si me hace la prueba uno de ellos (guardia civil), resultado 0,64, y me pone una denincia administrativa, pero si me para otro policía en el mismo punto con la misma tasa me imputa un delito?.

si veis esto posible, apaga que me voy. esto no es un país bananero. el delito esta esptipulado en el codigo penal, que es igual en cadiz en finisterre, y en cabo de gata.

la única diferencia que se podría dar serian los síntomas y el comportamiento. esta claro que un comportamiento agresivo, mal educado, faltoso, y poco colaborador, puede convertir una denuncia en un delito. pero cada uno es mayorcito para hacer lo que quiera, pero un agente de la autoridad no es un muñeco puesto por la administracion para que cualquier persona borracha, maleducada y sinverguenza lo ponga como un trapo, y eso los fiscales y los jueces lo tienen en cuenta.
por esto, te repito si tu comportamiento fue normal, con eso cuento, coge un abogado especializado que consiga previo pago, que te pasen a la vía administrativa.

un saludo.
12/11/2009 09:57
Bueno veo que hay diferentes opiniones, no se como acabara esto ya veremos, yo espero que se porten bien conmigo, ya que
yo me porte con ellos.
entonces este tipo de infracciones son admisnistrativas o penales?
un municipal me dijo que seria sancion administrativa y luego otro me dijo sancion penal, y eso me hace dudar.
Como se llaman los abogad@s especializados en este tipo de infracciones?
Un saludo y un abrazo.
12/11/2009 10:00
mary82 que sancion te han impuesto?
multa, tiempo retirada permiso etc.
gracias un saludo y un abrazo
12/11/2009 13:05
Pacorro,
¿y no te ha sucedido que una misma tasa y mismos sítomas son sancionados de forma diferente en función de quién sea el fiscal que esté de guardia?
12/11/2009 13:10
Pacorro. Cada policía sigue las directrices que recibe y ningún policía es quien para decidir quién ha cometido un delito. Para eso están los jueces.

Si la GC tiene instrucciones de tramitar como delito las tasas superiores a 0.64, perfecto. Si una policía local o autonómico tiene instrucciones de tramitar las superiores a 0.60, perfecto también. En cualquier caso dependerá del juez y de la destreza de los abogados obtener una sentencia u otra y debemos estar en un país bananero como tú dices, porque esto está sucediendo y hay jueces que condenan con 0.61 (los más) y otros a partir de 0.64, incluso hay sentencias en las que ni con tasas superiores ha condenado el juez, que se ha pasado por el forro el 379.2.
12/11/2009 15:49
Hola buenas tardes esta mañana estado en atestados y hable con un municipal y me dijo que mi sancion es administrativa y que esta sancion se queda en comisaria.
Y cuando salia de comisaria le prgunte a una chica municipal y me dijo que mi sancion es penal.
Que pensais de estos dos tipos de respuesta?
Yo ya no se que pensar ni que hacer un municipal dice
una cosa y otra municipal me dice lo contrario.
un saludo y un abrazo.
12/11/2009 18:32
No aceptes una respuesta genérica. Pregunta por tu caso en concreto. Algo hay, si no es la alcoholemia, será otro tema. Pregunta por qué te metieron en el calabozo.
12/11/2009 18:46
Kapitan, mañana ire otra vez, tu que crees que deberia preguntarle a los municipales?
12/11/2009 21:02
kapitan, antes de la reforma de los delitos contra la seguridad vial, así se denominan ahora, había visto sentencia con tasa 1,20 con absolución, fundamentada en la talla y el peso del individuo. tras esa modificación ya no se deberian de ver. la fiscal de trafico de asturias, manifesto y solicito a los agentes de la gua civil trafico, que no dejaran de enviar la diligencia de sintomas en los atestados, porque le valdria a ella y a sus subordinados en distintos juzgados para solicitar mas pena cuanto peor sintomas. en un principio, esa diligencia sobra a fecha de hoy aunque todos los agentes la mandan.
antes como sabes, el delito era la conducción bajo influencia de....., eso era subjetivo, lo que para uno es demabular de lado a lado, para otro era perder pie, las pupilas dilatadas "pero si yo veo bien y siempre las tengo así".
ahora la tasa es la tasa, yo tengo documentación de la fiscalia donde dice que no realizar diligencias hasta 0,65.

las pda de gua civil que utilizan para confeccion de denuncias admiten tasas hasta 0,64, si se introduce tasa superior a esta, lanza un mensaje "error en tasa", lo que obliga a realizar diligencias.
si algún juez condena con 0,61 desde la reforma, o no se hizo una buena defensa, o no se hace una apelación a tribunal superior, pero yo, estoy en disposición de asegurar, que en instrucción se puede dar el caso (a mi no), mas alto no.

un saludo
12/11/2009 21:15
Buenas a todos, aver, a los que me preguntan cuanto me ha caido: 8 meses de retirada, 3 euros diarios durante 4 meses (si mal no recuerdo) y 22 dias de trabajos. Aun sigo conduciendo porque no me ha llegado la ejecutoria y me dijeron que me tardara en llegar (en Madrid ya sabemos lo lenta que va la cosa....).
A Pacorro: no pongo en duda lo que dices del margen de error, de hecho ya me habia informado de tal cosa para cuando tuve mi juicio para ver si podia salir absuelta del delito pero no hubo manera, el fiscal fue a por la tasa y fuera, y con 0.64, buenos sintomas, buen comportamiento y colaboracion con la Guardia Civil me han condenado....se que en otros sitios hasta 0.65 no abren diligencias, por eso no veo normal que a todos no se nos trate igual, pero bueno asi es la vida y me tendre que conformar...
saludos a todos!!!
12/11/2009 21:25
mary82, ante una sentencia condenatoria, existe la posibilidad de recurrir, los tribunales superiores de justicia, estan para eso, los contenciosos tambien. lo que tu me dices no se ajusta a derecho. todos somos mayorcitos, yo en tu caso no acepto esa sentencia, pago un abogado y recurro. me diras, vale dinero, y yo te contesto, si cumples la sentencia como se debe, cuanto dinero te gastaras en taxis y bus o metro.

y tu tienes suerte, vives en madrid, que posees eses medios, pero si me lo hacen a mi que soy de una aldea, repito, yo recurro, y busco, y me informo, molesto, incordio, presento sentencias por vía administrativa con la misma tasa en otras provincias, o incluso en el propio madrid.
estoy seguro en los guardias de madrid norte, no hacen lo mismo que en madrid sur, pese a que deben hacerlo, y cuando digo policías digo juzgados.

yo visito juzgados y pregunto, cuando se celebran alcoholemias, me entero de las tasas, pero lo que tu me confirmas, te aseguro, que peleo a muerte.

un saludo
12/11/2009 21:56
Hola a todos. tuve un accidente de trafico con un amigo que dio positivo en la prueva de alcoholemia y tiene un juicio dentro de un tiempo. Me llamó el abogado del seguro del coche y me ofrecio una indemnizacion. Mi abogado me dijo que no aceptara porque me tendrian que haber ofrecido el doble. Alguien me podria decir si que yo reclame mas puede perjudicar a mi amigo? Gracias
12/11/2009 22:34
pacorro tienes toda la razon, yo la verdad que me siento "impotente" ante esta sentencia, es decir, sé que he dado positivo en alcoholemia y asumo sus consecuencias, pero viendo que ha habido otras sentencias incluso con 0.65 que han sido absueltos y yo no (con 0.64, sin sintomas y en un preventivo sin accidente ni infraccion) pues la verdad que no se, pero como yo no entiendo de leyes ni nada pues me tendre que conformar pero vamos, me estan dando hasta ganas de recurrir, pero claro, y si no gano....a veces pienso que es mejor que me quede quieta y que se cumplan los 8 meses sin carnet y demas y cuando esto pase pues a otra cosa mariposa pero por otro lado, como tu dices, dan ganas de incordiar y presentar recursos y alegaciones donde haga falta.....
saludos.