En el Convenio de Colectivo de Oficinas Despacho figura un complemento por plus de desplazamiento entre el domicilio habitual y el lugar de trabajo (en mi caso son unos 60 km entre ida y vuelta) y según se estipula se me abonaría a 0,24 €/km por día efectivo de asistencia, no abonable durante las vacaciones y los periodos de incapacidad temporal. Mi duda es la siguiente: Tengo un contrato a media jornada pero de lunes a viernes, ¿se me tendría que pagar íntegramente dicho complemento o simplemente la mitad?