Si lees el artículo sobre inaplicación salarial, verás que deben seguir un procedimiento: comunicación a los trabajadores, discusión... etc. ¿Han seguido ese procedimiento? Si los trabajadores teneis representación legal en la empresa, pregúntales. Si no tenéis representación legal y la empresa no os ha comunicado nada a los trabajadores, no han seguido el procedimiento y por tanto no pueden aplicar la cláusula.
Respecto a la publicación en el DOGC, se ha sustituido ese requisito por la publicación en el BOP.
Perdona que insista pero si se han acogido al articulo de inaplicacion salarial, como puedo saberlo? y es posible que el convenio no se haya publicado en el DOGC todavia y sea esta la razon porla que no nos pagan la subida???? Gracias
Gracias pero entonces, como que no han aplicado la dubida?. Si se han acogido al articulo de inaplicacion salarial, como puedo saberlo?. Habran cometido ilegalidad porque dicho articulo debe ser firmado por mutuo acuerdo entre empresa y trabajadores.
Quisiera saber si el convenio de comercio metal de Barcelona se ha publicado en el DOGC y si en ese caso la empresa esta obligada a pagar atrasos y los aumentos.