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Convenio regulador de manutención

2 Comentarios
 
Convenio regulador de manutención
12/02/2019 17:47
Hola buenas, a mi ex pareja le han comunicado mediante sentencia el día 03/01/2019 que tiene que ingresar x cantidad de manutención entre los días 1-5 de cada mes, mi pregunta es debe ingresar ya dicha cantidad el día 05/01/2019, o ingresar apartir del mes siguiente??? Gracias de antemano
12/02/2019 18:20
Sebas12345
Si es para hijos menores, la pensión de alimentos hay que abonarla desde el momento de la demanda (STS 14 de junio de 2011), no desde la fecha de sentencia, aunque no sea exigible hasta ese momento. Hay que pagar retroactivamente si no se ha abonado nada hasta el mes en que se presentó la demanda si la custodia de hecho de los menores ya la ha venido ejerciendo el custodio, o bien serán reclamables las cantidades desde ese momento, no solo desde la sentencia.
12/02/2019 18:31
paquito xocolatero
Gracias por contestar poquito, en mi caso ella *la madre* puso la demanda para custodia en marzo de 2018 pidiendo la custodia total para ella, a la que yo conteste también solicitando la custodia para mi, se celebró el juicio el día 07/12/2018 y avisaron de la sentencia el día 03/01/2019 dándome a mí la custodia y a ella las visitas, con x cantidad a ingresar entre los días 1 - 5 de cada mes, mi pregunta es, ella debía ingresar ya Eda cantidad el día 05/01/2019 o empieza a ingresar desde el siguiente mes osea desde febrero?
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Convenio regulador de manutención
12/02/2019 17:47
Hola buenas, a mi ex pareja le han comunicado mediante sentencia el día 03/01/2019 que tiene que ingresar x cantidad de manutención entre los días 1-5 de cada mes, mi pregunta es debe ingresar ya dicha cantidad el día 05/01/2019, o ingresar apartir del mes siguiente??? Gracias de antemano
12/02/2019 18:20
Sebas12345
Si es para hijos menores, la pensión de alimentos hay que abonarla desde el momento de la demanda (STS 14 de junio de 2011), no desde la fecha de sentencia, aunque no sea exigible hasta ese momento. Hay que pagar retroactivamente si no se ha abonado nada hasta el mes en que se presentó la demanda si la custodia de hecho de los menores ya la ha venido ejerciendo el custodio, o bien serán reclamables las cantidades desde ese momento, no solo desde la sentencia.
12/02/2019 18:31
paquito xocolatero
Gracias por contestar poquito, en mi caso ella *la madre* puso la demanda para custodia en marzo de 2018 pidiendo la custodia total para ella, a la que yo conteste también solicitando la custodia para mi, se celebró el juicio el día 07/12/2018 y avisaron de la sentencia el día 03/01/2019 dándome a mí la custodia y a ella las visitas, con x cantidad a ingresar entre los días 1 - 5 de cada mes, mi pregunta es, ella debía ingresar ya Eda cantidad el día 05/01/2019 o empieza a ingresar desde el siguiente mes osea desde febrero?