contrato de practicas categoría: grupo 1 titulado (derecho)
Finalizado el plazo de contrato de prácticas, hemos realizado una conversión bonificada a fijo, . La pregunta es, podemos ponerle grupo 3 (inferior) ya que no va a realizar las funciones de grupo 1? Si es afirmativo debería indicarlo en alguna cláusula en la conversión?
Si pretenden percibir las bonificaciones del cto en practicas transformado en indefinido deberá ser con la categoría para la que se realizo el cto rn practicas. Otra opción seria pasar de las bonificaciones y hacer un cto indefinido para la categoría que deseen hacer.
Y en que normativa podría encontrar que debe seguir con la misma categoría para aplicar la boniFicacion? He leido casi toda y en ningún caso lo he visto.
El cto en practicas se realiza para el desempeño de una actividad que requiere una titulación académica en concreto y su transformación debe respetar dicha titulación. En internet encontrara innumerables paginas que hablen del mismo y de su transformación, puede ir desde la ley de ctos de la SS hasta el SEPE transformación de cto en practicas en indefinido.
Hola, en mi caso ponen que es una conversión de contrato en practicas a indefinido pero me bajan el grupo profesional de 4.2 a 6.2 y marcan la casilla "conversión de contrato temporal en contrato indefinido" y marcan la casilla de que esta bonificado código 109 y en clausulas adicionales me pone "se mantienen todas las condiciones del contrato anterior". Pero veo que esto no se esta respetando ya que me bajan de grupo profesional. Que puedo hacer?