Hace dos años que estoy trabajando en una empresa del sector cárnico. Mi contrato es contrato temporal por implantación de un ERP. Estoy a jornada parcial. El contrato es un modelo 501.
Ahora bien, segun dice el convenio colectivo de las industrias carnicas:
La duración máxima de estos contratos será de 12 meses, dentro de un período de 18 meses, contados a partir del momento en que se produzcan dichas causas. Si se conciertan por menos de 12 meses, pueden ser prorrogados por acuerdo de las partes, pero sin exceder la suma de los períodos contratados los 12 meses y dentro del período de 18 meses de límite máximo. 3. Conversión en contratos indefinidos. A la finalización de los contratos de duración determinada o temporal, incluidos los contratos formativos, y al objeto de fomentar la colocación estable, se podrán convertir en contratos de trabajo de carácter indefinido de acuerdo a la legislación vigente.
Por lo tanto, mi duda es; puedo exigir a mi empresa el cambio a contrato indefinido??
Hola Si tienes un contrato cuyo C.T (Código Trabajo) es el 501, se trata de un contrato temporal a tiempo parcial por obra o servicio. Estos contratos pueden durar hasta un máximo de 3 años prorrogables por 12 meses por convenio según el artículo 15, 1º, a) del Estatuto de los Trabajadores: https://www.boe.es/buscar/pdf/1995/BOE-A-1995-7730-consolidado.pdf. Cuestión distinta es si se trata de un contrato fraudulento pues la obra o servico no tuviera consistencia propia sino que se tratase de una actividad normal y permanente en la empresa. Si fuese así yo esperaría al momento del despido ( mejor que no ocurra) y en el finiquito pondría " NO CONFORME" y formularía la reclamación por despido improcedente. Saludos